Residencia comunitaria por matrimonio con español

por | 14,Ene,2018 | Derecho de Familia y divorcio | 757 Comentarios

Si te has casado con un español o española y quieres solicitar la tarjeta de residencia comunitaria, los pasos que debes seguir dependerán de si te has casado en el extranjero o en España.

Matrimonio con español celebrado en el Extranjero

En el caso de que el matrimonio se haya celebrado en el extranjero lo primero que debes hacer es inscribir el matrimonio en el Registro Civil español.
La solicitud de inscripción la puedes hacer a través del consulado de España del país donde se te hayas casado o en el Registro civil en España si es que ya estáis España.

Documentos necesarios para inscribir el matrimonio en el consulado

  • Formulario de inscripción  de matrimonio el cual deberá ser rellenado y firmado, al dorso. Haz clic aquí para descargarlo.
  • Acta de Matrimonio (CIVIL O CANONICA). En el caso de que se haya realizado Capitulaciones Matrimoniales (Separación de Bienes) también deberán aportarse.
  • También pueden solicitar certificación indicando que no existe divorcio de ese matrimonio.
  • Una foto 2×2, reciente, de cada uno de los contrayentes, con fondo claro.

Toda la documentación procedente de un organismo extranjero debe estar legalizada, apostillada y en su caso traducida.  realizado fuera de España.

Para  los ciudadanos españoles:

  • Documento que acredite la nacionalidad española (fotocopia de todas las hojas del pasaporte español)
  • Acta de nacimiento literal original. Si el nacimiento del contrayente español esta registrado en el Registro Civil de este Consulado General, no será necesario presentar dicha acta.
  • “Fe de vida y estado” del/a contrayente de nacionalidad española que resida fuera de Rep. Dominicana. Lo expide el registro civil de su domicilio, o Declaración ante Notario español del estado civil anterior al matrimonio.

Para el cónyuge no español:

  • Acta de nacimiento legalizada.
  • Copia de la Cédula de identidad   y pasaporte del  contrayente.
  • Declaración jurada ante notario de su estado civil anterior al matrimonio, soltero, viudo o divorciado,  puedes solicitar el modelo en el consulado.
  • Si  alguno de los contrayentes fuese viudo deberá aportar el acta de defunción correspondiente junto al acta de dicho matrimonio o el Libro de Familia.
  • Si el estado civil fuera divorciado se deberá aportar certificación literal de ese matrimonio con la nota marginal de la sentencia de divorcio. Si el divorcio fue en el extranjero, debe presentar Exequatur o  legalización de resolución extranjera.
  • Todo los documentos deben estar debidamente legalizados.

Es recomendable la presentación de pruebas que acrediten la convivencia como puedan ser facturas telefónicas, fotografías …

Documentos necesarios para inscribir el matrimonio en el Registro Civil español

Si te has casado en el extranjero y uno de los contrayentes tiene la nacionalidad española o la adquirido con posterioridad a la celebración del matrimonio, y ya os habeis trasladado a España debes solicitar la inscripción en el Registro Civil Central.

La documentación que debes aportar es la siguiente:

  • Para Inscripción de matrimonio canónico:
    • Presentación de la certificación eclesiástica que expresará las circunstancias exigidas por la legislación.
    • Certificado literal de nacimiento del cónyuge español o del que se hubiera naturalizado, expedido por el Registro Civil español.
    • Certificado de nacimiento del cónyuge extranjero.
    • Documento Nacional de Identidad del nacionalizado español.
    • Acreditación del domicilio del promotor en España.
    • Hoja declaratoria de datos.
  • Para Inscripción de matrimonio civil:
    • Certificado de matrimonio expedido por el Registro Civil local extranjero.
    • Certificado literal de nacimiento del cónyuge español o del que se hubiera naturalizado, expedido por el Registro Civil español.
    • Certificado de nacimiento del cónyuge extranjero.
    • Documento Nacional de Identidad del nacionalizado español.
    • Acreditación del domicilio del promotor en España.
    • Hoja declaratoria de datos.

No obstante en el momento de la calificación puedes ser requeridos cuantos datos se estime oportunos. Los documentos extranjeros deberán estar traducidos y legalizados.

¿Cómo solicito la tarjeta de residencia comunitaria?

Una vez tengas inscrito el matrimonio en España puedes solicitar la tarjeta de residencia.

Requisitos

  • Acompañar o reunirse con un ciudadano de la Unión u otro Estado parte del Espacio Económico Europeo, con derecho a residencia por un período superior a tres meses, por ser trabajador por cuenta ajena o propia, tener seguro de enfermedad y medios económicos suficientes para la unidad familiar, o ser estudiante con seguro de enfermedad y recursos suficientes para la unidad familiar.
  • El ciudadano de la Unión u otro Estado parte del Espacio Económico Europeo, debe cumplir una de las siguientes condiciones:
    • Ser trabajador por cuenta ajena en España, o
    • Ser trabajador por cuenta propia en España, o
    • Disponer para sí y los miembros de su familia, de recursos económicos suficientes para no convertirse en una carga para la asistencia social de España durante su periodo de residencia. También deberá aportar un seguro de enfermedad público o privado, contratado en España o en otro país, que proporcione cobertura en España durante su período de residencia equivalente a la proporcionada por el Sistema Nacional de Salud. La valoración de la suficiencia de medios económicos se efectuará de manera individualizada y, en todo caso, teniendo en cuenta la situación personal y familiar del solicitante. Se considerará acreditación suficiente para el cumplimiento de este requisito la tenencia de recursos que sean superiores al importe que cada año fije la Ley de Presupuestos Generales del Estado para generar el derecho a recibir una prestación no contributiva, o
    • Ser estudiante y estar matriculado en un centro público o privado reconocido o financiado por la administración educativa para cursar estudios o formación profesional, así como contar con un seguro de enfermedad público o privado contratado en España u otro país que proporcione cobertura completa en España, y declaración responsable de que posee recursos económicos suficientes para sí y los miembros de su familia para no convertirse en una carga para la asistencia social de España durante su periodo de residencia.

Documentación que se exige

Con carácter general se deberán aportar copias de los documentos y exhibir los originales en el momento de presentar la solicitud.

  • Impreso de solicitud en modelo oficial (EX–19) por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el familiar del ciudadano de la Unión. Puedes obtener el modelo pinchando en el enlace
  • Pasaporte completo válido y en vigor del cónyuge extranjero. En el supuesto de que esté caducado, deberá aportarse copia de éste y de la solicitud de renovación.
  • Certificado que acredite la inscripción en el Registro civil español  o en el consulado. d
  • D.N.I. del ciudadano español o certificado de registro del ciudadano de la Unión al que acompañan o con el que van a reunirse
    • Dependiendo de la condición que cumpla el ciudadano de la Unión o del Espacio Económico Europeo:
      • Si es trabajador por cuenta ajena: podrá aportar cualquiera de los siguientes documentos:
        • Declaración de contratación del empleador o certificado de empleo, incluyendo, al menos, los datos del nombre y dirección de la empresa, identificación fiscal y código cuenta de cotización.
        • Contrato de trabajo registrado en el Servicio Público de Empleo, o la comunicación de la contratación y sus condiciones a través de la plataforma CONTRAT@.
        • Documento de alta o situación asimilada al alta en el régimen correspondiente de Seguridad Social o consentimiento de la comprobación de los datos en los ficheros de la Tesorería General de la Seguridad Social.
      • Trabajador por cuenta propia podrá aportar cualquiera de los siguientes documentos:
        • Inscripción en el Censo de Actividades económicas.
        • Justificación de su establecimiento mediante Inscripción en el Registro Mercantil.
        • Documento de alta o situación asimilada al alta en el régimen correspondiente de Seguridad Social, o consentimiento de la comprobación de los datos en los ficheros de la Tesorería General de la Seguridad Social o de la Agencia Tributaria.
      • Si no se ejerce actividad laboral en España se deberá aportar:
        • Documentación que acredite disponer de seguro de enfermedad público o privado, contratado en España o en otro país, siempre que proporcione una cobertura en España durante su periodo de residencia equivalente a la proporcionada por el Sistema Nacional de Salud. Los pensionistas cumplen con esta condición aportando certificación de disponer asistencia sanitaria con cargo al Estado por el que perciben pensión.
        • Documentación que acredite disponer de recursos suficientes para el ciudadano de la Unión y sus familiares para el periodo de residencia en España. Se podrá acreditar por cualquier medio de prueba admitido en derecho, tales como títulos de propiedad, cheques certificados, documentación justificativa de obtención de rentas de capital o tarjetas de crédito con certificación bancaria que acredite la cantidad disponible como crédito de la citada tarjeta.
      • Si es estudiante deberá presentar la siguiente documentación:
        • Matrícula del centro de enseñanza, público o privado, reconocido o financiado por la administración educativa competente.
        • Documentación que acredite disponer de seguro de enfermedad público o privado. Podrá aportar tarjeta sanitaria europea con una validez que cubra el periodo de residencia y le habilite a recibir las prestaciones sanitarias necesarias desde el punto de vista médico, teniendo en cuenta la naturaleza de las prestaciones y la duración prevista.
        • Declaración responsable de que posee recursos suficientes para sí y para los miembros de su familia, para su periodo de residencia en España. Pincha aquí para descargar el modelo de declaración responsable

        Se considerará suficiente para el cumplimiento de los requisitos la presentación de documentación acreditativa de participar en un programa de la Unión Europea que favorezca el intercambio educativo para estudiantes y profesores.

      • Tres fotografías recientes en color, en fondo blanco, tamaño carné.
  • Importante: cuando se aporten documentos de otros países deberán estar traducidos al castellano o lengua cooficial del territorio donde se presente la solicitud.

Procedimiento

  • La solicitud debe presentarse por en  el cónyuge  extranjero personalmente.
  • Debe presentarse en la  Oficina de Extranjería de la provincia donde pretendan residir o en la Comisaría de Policía correspondiente. Puedes obtener información de la dirección, teléfonos y horarios de atención al público de la Oficina de Extranjería aquí.
  • El plazo de presentación es de tres meses contados desde la fecha de entrada en España. Se entregará un resguardo acreditativo de la presentación de la solicitud que es suficiente para acreditar la situación de estancia legal hasta la entrega de la tarjeta.
  • Las tasas se  tendrán que abonar con anterioridad a la expedición de la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión.
  • La expedición de la tarjeta de residencia deberá realizarse en el plazo de los tres meses siguientes a la presentación de la solicitud. La resolución favorable tiene efectos desde la fecha acreditada de entrada en España.
  • La tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión tendrá una validez de cinco años a partir de la fecha de expedición, o del periodo previsto de residencia del ciudadano de la Unión, si dicho periodo fuera inferior a cinco años, por lo que deberá ser renovada antes de que caduque.

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757 Comentarios

  1. CHICK

    Hola buenas, yo estoy casado con un ciudadano español, ya solicitamos la TIE para mi y bueno el tiempo de espera de resolución es de 3 meses(¿Se puede acelerar?).
    Quisiera saber si el siendo pensionado tendré resultado a favor. Gracias.

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    • AbogadosyMás

      Hola, una vez presentada la documentación solo queda esperar a la notificación. En ocasiones hay defectos, te requieren y retrasa aún más el expediente. La única forma de agilizarlo es presentar la documentación correcta en un primer momento, pero una ver presentada, todo depende de la agilidad de la administración

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  2. Guadalupe

    Buenas tardes mi esposo es español y yo mexicana nos casamos en Mexico y ya metimos papeles para inscribir el Matrimonio, y nos dieron un numero de expediente, fuimos a preguntar a extranjeria si yo me podia ir a España ya que aun vivo en Mexico y nos comentaron de la EX-19 quisiera saber si con ella y favorablemente me dieran la tarjeta de residencia puedo trabajar yo tambien en españa esto lo pregunto porque tengo hijos que no son de mi pareja y son menores de edad y no tendria con quien dejarlos en mexico

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    • AbogadosyMás

      Guadalupe si te dan la residencia comunitaria puedes trabajar, si te acompañan tus hijos también pueden solicitar la residencia comunitaria

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  3. maria

    buenas días
    tengo una consulta por favor. mi case hace un mes en Francia mi marido tiene la residencia de España yo española viviendo en Francia , ahora estoy en los tramites para hacer la inscripción el matrimonio en el consulado de España aquí , lo que quiero saber es qui mi marido su residencia español se va a caducar en noviembre, y el ahora esta viviendo con migo en Francia , que demos hacer para obtenir la tarjeta comunitaria de residencia familiar ? y donde hay que solicitar la ?
    gracias

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    • AbogadosyMás

      María, si estáis viviendo en Francia, tendréis que solicitar para el la residencia comunitaria. Pero tendréis que hacerlo en Francia con los requisitos que soliciten allí.

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  4. Pedro Antolinos

    Hola Buenos días, mi nombre es Pedro y soy español. Me casé en Chile (mi mujer es chilena) e inscribimos el matrimonio en el consulado español, para lo que tenemos libreta de matrimonio española. Mi hijo nació allí y tiene doble nacionalidad (chilena y española). A día de hoy, yo he regresado a España y el año que viene mi mujer y mi hijo van a venir a quedarse conmigo y quisiera saber cuál es la mejor manera para regularizar la situación de mi mujer aquí, ya que mi hijo tiene nacionalidad española y entiendo que para él no será un problema. Nos han comentado que deberíamos solicitar reagrupación familiar, pero me da la sensación que ese trámite es para extranjeros residiendo en España, lo cual no es mi caso ya que yo soy español y mi matrimonio también está inscrito en España. ¿Nos pudierais aconsejar? De antemano, muchísimas gracias.

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    • AbogadosyMás

      Pedro, tu esposa puede viajar con un visado defamiliar de ciudadano de la Unión te dejo el enlace En cuanto llegue a España tiene que solicitar la residencia comunitaria.

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  5. Pam

    Buenas tardes,

    Soy española y me he casado con mi pareja, británico. Por cuestiones de problemas con la llegada de papeles, traducciones y la cita con el registro, mi ahora marino excedió su tiempo con el visado de turista en españa, no pedimos la prórroga pensando que daría tiempo …no obstante pudimos casarnos y posteriormente presentar toda la documentación para la tarjeta de residente ciudadano comunitario, tenemos cita proximamente en extranjería…sin embargo nos surge la duda y el miedo del procedimiento ¿puede tener como repercusión, una vez ya casados, la expulsión? o similar?

    Muchas gracias.

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    • AbogadosyMás

      Pam, puedes estar tranquila, el que actualmente esté en estancia irregular no va a influir en la resolución. De hecho en caso de detención por parte de la policía por estancia irregular todo lo que comenta serviría para como base de recurso, de modo que concedida la residencia el procedimiento se archivaría.

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  6. Juan

    Estimados,

    Mi mujer es española y llevamos casados algunas semanas. Yo sólo soy ciudadano argentino. Nuestra idea es ir a vivir a España. Una vez en ese país, para que yo pueda pedir mi residencia y así poder trabajar (entiendo que sin residencia es muy complicado/imposible) ella debe tener un trabajo con qué requisitos? Hasta que ella consiga ese hipotético trabajo con cuantos ahorros hay que viajar a España para que a mí no me echen a los tres meses? Gracias

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    • AbogadosyMás

      Juan, la cuestión es que tu mujer tiene que poder mantenerte. La solicitud de residencia se hace en la Comunidad Autónoma en la que vayas a residir, por lo que para poder contestarte tendría que saber primero donde vas a residir. Si quieres que estudiemos tu caso concreto completa el formulario de contacto

      Responder
  7. Norberto

    Buenos Dias.
    Yo soy argentino y mi esposa española. Tenemos el matrimonio registrado en España.
    Queremos ir a vivir a Espaa. El problema es que como teno 77 años no encuentro un sguro sin copago..
    Solo existen los seguros senior que son con copago.
    ¿Me aceptaraán un seguro con copago, por ejemplo Adesla senior y sinó que alternativa tengo?
    Gracias.

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    • AbogadosyMás

      Norberto, tendríamos que estudiar tu caso para poder darte alguna solución. Te dejo un enlace al formulario de contacto, deja un número de teléfono y te llamaremos.

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    • Laura

      Buenos días,

      mi chico (nacional de Rusia) y yo (Español) nos acabamos de casar. Él está aquí con visado de estudiante que termina pronto. Queremos solicitar la tarjeta de residencia para familiares de comunitarios, ¿al comenzar este trámite automáticamente se actualiza el visado? ¿debemos de solicitar una prórroga de visado?
      No tenemos muy claro si al ya estar casados él puede permanecer aquí si ya hemos comenzado el trámite de la tarjeta o qué debemos hacer. Gracias, un saludo!

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      • AbogadosyMás

        Laura, si estáis casados y el matrimonio está inscrito en España, podéis solicitar la residencia comunitaria, no es necesario que vuelva a su país, eso sí tendrás que acreditar, que dispones de recursos económicos que te permitan hacerte cargo de él.
        Ten en cuenta que la resolución de residencia se puede demorar más o menos dependiendo de vuestro lugar de residencia. Por que habría que valorar la situación, ya que una vez venza el visado quedará en situación irregular, hasta que se resuelva el expediente de residencia comunitaria.

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  8. Maria

    Buenos dias! Necesito su ayuda, yo soy ciudadana Bielorrusa y me he casado por el civil con un espanol en Bielorrusia. Actualmente me encuentro en Espana de forma irregular, el dia 12 de noviembre tenemos cita para entregar la documentacion en el Registro Civil y legalizar el matrimonio en Espana. Siendo que el tramite tarda mucho tiempo, tengo alguna posibilidad de solicitar igualmente una tarjeta de residencia? Gracias y saludos.

    Responder
    • AbogadosyMás

      María, en algunas ocasiones es posible tramitar la residencia con la solicitud de inscripción, necesitaríamos saber más sobre tu caso para saber si es posible. Completa el formulario de contacto y deja tu número de teléfono.

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      • SANTIAGO PUERTO PASCUAL

        SOY ESPAÑOL. ME CASE EN 15 DE OCTUBRE EN CAMAGUEY DE CUBA Y YA TENGO EL CERTIFICADO DE MATRIMONIO.QUIERO TRAER A MI EXPOSA A ESPAÑA CON VISADO ME CASE EN 2021. QUE TENGO QUE HACER.MI EXPOSA ES CUBANA DE CAMAGUEY

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  9. Andres

    Buenos dias,

    Tengo una amiga, ucraniana, la cual lleva casada con un español varios años, pero no le conceden los papeles de residencia ni nada a ella. Ella anteriormente si tuvo sus papeles y pudo trabajar en España sin problemas es mas tiene tambien su tarjeta Sanitaria. Pero no le conceden los papeles. Que puede hacer? o que ocurre con ello?
    Gracias

    Responder
    • AbogadosyMás

      Andrés, no te puedo contestar con tan poca información. Habría que ver porque le deniegan, si aún cabe recurso, y luego estudiar las opciones. Pídele a tu amiga que contacte con nosotros a través del formulario de contacto Consulta con un abogado gratis

      Responder
  10. JORDI SACERA VENTURA

    soy español, llevo muchos años trabajando en México y estoy casado con mexicana, el matrimonio esta registrado y tenemos el libro de familia español, el caso es que mi padrastro falleció y mi madre esta en una residencia ya que tiene alzhéimer, yo firme en la residencia de que me hacia cargo de ella ya que soy el único hijo, comentar que siempre he estado empadronado en el domicilio de mi adre y que lógicamente soy su heredero, la pregunta es que si mi esposa puede vivir en España concretamente en Barcelona ya que ella se haría cargo de las cosas que necesitara mi madre y claro esta ir a visitarla a diario, para ello seria tramitar la residencia y ponerla en mi seguro social, no pediría ninguna retribución o ayuda, solo sería estar viviendo ahí y claro esta yo en los periodos vacacionales iría a España, que debo hacer?

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    • AbogadosyMás

      Jordi, habría que estudiarlo, con más calma. Al no residir tu en España complica bastante las cosas, es necesario que viváis juntos y tu tengas la residencia aquí.

      Responder
  11. Sara

    Hola,
    Yo soy española y mi marido es extranjero. Ahora vivimos en Irlanda, pero él va a residir en España por estudios este curso. ¿Le concederían la residencia en España si yo me quedo en Irlanda?
    Muchas gracias.
    Un saludo.

    Responder
    • AbogadosyMás

      Sara, los ciudadanos extranjeros que deseen permanecer en España para cursar o ampliar estudios, deberán obtener el correspondiente visado, que incluirá la autorización inicial de estancia en España.
      A los familiares de los ciudadanos de la UE sólo se les aplica en régimen comunitario si viajen o se reúnan con el ciudadano comunitario.
      Si tú vas a mantener la residencia en Irlanda no puede solicitar la residencia comunitaria, tendrá que solicitar estancia por estudios.

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      • Eva Luz

        Hola, gracias por la información.
        Tengo una duda.
        Mi novio peruano estuvo en españa de forma irregular durante la pandemia y seis meses anteriores a la pandemia en total casi 2 años, regresó a Perú en Mayo 2021. tenemos planeado casarnos y vivir en españa y yo tengo la nacionalidad Españolay resido en españa. Mi pregunta es, si nos casamos en Perú en diciembre 2021 y yo regresó con él en el.mismo vuelo, le negarian la entrada? Y en caso de ser posible que regrese acompañado de familiar de comunitario que requisitos tiene que cumplir para la entrada a España.

        Responder
        • AbogadosyMás

          Eva, comentas que regresó a su país y que estaba ilegal. ¿Se fue con orden de expulsión? Si es así, aunque te cases, le van a negar la entrada. Si se fue voluntariamente y no consta prohibición, podrá entrar una vez inscribáis el matrimonio.
          Desde el 15 de marzo del 2016, está suprimido el Visado de Familiar Comunitario en el Consulado de España en Lima. Por tanto, no será necesario solicitar ningún tipo de visado para realizar la reagrupación familiar en régimen comunitario, sino que bastará con realizar la entrada a España acreditando la condición de familiar de comunitario, así como la intención de venir a reunirse con dicho familiar. Si tu viajas con él, no deberías tener problemas.
          Si no vais a viajar juntos podrá realizar la entrada a territorio español llevando (entre otros documentos) un ACTA DE MANIFESTACIONES, que consiste en una declaración escrita que tendrás que hacer tú en España y ante Notario Público, manifiesta tu voluntad de que esposo familiar venga a residir con él bajo el régimen de reagrupación familiar de ciudadano comunitario.

          Además debería portar para su presentación en la Policía de Fronteras en territorio español los siguientes documentos:

        • Documentos de identidad del reagrupado (VIGENTES Y EN ORIGINAL)
        • Copia DNI y Pasaporte del ciudadano español o comunitario que hace la reagrupación.
        • Pasaje de avión de ida y vuelta.
        • Documentación que acredite el vínculo familiar con el reagrupante (Certificado de Matrimonio español, Libro de Familia, etc)
        • Documentación que acredite la dependencia económica del reagrupado.
        • Demás documentación que permita justificar y establecer la necesidad de la reagrupación familiar.
        • Responder
        • Perla

          Hola te haces unos 2 años me vine a España con mi esposo el tiene nacionalidad española hicimos todos los trámites para que yo tuviera la residencia comunitaria , me aprobaron la residencia , pero tuve de salir por qué quede embaraza y preferí tener bebe en mi país y no fui a sacarme el NIE quería saber qué sucede con mi trámite ya que pensamos volver aEspaña en los próximos meses

          Responder
          • AbogadosyMás

            Perla, no deberías haber salido del país sin obtener la tarjeta. Aunque lo que te autoriza a residir es la resolución y no la tarjeta, es posible que te pongan trabas. Por otro lado, no comentas cuanto tiempo has estado fuera de España, si has estado más de 6 meses tendrás que iniciar nuevamente el trámite.

      • Karlos

        Hola .
        Soy colombiano y presentaré la documentación para solicitar la residencia comunitaria.
        Es posible presentar la documentación de mi hija maypr de 21 años ?
        Soy padre soltero desde que ella tiene 3 años y desde entonces ga estado a mi cargo.
        Es una duda de la cual no encuentro respuesta certera.
        Gracias

        Responder
        • AbogadosyMás

          Karlos, por lo que comentas entiendo que tu hija es española y que siempre ha estado a tu cargo, y que lo continúa estando. Para que un ascendiente puede solicitar la residencia comunitaria a través de su hijo es necesario acreditar tu dependes de ella y por lo que comentas no es el caso. Habría que estudiar otras opciones, ya que no te cabe esta vía.

          Responder
    • Rosabel

      Hola, estoy casada con una española, y no hemos podido solicitar mi residencia por matrimonio porque ella no ha tenido un contrato laboral mayor de 6 meses y tampoco tenemos los medios económicos suficientes para pedirla. Mi pregunta es si me hicieran un contrato de trabajo podría solicitar mi residencia?

      Responder
      • AbogadosyMás

        Rosabel,tenéis que acreditar medios económicos de tu esposa para solicitar residencia comunitaria.

        Responder
    • Karol

      Hola estoy en españa de forma irregular desde hace 2 años, hace unos meses me case con un ciudadano colombiano reciente en España también y que tiene Nie, quiero saber si hay forma de que el pueda por medio del matrimonio y sus documentos legales ayudarme a sacar los documentos para estar legal en españa o que podría hacer al respecto. Gracias

      Responder
      • AbogadosyMás

        Karol, en este post hablamos de cónyuges de residentes Comunitarios. Y por lo que explicas te has casado por un residente extranjero.
        Siendo extranjero no comunitario la residencia española se puede solicitar por:

      • Residencia por Reagrupación familiar: un de los requisitos es que no residas irregularmente en España, y por lo que comentas no es tu caso
      • Residencia por Arraigo Social: Necesitarías 3 años de residencia
      • Residencia por Arraigo Familiar: si tienes un hijo lo puedes solicitar por esta vía.
      • Si has trabajado durante estos 2 años y lo puedes acreditar podrías intentar solicitarlo por arraigo laboral, los requisitos son los siguientes:

      • Permanencia continuada en españa por periodo mínimo de 2 años: Para demostrar dicha permanencia el solicitante podrá aportar los documentos originales o copias (debidamente compulsadas) que contengan los datos de identificación del interesado. Se otorgará preferencia a la acreditación de esta permanencia mediante aquellos documentos que hayan sido emitidos o registrados por una Administración Pública española. La Oficina de Extranjería podrá solicitar siempre que lo crea conveniente y necesario, todos los medios de prueba que considere para que dicha permanencia quede acreditada de forma suficiente.

        Puedes aportar facturas, certificados de empadronamientos, realización de pagos, consulta o atenciones médicas en algún centro de salud u hospital de la sanidad pública …

      • Relaciones laborales cuya duración no sea inferior a 6 meses (180 días): Se entiende por relación laboral a estos efectos tanto aquellas que hayan sido irregulares como aquellas regulares que hayan podido concertarse al amparo de autorizaciones de residencia cuya vigencia haya expirado. Gracias a la Sentencia del Tribunal Supremo nº 452/2021, del 25 de marzo y confirmada por las STS nº1802/2021, de 6 de mayo, y la STS nº 1806/2021, de 29 de abril, se puede aportar cualquier tipo de prueba admitida en derecho., se podrá demostrar dichas relaciones laborales aportando cualquier tipo de prueba admitida en Derecho. Por lo que podría acreditarse con la aportación de recibos por ejemplo.

        Habría que estudiar mejor si es posible esta vía en tu caso.

      • Responder
      • Ixchell

        Hola qué tal, hemos preguntado y tanto en consulado como extranjería nos dejan con más dudas. Mi situación es está, me casé en México tengo inscrito el matrimonio en el consulado, tengo libro de familia y acta de matrimonio, fui a España como turista para tramitar mi tarjeta de residencia y por la entrega de papeles excedí mi tiempo en España (me quedé 118 días) por cuestiones personales regresé a México y después de un mes me autorizaron mi tarjeta de residencia, incluso me dieron cita para la toma de huellas. Mi duda es puedo entrar a España después de 3 meses? O tengo que esperar más tiempo.

        Responder
        • AbogadosyMás

          Ixchell, si actualmente tienes la residencia deberías de poder entrar sin problemas, la cuestión es si has excedido el tiempo de estancia en el México, y te la revocan, ya que uno de los requisitos para tener la residencia es residir en España.

          Responder
  12. liliana

    Hola. soy de Colombia y me case aqui con un ciudadano español, registramos el matrimonio en el consulado de España en Colombia y tenemos ya el libro de familia. en los proximos meses planeo viajar a España a reunirme con mi esposo y a obtener la tarjeta de residencia. ¿què tanto tiempo podrìa tardar el obtener mi tarjeta de residencia?

    Responder
    • AbogadosyMás

      Liliana, no te puedo contestar, depende del lugar en el que vayas a tramitar. El trámite debe realizarse en la provincia en la que residas y hay diferencias de una otra.
      Según la Comunidad puedes tenerlo en un mes desde la solicitud o puede tardar más.
      Como tu marido reside ya en España puedes solicitar un visado de larga duración por reagrupación familiar en el Consulado, una vez en España deberás dirigirte con el visado a la Brigada Provincial de Extranjería y Fronteras (dependiente del Ministerio del Interior) de la provincia correspondiente en la que vayáis a residir y solicitar la tarjeta de residencia. O puedes viajar como turista y solicitar la residencia cuando llegues a España.
      Si necesitas ayuda con el trámite completa el formulario de contacto

      Responder
  13. Alberto

    Buenas tardes,

    Yo soy español y mi esposa mexicana casados en México. Actualmente vivimos en México pero estamos preparando todo para ir a España a vivir, tenemos que convalidar el matrimonio allá.

    Pero la pregunta es, ella tiene hijos, ¿podemos conseguir permisos de residencia o visa para ellos e irnos a vivir todos juntos a España?

    Gracias de antemano.

    Responder
    • AbogadosyMás

      Alberto, debéis inscribir el matrimonio, o lo hacéis en el consulado o lo tramitáis aquí en España. Pueden viajar como turistas y una vez lleguéis a España solicitáis la residencia. Voy a enviarte un email a fin de que podamos seguir la conversación por esa vía,

      Responder
  14. Jonathan

    Hola buenos días, soy colombiano con nacionalidad española y mi novia y yo queremos constituir pareja de hecho para que ella pueda solicitar la TIE. El problema es que ella ya ha excedido los 90 días como turista porque entró con carta de invitación, por lo que está en situación irregular. Si nos hacemos pareja de hecho es posible que ella solicite la tarjeta comunitaria?

    Responder
    • AbogadosyMás

      Jonathan, los requisitos para la inscripción como pareja de hecho varían de una comunidad a otra. Como pareja de hecho si podría solicitar la residencia comunitaria siempre y cuando cumpláis el resto de los requisitos.

      Responder
      • Walter moncada

        Hola buenas tardes tengo varias dudas;
        1. Llevo 6 años en españa y tenía un permiso de residencia No lucrativa el cual me denegaron la renovación por falta de recursos
        2. Me caso en un mes con mi novio que es español y el está cobrando el paro por 820€ servirían como medios económicos suficientes para pedir tarjeta comunitaria ?
        3. Puedo pedirla al otro día de casarme? O tengo que esperar el libro de familia ?
        Gracias

        Responder
        • AbogadosyMás

          Walter, como norma general, las ayudas no suelen considerarse como suficientes para entender como acreditada la disposición de medios económicos. Sin embargo, tratándose de pensiones contributivas, como es el caso de la prestación por desempleo, podrían ser válidas para la obtención de la residencia. Aunque la valoración va a depender del funcionario, de modo que no hay garantía de que te lo acepten.

          Responder
    • Ramón

      Soy Español y me casé hace unas semanas con una Colombiana, ahora tengo dudas de si se caso por conseguir los papeles, puedo anular el matrimonio?
      Gracias

      Responder
      • AbogadosyMás

        Ramón, las nulidades son complicadas y costosas. Cuando llevéis 3 meses casados puedes solicitar el divorcio. Sería lo más rápido.

        Responder
  15. Melania

    Hola, tengo una pregunta que quizá ya hayas respondido.
    Mi marido es estadounidense y lleva aquí un mes como turista, durante este tiempo nos hemos empadronado e inscrito nuestro matrimonio (no lo hicimos allí cuando debimos). Vamos a tener un bebé en 3 meses, pero el certificado y libro de familia tardan 8/12 meses. Mi pregunta es, ¿tiene que salir después de los 90 días aunque el trámite de inscripción esté en proceso? Si es así podría perderse el nacimiento. ¿Es posible empezar el trámite de la tarjeta de residente sin el certificado y sólo la inscripción en proceso? Si no es así, ¿debería sacarse un NIE?

    Responder
    • AbogadosyMás

      Melania, en algunos casos estamos solicitando la residencia sólo la solicitud de inscripción. Habría que estudiar tu caso, completa el formulario de contacto y deja tu número de teléfono.

      Responder
  16. Yamilk

    Hola tengo una consulta, yo actualmente llevo 3 años viviendo con mi pareja y estoy embarazada él es español, yo extranjera en septiembre debo renovar la residencia, estaba todo bien porque he trabajado y ahora me encuentro en el paro pero la abogada que lleva mi caso dice que no me renuevan por no tener 5 años aún en españa, dice que con la partida de nacimiento de mi bebé que debería nacer en septiembre se solucionaría mi problema o si me caso en estos meses, sería eso cierto? Teníamos previsto casarnos pero cuando naciera el bebé. Y de ser cierto para casarnos andamos muy justos de tiempo. Gracias.

    Responder
    • AbogadosyMás

      Yamilk, si lleváis tiempo viviendo juntos y vais a tener un hijo, seguramente será más rápido que os inscribáis como pareja de hecho. El reglamento de régimen comunitario no establece un tiempo mínimo después de la inscripción para poder realizar la solicitud de tarjeta comunitaria, por lo que una vez dispongas del certificado de registro de parejas de hecho puedes solicitarla por esa vía. No existe un registro estatal por lo que el registro depende de cada Autonomía.

      Responder
  17. Mar

    Buenos dias, soy colombiana, vine a España a casarme con mi novio español pero entré con visa de turista, es decir, solo tengo 90 días para hacer todo el trámite, sin embargo el registro civil está tardando mucho con el expediente pre-matrimonial y no lograremos estar casados antes de que se terminen mis 90 días de estancia legal. Qué debo hacer? debo solicitar alguna visa mientras me aprueban el expediente matrimonial y me caso? no quiero quedarme de irregular porque me asusta que me sancionen o me expulsen mientras se tramita mi matrimonio. Gracias.

    Responder
    • AbogadosyMás

      Mar, no puedes hacer nada más que esperar. Hay pocas posibilidades de que te detengan por estancia irregular si llevas una vida ordenada. Y en el peor de los casos, si llegara a detenerte puedes presentar alegaciones y recurrir, aportar documentación acreditativa de que estás tramitando el expediente matrimonial, empradronamiento, etc, e ir recurriendo, para cuando finalizara el expediente estarías casada y seguramente legal.

      Responder
    • Karina

      Hola buenos días…yo llevo casada 1 año 7 meses el es español ..y tramite los papeles con un abogado hace 3 meses 12 días para enviar la solicitud a extranjeria y todavía no he obtenido respuesta

      Responder
      • AbogadosyMás

        Karina, desconozco lo que ha hecho el abogado que has contratado, pero creo que deberías hablar con él. Si lo que quieres saber es si es normal que tarde tanto, en general se suele resolver antes, pero depende del lugar de presentación.

        Responder
  18. Ari

    Hola soy mexicana, casada con un español, tenemos tiempo tramitando la residencia pero por muchos motivos no nos la han dado, primero por el seguro médico y luego por los medios económicos, yo estoy trabajando y mi jefa me quiere dar de alta pero no tengo aún la tarjeta, ¿me pueden dar de alta y esto me podría beneficiar para hacer el trámite? O ¿ es mi marido quien debe de estar dado de alta ? Es que es muy complicado, tengo cita en un mes y me siento con la presión del tiempo por que no se si me la volverán a denegar. Sería muy amable de responderme

    Responder
    • AbogadosyMás

      Ari, es tu marido el que debe acreditar medios económicos. Tu no puedes trabajar hasta que tengas la residencia, y por tanto no te puede dar de alta. Si hubieras acudido desde un inicio a una abogado, ya tendrías la residencia, lo errores en la presentación de la documentación, llegan a complicar mucho las cosas.

      Responder
    • Izabel Cristina Cardoso

      Buenos días! Me acabo de casa en España,mi marido es español y yo brasileña ,que debo hacer para poder tener la tarjeta comunitaria.gracias

      Responder
      • AbogadosyMás

        Isabel, en el blog podemos contestarte a preguntas concretas.si quieres que estudiemos tu caso es mejor que continuemos por otra vía. Te dejo un enlace al formulario de contacto

        Responder
  19. MARIA ELENA

    Hola.

    Mi consulta es si es más conveniente solicitar el visado de turista o el de residencia comunitaria.
    Por la documentación a aportar, por el tiempo de resolución, porque en un momento dado, puede solicitar turista y una vez aquí solicitar el otro.
    El caso es el de un marroquí casado en Marruecos con una española ( mi hija) y con el libro de familia de España ya en sus manos.
    Gracias

    Responder
    • AbogadosyMás

      Maria Elena, podría como dices, entrar con visado de turista y una vez aquí solicitar la residencia. Los documentos dependen del caso y el tiempo del lugar donde haya que presentarse

      Responder
    • Crizaly

      Hola buenos días;

      Me casé hace casi 3 meses y tengo pensado reunirme con mi esposo la primera semana de octubre en Barcelona y poder solicitar la residencia (ya contamos con el libro de familia).
      Pero necesito regresar a Perú la quincena de enero ( es decir me quedaría en España 100 días aproximadamente) y retornar a España la primera semana de marzo.
      (45 días después).

      Mi pregunta es si tendré problemas para ingresar nuevamente en marzo en caso aún no haya obtenido la residencia?.

      Cabe resaltar que he viajado muchas veces a Europa por turismo por 70 u 80 días y nunca tuve problemas al ingresar.

      Gracias por su respuesta.

      Responder
      • AbogadosyMás

        Crizaly, si no te vas a quedar en España y salvo que tengas motivo justificado, es mejor que no superes el plazo de 90 días. Ya cuando vuelvas en marzo, si es que tienes intención de quedarte, solicitas la residencia. Si vas a solicitar la residencia, tienes que residir en España, no puedes hacer la solicitud y abandonar el país.
        En cualquier caso en Barcelona, no dan citas, hay que aportar toda la documentación telemáticamente y cuando está correcta y revisada, ya te dan la cita.

        Responder
  20. María Luisa

    Buenos días: mi marido estadounidense se trasladará a vivir conmigo a España próximamente y deberá pedir la residencia como familiar de comunitario (yo soy española). Tenemos nuestro matrimonio inscrito en el consulado español: Tengo varias preguntas con respecto al procedimiento:
    1- Nuestro certificado de matrimonio probablemente tenga más de 3 meses cuando llegue. No es válido?
    2- Debe empadronarse antes de pedir la residencia? No he visto el certificado de empadronamiento entre la lista de documentos requeridos…
    3- Yo soy funcionaria (prestación sanitaria a través de MUFACE), por lo que en principio mi marido no estaría cubierto por mi seguro médico a menos que yo lo solicite. Es necesario que presentemos un seguro médico, o por el simple hecho de acreditar que yo estoy trabajando (vida laboral) sería suficiente?

    Muchas gracias.

    Responder
    • AbogadosyMás

      María, el certificado tiene que estar vigente, en cuanto al empadronamiento, tenéis que acreditar la convivencia, con lo que si debe empadronarse antes. En cuanto al seguro, si no está cubierto por el tuyo tendrás que contratar un seguro privado. Si quieres que ayudemos con el trámite, completa el formulario de contacto.

      Responder
  21. Walkiria

    Hola 🙂 Tengo una consulta, soy de Nicaragua y hace un mes me case con un Español, he intentado solicitar el proceso de residencia a través de extranjería pero me dicen que no hay citas, yo no he podido viajar a mi país (llevo un año y dos meses acá) antes estaba con visado de estudiante, mi pregunta es ¿ la solicitud de residencia la puedo solicitar en mi país aunque nos hayamos casado en España? porque tengo entendido que mientras no la tenga no puedo regresar por eso quiero solicitarla en mi país… muchas gracias de antemano!

    Responder
    • AbogadosyMás

      Walkiria, lo siento tienes que solicitarla en España. Por lo que comentas deduzco que vives en Barcelona. Si es así te informo de que Barcelona hace ya mucho que no da citas. En Barcelona, hay que presentar la documentación electrónicamente, para ello necesitas tener firma digital. Una vez es correcta ellos mismos te dan la cita, si hay que subsanar te la solicitan. Digamos que la cita sólo es a efectos de cotejo, porque ellos ya tienen la documentación y ya la han revisado. Si quieres que te ayudemos con trámite completa el formulario y deja un número de contacto

      Responder
  22. Andriel

    Hola Buenas en Junio del 20 he jurado mi nacionalidad y tenía celebrado mi matrimonio con mi esposa desde el 2017, ella para esta fecha lleva 1 año y medio de residencia continuada ya que la reagrupe con mi residencia. En este año ha modificado su tarjeta a comunitaria y hemos inscrito el Matrimonio en el RC. Mi pregunta es que si para Junio del 21 ya que llevo 1 año como español y el matrimonio ya hace 1 mes ha salido como inscrito, ella puede presentar la solicitud de Nacionalidad?
    Muchas Gracias de Antemano

    Responder
    • AbogadosyMás

      El matrimonio sirve para acortar los plazos, sin ver la documentación es difícil contestar ya que habrá que estar a las fechas que ponga en los certificados. No indicas cuánto tiempo lleváis casados, ni cuál es la fecha de matrimonio que se indica en el certificado. El plazo se reduce a 1 año si en el momento de la solicitud «lleva un año casado con un español o española» y no está separado legalmente o de hecho, de modo que si en junio hace 1 año o más de un año, en principio si podría solicitarla.

      Responder
      • Leyre

        Mi pareja y yo somos pareja de hecho en españa, ahora estamos viviendo en Reino Unido y el tiene el permiso de residencia aquí por estar con una europea. Pero queremos vivir en españa, al haber estado aquí viviendo mi contrato laboral es Fe Reino Unido. Podría valer como prueba económica mi contrato de aquí? Sino que otra opción hay? Mi psreja solo puede estar 3 meses de manera regular y en ese periodo se me hace complicado encontrar un trabajo estable

        Responder
        • AbogadosyMás

          Leyre, te contestamos por email. Pero para solicitar residencia en España necesitas acreditar medios económicos y el trabajo que tienes allí, supongo que lo dejarás si te trasladas, por lo que no te va a servir.

          Responder
  23. RODRIGO

    Hola buenas tardes. mi esposa es colombiana y yo español, celebramos matrimonio civil en Colombia, ella viene a vivir conmigo definitivamente a España el próximo mes, quisimos registrar el matrimonio en el consulado español en Colombia, y nos dijeron que alli demoraba dos años, que mejor lo registráramos en España. me pueden decir si esto es asi y cuánto demora registrarlo en España? y si pueden decirme los requisitos y documentación que necesitamos presentar, sobre todo ella, y si todo debe venir ya apostillado desde Colombia.
    Muchas gracias
    Rodrigo García

    Responder
    • AbogadosyMás

      Rodrigo, efectivamente necesitas tener los documentos apostillados, pero debes saber que en España según el Registro Civil que lo tramite también tarda. Nosotros realizamos la inscripción directamente en el Registro Central y asi tarda menos, ya que si tramitas desde el Registro Civil de tu localidad. Te voy a enviar un email por si quieres que ayudemos con la inscripción.

      Responder
      • Yami

        Hola tengo muchas dudas sobre estos trámites yo soy cubana y estoy casada hace 7años con un holandés llegue a holanda con una visa familiar pero mi esposo consiguió un trabajo en Ibiza pues yo vine con él y mi visa familiar de holanda se venció hace dos meses desde que estamos aquí estamos haciendo todos los papeles necesarios para yo poder regularizarme en españa, como es él quien me tienes que dar la residencia entendí que con un NIE que el ya lo tiene aquí ,no era suficiente, nuestro certificado de matrimonio ya está legalizado y apostillado por españa , ya él tiene su cuenta de banco con más de 9mil 600 euros tiene seguro médico y también entregamos los documentos para empadronarnos los dos pero ahora No se cuál sería el siguiente paso ya que yo sigo sin documentos aquí y necesito saber que más él necesita pedir para que me puedan dar la residencia comunitaria, algunas personas me dicen que él necesita pedir el dni y otros la tarjeta de residencia si me pudiera ayudar y saber que más necesito y cuánto se tardaría todos estos tramites

        Responder
        • AbogadosyMás

          Yami, ciertamente lo estáis mezclando todo, creo que sería mejor que sigamos por una vía más privada. Es necesario revisar lo tenéis y ver que trámite procede ahora. Completa el formulario de contacto y deja un teléfono de contacto.

          Responder
  24. Juan Salazar

    Hola buenos días, en el 2020 me case con mi esposa en Colombia y realizamos todos los papeles de inscripción del matrimonio en el consulado. ya llevamos 3 meses viviendo en España pero todavía no hemos realizado los papeles de residencia, ya que debemos viajar a Canada dentro de poco por temas familiares y el proceso tengo entendido que es largo, actualmente ya pase los tres meses como turista; mi pregunta es si salgo de España a Canada tendré algún problema al ingreso nuevamente del país aun así entre como cónyuge de español.

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola Juan, si ha excedido los 90 días, está en situación ilegal, deberíais haber solicitado la residencia dentro de dicho plazo.
      debe tener en cuenta que la entrada como turista se autoriza por un máximo de TRES MESES EN UN PERIODO DE SEIS MESES. Por tanto, no se puede agotar el periodo de tres meses, salir del Espacio Schengen y reingresar inmediatamente, sino que deberá esperar tres meses para volver a ingresar.
      Aunque en teoría no deberíais tener problemas para volver a entrar ya que aunque haya superado el plazo no tiene prohibición de entrada, por lo que se aplicaría el criterio del tiempo máximo por semestre.
      abandonaste voluntariamente España habiéndote excedido de los 90 días, en principio no tienes prohibición de entrada independiente, sino que se aplica el criterio del tiempo máximo por semestre.
      Sin embargo, hay casos en los que el funcionario de inmigración no se ha percatado de que la persona ha excedido el tiempo máximo, e incluso, casos en los que se ha negado el ingreso, haciendo un cómputo incorrecto.
      También hay casos en los que a personas que se han excedido pero están dentro de los plazos (estuvieron 120 días y regresan al año, lo que jurídicamente es posible), les han revisado los demás requisitos exhaustivamente, por lo que si vais a salir debéis llevar encima la documentación necesaria para solicitar la residencia, certificado matrimonio, empadronamiento, medios económicos…

      Responder
      • juan salazar

        Muchas gracias por tu respuesta, ahora tengo una duda en cuanto al tiempo de estadía en España. he visto en internet que realmente no estoy como turista porque entre a España junto a mi esposa española, valga la redundancia que superado los tres meses puedo seguir residiendo de manera normal sin embargo lo que no puedo hacer es trabajar que eso lo tengo entendido.

        Quisiera saber qué tan cierto es esto.

        Responder
        • AbogadosyMás

          Juan, los familiares de ciudadano español que no sean comunitarios cuando se reúnan con él o le acompañen, y vayan a residir en España por un período superior a tres meses, deben solicitar y obtener una tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión, y deben realizar la solicitud en dicho periodo. Si no lo haces estarán en situación irregular y aunque en principio no se va a dictar orden de expulsión, si va a afectar a tu movilidad y lo que tal vez sea más importante para tí, si no regularizas tu situación, nunca vas a poder solicitar la nacionalidad española.

          Responder
  25. Angela

    Buen día,

    Me he casado con mi pareja española en Colombia el 21/01/2020, el febrero del mismo año llevamos la documentación correspondiente a un registro civil municipal. Hasta el mes de Octubre no tuvimos la entrevista en el registro civil y enviaron los documentos al RCC. Desde el 06/10/2020 se encuentra en estado pendiente de tramite el expediente. Han pasado ya 6 meses desde entonces y no ha cambiado de estado, ni siquiera a TRAMITE. Sabes cuanto mas pueda demorar en resolver o cambiar de estado y darnos el libro de familia?

    Responder
    • AbogadosyMás

      Angela, sólo te puedo decir que cuando hacemos nosotros el trámite no tardan tanto, pero nosotros lo hacemos directamente en Registro Central. Al tramitar desde el Registro de tu localidad, el expediente va y vuelve al Central y obviamente se demora más, pero aún así no debería tardarte mucho más.

      Responder
    • Daya

      Hola… Me he casado con un ciudadano comunitario .. el cual es pensionista, recibe 700 € mensuales por la Seguridad Social , además tiene una cuenta bancaria de
      15 000 € puedo presentar mi solicitud de residencia para mí y mi hijo menor de 21 años con estos medios económicos

      Responder
      • AbogadosyMás

        Daya, puedes y debes presentarla, el hecho de que sea pensionista garantiza unos ingresos, supongo que también tendrá vivienda propia, si además tiene ahorros debería bastar, pero eso lo tiene que valorar el funcionario, y el criterio puede variar en función del lugar de presentación.

        Responder
  26. Pepe Antonio

    Hola, buenos Dias. Mi consulta es la siguiente:

    Mi esposa (Española) y yo, nos casamos en Chile y ya tenemos matrimonio registrado, nos entregaron el libro de familia, queremos irnos a vivir para España.

    Ella actualmente no tiene trabajo ni por cuenta propia ni ajena, sin embargo contamos con los recursos económicos que exige la ley de presupuesto, el problema surge en que esos recursos los tenemos en efectivo. Queremos llegar a España y que ella abra una cuenta para depositarlos en un banco y demostrarlos al momento que los exijan ¿Es posible esa opción?

    A la hora de entrar en el aeropuerto, ¿Decimos que vamos de turismo o la verdad que es que efectivamente queremos irnos a vivir permanentemente para allá?

    Como ella no cuenta con un trabajo en España, comprendo que tiene que tener un seguro privado al igual que yo (no español) para yo poder solicitar mi residencia. ¿Es así?

    ¿Es el libro de familia documento suficiente para demostrar vinculo matrimonial o hay que tener a la mano acta de matrimonio apostillada a la hora de yo solicitar la residencia?

    Disculpa si son muchas preguntas, de antemano muchas gracias.

    Responder
  27. Javi

    saludos, soy español y mi pareja es brasileña. Tenemos pensado casarnos cuando ella viaje a españa. mi pregunta es si una vez que nos casemos ella obtiene directamente el NIE? o que debemos hacer para que tenga una situacion regular en españa?

    Responder
    • AbogadosyMás

      Javi, lamento informarte de que no es tan sencillo. Una cosa es el NIE, que es el número de indentificación de extranjero y que puede solicitar si lo necesita para algún trámite y otra cosa la residencia, y para ello hay que realizar un trámite y cumplir una serie de requisitos para que sea concedida

      Responder
      • Elvira

        Hola muy buenas.
        Tengo mucho tiempo esperando la respuesta del Registro civil central, ya nos hicieron la entrevista el año pasado en República Dominicana, soy española y me casé allí en RD viaje hace poco allí no nos dicen nada y aquí menos y esta cerrado, no se que deba hacer ahora, la espera se hace larga y me urge que mi marido esté aquí en españa.

        Responder
        • AbogadosyMás

          Elvira, si ya has iniciado la tramitación no podemos ayudarte, pero si él está en Dominicana, y has hecho la solicitud en el Registro civil, es normal que tarde, el expediente tiene que ir de un sitio a otro y eso retrasa bastante.

          Responder
  28. Marcos Perez

    Buenas tardes,
    Soy español y resido y trabajo en España.
    Me case hace unos meses con mi esposa (italiana) con la que ya teniamos 2 hijos.
    A pesar de vivir en España nunca se saco el NIE porque no necesitaba trabajar.
    Ahora necesita sacarse el NIE. Tenemos hora en la policia, y creemos que tenemos que rellenar el modelo EX18 y pagar las taxas. Respecto a este modelo, en el apartado residencia temporal, cual seria la opcion a elegir?
    Muchas gracias y Saludos

    Responder
    • AbogadosyMás

      Marcos, el NIE es el número de identificación de extranjero. Puede solicitarlo aunque no sea residente si lo necesita para algún trámite, por ejemplo, realizar una compra de un inmueble o adquirir participaciones de una sociedad. Si lo que quiere es residir y trabajar legalmente tiene que solicitar la residencia comunitaria, y cuando tenga la resolución concedida solicitar el TIE (tarjeta de identificación de extranjero)
      El trámite es algo más completo, y requiere de la aportación de más documentación. Aunque si tienes trabajo y 2 hijos, le concederán la residencia. Si necesitas ayuda con el trámite no dudes en contactar.

      Responder
      • Marcos Perez

        Gracias por su rápida respuesta.
        Ella es italiana, no necesita el TIE.
        Mi consulta era sobre el modelo EX18.
        Gracias y saludos

        Responder
        • AbogadosyMás

          Marcos, disculpa parece que he leído deprisa y no me he dado cuenta de que decías que era comunitaria. En ese caso además de solicitar el NIE, necesita obtener su Certificado UE. Dicho certificado es el que permite a los ciudadanos comunitarios residir y trabajar en España, y es obligatoria su obtención.

          Además del impreso de solicitud en modelo oficial (EX-18) por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el ciudadano de la Unión. https://extranjeros.inclusion.gob.es/ficheros/Modelos_solicitudes/mod_solicitudes2/18-Certificado_residencia_comunitaria.pdf.
          Debe aportar pasaporte o documento nacional de identidad válido y en vigor. En el supuesto de que esté caducado, deberá aportarse copia de éste y de la solicitud de renovación.
          En tu caso tal vez lo más sencillo y ya que ella no tiene trabajo y probablemente no pueda acredita más medios económicos que los tuyos, podéis aportar documentación acreditativa del vínculo familiar, documentación acreditativa de la dependencia económica y documentación que acredite que el familiar eres trabajador por cuenta ajena o propia, o que tiene medios de vida suficientes y seguro de enfermedad.

          Responder
          • Marcos Perez

            Muchísimas gracias por su rápida respuesta, muy amable.
            Como se demuestra la dependencia económica?Que documentación se necesita?

            Muchas gracias de nuevo, y saludos

          • AbogadosyMás

            Marcos, la documentación varía dependiendo del caso concreto, y de cuál sea vuestra situación, no puedo indicarte que documentos debes aportar, para ello un abogado tiene que estudiar tu caso y tu situación y tras ello te indicará o qué documentos debes aportar, y revisará que sean correctos. Si quieres que te envíe un presupuesto puedes solicitar a través del formulario de contacto

          • Daira Pérez M.

            Hola, mi mamá tiene 71 años y obtuvó la nacionalidad el año pasado. Está casada con mi padre hace 44 años en Colombia. Ella obviamente no trabaja y depende de mí, pero tiene la asistencia sanitaria pública, además estuvo un tiempo dada de alta en la seguridad social . Es posible que mi padre obtenga la tarjeta comunitaria cómo cónyuge? Debe registrar el matrimonio Colombiano antes? Los medios económicos pueden ser los de mi pareja y míos? Puede ser mi papá beneficiario en la Seguridad Social de mi madre? Es necesario contratar un seguro privado para él?

            Gracias de antemano.

          • AbogadosyMás

            Daira, el familiar comunitario debe acreditar que dispone de recursos económicos suficientes. Si el es tu padre y eres tú la que se va a hacer cargo, deberías hacer la solicitud por esa vía.
            En cuanto al matrimonio, si no está inscrito en España deberías empezar por ahí. Si quieres que un abogado te ayude con el trámite completa el formulario de contacto y deja un teléfono

  29. Adriana

    Hola. Me gustaría que me asesoran en un tema. Soy cubana y estoy en en España con un visado de familiar comunitario porque estoy casada con un español, nos casamos en Cuba pero aún no hemos inscrito el matrimonio aquí porque nos faltaban algunos documentos. El problema es que el 23 de este mes se me vence la visa y no sé si nos de tiempo para solicitar la residencia. Si no me da tiempo, me quedaría de irregular? No podría solicitar la residencia por comunitario? Muchas Gracias!

    Responder
    • AbogadosyMás

      Adriana, puedes solicitar la residencia aún después de los tres meses. Pero deberías inscribir el matrimonio cuanto antes. Si aún no has iniciado el trámite podemos ayudarte con los 2 trámites. Completa el formulario de contacto y deja tu número de teléfono para que podamos ampliar información.

      Responder
      • Pamela

        Buen día, Mi pregunta es la siguiente, me casé hace un año con un español en Estados Unidos, residimos actualmente acá y ya obtuvimos el libro de familia. Pensamos mudarnos a España el mes siguiente y quisiera saber si al momento de entrar puedo solicitar la residencia y si al solicitarla puedo salir de España sin ningún problema a que el trámite quede inválido?

        Responder
        • AbogadosyMás

          Pamela, para poder solicitar la residencia debes tener residencia en España. No puedes hacer la solicitud y marcharte si esa es tu pregunta, es conveniente que esperes a tener la residencia para viajar.
          Y cuando ya la tengas, debes saber que La ley de extranjería española establece un tiempo máximo fuera de España.
          Si estás fuera del mismo durante un periodo de tiempo largo, puedes perder la condición de residente, y tu tarjeta de residencia se extingue.
          Para no perder dicha residencia y poder renovar, puedes estar un máximo 6 meses consecutivos fuera durante un año.
          Una vez transcurridos esos 5 años y habiéndola renovado, la posterior tarjeta permanente en régimen comunitario (para 10 años) permite ausencias de España por 2 años consecutivos.

          Responder
  30. Can

    Buenas noches,
    Tengo una duda y quisiera que alguien me ayude. Antes de 2 días de casarme con una mujer española, me detuvieron por lo que mi visado acabó. Mejor dicho me he casado teniendo una carta de expulsión. Así que mi pregunta es, después de solicitar para la residencia me pueden rechazar por la expulsión aunque mi mujer esta trabajando? Y otra es me gustaría saber si me saldrá la residencia, automaticalmente mi expulsión puede ser quitada o que debo hacer para eliminarla?
    Muchas gracias.

    Responder
    • AbogadosyMás

      Can, no sé en que estado está tu expulsión, por lo que es complicado que te pueda contestar.
      Si sólo tienes la propuesta de expulsión, que es lo que parece, deberías solicitar la residencia y recurrir la expulsión.
      Cuando te detuvieron te tuvo que asistir un abogado, habla con él y pregúntale si presentó alegaciones y en qué punto se encuentra el expediente.

      Responder
      • Wellington

        Hola me casé con mi mujer q es española pero ella no trabaja ni nada y yo ya tengo una oferta de trabajo puedo meter los papeles en extranjería

        Responder
        • AbogadosyMás

          Wellington, para que te concedan la residencia comunitaria debéis acreditar ingresos. Si no tiene trabajo y tenéis ahorros también sirve. Puedes hacer la solicitud pero otra cosa es que te la concedan.

          Responder
          • Ramón

            Hola, me casé hace poco con mi mujer que es española y ahora estoy para solicitar la tarjeta comunitaria.
            La preocupación que tengo es que mi esposa no trabaja, sin embargo tiene ingresos procedentes de una herencia ( 350€ al mes ) además de un salario social ( 450 €) , en total son 800€ .
            Según ustedes ¿podrían ser suficientes para demostrar la tenencia de medios económicos?
            Y si es así que documento será válido para acreditar el cobro mensual de esta cantidad, ( sustratos bancarios de los últimos meses o saldo medio anual?

          • AbogadosyMás

            Ramón, no podemos contestarte si saber más del caso, y no somos nosotros los que tenemos que valorar si son suficientes, lo valora el funcionario.
            Aunque con carácter general y si está cobrando una ayuda social por un periodo determinado, puede que consideren que no es suficiente, se trata de que el español acredite medios económicos para mantener al cónyuge extranjero.
            La ayuda que percibe, supone una carga para el estado, por lo que no dispone de ingresos propios con los que mantenerte, deberías buscar la forma de acreditar más medios económicos.

  31. Eduardo Rodriguez Fontenla

    Buenos días, una consulta mi hija tiene la nacionalidad Española y a inscripto su matrimonio en la embajada en Buenos Aires (Argentina) vendría a España a hacer un Master en la Universidad de Vigo a través de la Xunta, cuanto tiempo demoraría que su marido obtenga su documentación de residencia y con el resguardo podría trabajar.
    Muchas gracias por vuestra respuesta

    Responder
    • AbogadosyMás

      Eduardo, lo del tiempo es relativo, hay expedientes que se resuelven en menos de 2 meses y otros que tardan bastante más. Aunque tienen 3 meses para resolver en ocasiones tardan más

      Responder
    • Antonio

      Hola buenas … mi consulta es sobre mi pareja, ella es de Egipto y la acaban de dar un visado de 180dias para viajar a España para hacer un curso en una universidad de unos 3 meses..
      Cuanto tiempo puede permanecer en españa como maximo .. los 180 días ?..
      Muchas gracias por la ayuda
      Saludos

      Responder
      • AbogadosyMás

        Antonio, si en su visado indica que puede estar hasta 180 días ese es el tiempo máximo que puede permanecer en España. Ese tipo de visado se da para cursos que tienen una duración de entre 91 y 180 días.

        Responder
  32. Mauricio Vargas

    Hola soy Americano y me caso con mi chica Española. Quisiera empadronarme y recibir el permiso de trabajo lo más pronto possible para así pedir que mi trabajo me trasladé a España. Puedo salir del país después de casarme y empadronarme para volver a trabajar mientras llega el día que tengo que ir a extranjería a pedir mi residencia comunitaria? Después de presentar los documentos en extranjería puedo volver a los Estados Unidos para terminar de formalizar mi traslado y mudanza?

    Responder
    • AbogadosyMás

      Mauricio, tienes que residir en España para solicitar la residencia. Puedes volver a Estados Unidos pero hay que controlar los tiempos. Si quieres que te ayudemos con el trámite completa el formulario de contacto

      Responder
  33. alex

    Hola, soy español y me case con una colombiana en el consulado de Bogotá, tenemos un hijo con nacionalidad española y tenemos libro de familia, mi pregunta es si ella puede pedir la nacionalidad directamente aquí en Colombia o tiene que vivir primero unos años en España con residencia para adquirir la nacionalidad?.
    Gracias.
    Saludos

    Responder
    • AbogadosyMás

      Alex, para solicitar la nacionalidad debe residir legalmente en España un mínimo de 1 año. Después ya puede iniciar el trámite de nacionalidad.

      Responder
      • Maria

        Hola ,teniendo solo papeles y nacionalidad española ,pero viviendo en francia podria hacerle los papeles de francia a mi marido ?

        Responder
        • AbogadosyMás

          María, te refieres a solicitar la residencia en Francia? Siendo española, si resides en Francia puedes solicitar la residencia comunitaria a tu marido en el país de residencia, siempre que cumplas los requisitos que se exijan

          Responder
      • alex

        Gracias, para que ella resida legalmente en España, tenemos que pedir la residencia aqui en el consulado de españa en bogota y a que tipo de residencia podria ella aplicar?. Gracias

        Responder
        • AbogadosyMás

          Alex, la residencia debe solicitarla desde España. Si tu resides ya en España puede solicitar un visado de larga duración por reagrupación familiar, una vez en España tu mujer como solicitante del visado de Reagrupación familiar en régimen general, deberán dirigirse a la Brigada Provincial de Extranjería y Fronteras (dependiente del Ministerio del Interior) de la provincia correspondiente en la que vayáis a residir y solicitar la tarjeta de residencia.
          Si tampoco eres residente, y vais a trasladar la residencia a España, tendrá que solicitar la residencia dentro de los tres meses de la llegada a España. Los ciudadanos colombianos no necesitan visados para viajar como turista a España, aunque se requieren una serie de requisitos.
          Si necesitas ayuda con el trámite de residencia completa el formulario de contacto

          Responder
    • Andrea Roca

      Hola, soy boliviana y me casé en Bolivia con un boliviano que tiene la nacionalidad española y tenemos 4 hijas en común con la nacionalidad española y vine a España con reagrupación y quiero saber si puedo tener la nacionalidad por que yo cuando volví a España volví de 3 años porque mi nie se caducó y con este año se harán 5 años que estoy aquí en España desde que volví ysólo estoy con el documento de reagrupación y el año que viene se caducará y si me divorcio tengo ono la oportunidad de tener la nacionalidad le pido porfavor si me puede orientar o sugerir que tengo que hacer gracias

      Responder
      • AbogadosyMás

        Andrea, no me queda claro cuanto tiempo de residencia legal tienes en España. El matrimonio con español sólo acorta los plazos del tiempo de residencia exigido. En cualquier caso los países iberoamericanos ya tienen un reducción. El tiempo exigido es de 2 años
        Si en el momento de la solicitud, llevas un año casado con un español o española y no estás separado legalmente o de hecho, es suficiente con 1 año de residencia.
        Si te divorcias sólo te afectará si no cumples el resto de los requisitos.

        Responder
        • Jonathan romero

          Buenas, estimados jurisprudentes.
          Paso a solicitarles información en sus vastas experiencias.
          -Me case a distancia (aquí en Venezuela), mediante poder con mi novia, la cual es española de nacimiento. Yo soy venezolano. El acta de matrimonio, ya está legalizada y apostillada.
          -Por lo que, quisiera saber si puedo ingresar a españa, mostrando mi acta de matrimonio apostillada y/u otros documentos) a los funcionarios de migración? Y si es así, puedo, luego registrarlo en españa?
          Y no habría, ningún inconveniente con ellos? Con los funcionarios de migración, me nieguen la entrada.
          – ò uds. Que me recomendarían?
          Que lo registre en el consulado general aquí en Venezuela?
          -por qué lo ideal sería saber por su experiencia. Donde sería más rápido registrar nuestro matrimonio?. Para que nos otorguen más rápido el libro de familia. Por aquí el consulado de Venezuela o en españa?
          Gracias
          Bendiciones

          Me gustaría un medio privado para otras observaciones con uds.

          Responder
          • AbogadosyMás

            Jonathan, te hemos contestado por email

        • Cristian Valencia

          Asesoramiento para tarjeta comunitaria por matrimonio.

          Responder
          • AbogadosyMás

            Cristian, te contestaremos por email.

  34. Ana

    Hola,
    Soy española residente en Canadá, y mi marido es canadiense. Estamos planeando mudarnos a España este año.
    Cuándo podría empezar a trabajar mi marido? He leído que se puede trabajar una vez solicitado el permiso de residencia, con el resguardo de la solicitud. En ese caso no sería necesario esperar a obtener el permiso, que puede tardar de 1 a 3 meses. Es eso correcto?
    Muchas gracias

    Responder
    • AbogadosyMás

      Ana, tu marido no podrá trabajar hasta que tenga el permiso de residencia. En cuanto al tiempo varía de función de donde tengáis pensado fijar vuestra residencia. Voy a enviarte un email y así continuamos la conversación por un canal más privado.

      Responder
  35. Javi

    Hola. Gracias por las respuestas a todos los comentarios, está siendo de mucha ayuda leeros.
    Mi pregunta era:
    1-Yo soy español y mi esposa portuguesa, nos casamos en el Consulado español en Pekin. Entiendo que nuestro matrimonio ya está inscrito en el registro civil español por que los Consulados estan comunicados con el Registro Civil, cierto?
    Por otra parte, en caso de ir a vivir a España,
    2-Qué documentación tendriamos que solicitar para ella? Tendria su DNI? O es el NIE? He oido tambien una tal Tarjeta de Identidad del Extranjero. Qué debería solicitar?
    Muchas gracias por vuestra ayuda. Saludos.

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola Javi, si vais a vivir en España tenéis que solicitar la residencia comunitaria para ella. Tal y como indicas si os casasteis en el consulado en matrimonio constará inscrito en el Registro Central de Madrid, los datos de inscripción no coinciden con los del consulado, pero estos últimos son necesarios para localizar el certificado en el Registro Central.
      Te voy a enviar un email por si necesitas ayuda con el trámite.
      Un saludo

      Responder
  36. Janier

    Hola que tal me he casado con mi novia y yo soy español y quisera darle la tarjeta comunitaria pero no se a donde debo ir ni que tramites hacer si tengo que ir a extranjeria o a la policia podrias ayudarme por favor

    Responder
    • Beatriz

      Hola Janier, tienes que pedir cita en extranjería, pero lo más importante es que cumplas todos los requisitos y que la documentación que aportes sea la adecuada. En algunos sitios no se está dando cita, la presentación es telemática y sólo te dan la cita cuando la documentación está completa. Dependerá de donde tengas que tramitar, si quieres ayuda con el trámite completa el formulario de contacto y te enviaremos un presupuesto

      Responder
  37. Dámaris Delgado Arias

    Hola! Soy española y me casé con un estadounidense en Las Vegas. Hoy nos ha llegado el libro de Familia. Que debemos hacer o dónde ir para conseguir el permiso de residencia y luego lo de la Seguridad Social etc?.

    Responder
    • AbogadosyMás

      Dámaris, entiendo que ya has inscrito el matrimonio en el Registro civil español, y ya tienes el libro de familia. Si es así el siguiente paso preparar la documentación y solicitar cita, el lugar y forma de presentación varía de una Comunidad a otra. Te voy a contactar por email para me expliques un poco más tu situación.

      Responder
      • Dámaris Delgado Arias

        Hola soy Dámaris. Necesitamos el permiso de residencia y el NIE. Cuál sería el precio final de las gestiones ?. Gracias.

        Responder
        • Beatriz

          Damaris, te hemos contestado por email, si los que quieres es un presupuesto es mejor que sigamos por otra vía.

          Responder
        • Liz

          Hola, soy salvadoreña y me casé con mi esposo que es español en junio 2020 (aquí en España). No hemos solicitado aun mi residencia porque entendemos que si no tenemos un ingreso mínimo requerido, esta sería denegada. Él trabaja por cuenta ajena (pero con horario de casi medio tiempo) y devenga un salario de aproximadamente €700 euros mensuales, y yo trabajo sin contrato cuidando niños con un salario mensual de €400 euros mensuales, sumando un total de €1100 euros entre los dos.
          Mi pregunta es: al momento de solicitar mi residencia, se toman en cuenta mis ingresos para ese mínimo requerido, o solo toman en cuenta los ingresos de mi esposo (que es el español)?

          Responder
          • Beatriz

            Liz, si no has solicitado la residencia, estarás trabajando sin contrato, con lo que no lo puedes aportar. Sólo se tienen en cuenta los ingresos de tu esposo, si tuvierais ahorros o otras fuentes de ingreso si podría declararse.

        • Martha

          Hola mi hermana se a casado con un jubilado español es tan viviendo en Estados Unidos actualmente. Que puede hacer el para agruparía como su esposa y inscribir la. En su jubilación. Como su esposa. El no puede salir de allí por el momento. Gracias

          Responder
          • AbogadosyMás

            Martha, no termino de entender a que quieres decir con lo de la jubilación. De todos modos si vive en Estados Unidos no puede solicitar la residencia en España. Ya que el primer requisito es residir.

      • Andrea

        Hola. Me voy a casar con mi novio y me gustaría saber si de este modo él podría optar al permiso de residencia española. El caso es que lleva muchos años aquí en españa y hace unos 4 meses le denegaron su permiso de residencia adquirido anteriormente. Si nos casamos podría volver a conseguir su permiso? También tiene su nacionalidad tramitada, pero sin permiso de residencia tengo entendido que no le concederán la nacionalidad.

        Responder
        • AbogadosyMás

          Andrea, el matrimonio no garantiza que le concedan la residencia, debe reunir otra serie de requisitos. Habría que analizar el caso, conocer el motivo de la denegación, ya que aunque la puede solicitar se la pueden denegar nuevamente

          Responder
  38. Berta

    Hola!

    Vivo en Barcelona y hace un año y medio que me casé con un hombre de origen marroquí que no tenía papeles. Mi pregunta es la siguiente: según el codigo civil de Cataluña en el matrimonio se rige por el régimen de separación de bienes. En mi caso seria así también?

    Otra pregunta, mi marido actualmente vive en otra provincia por temas de trabajo y yo he dejado el piso que teníamos compartido. Si se empadrona en el piso que ahora esta viviendo (no estaremos empadronados conjuntamente) tendrá algun problema para su renovación del NIE?

    Gracias

    Responder
    • AbogadosyMás

      Berta, si os casasteis en Cataluña el régimen será el de Separación de bienes salvo que lo hayáis modificado. El que tenga papeles o no, no afecta al régimen matrimonial. En cuanto al empadronamiento, si puede afectar a la renovación, ya que estáis separados de hecho y deja de estar a tu cargo, debéis estar empadronados en el mismo domicilio, aunque por motivo de trabajo resida temporalmente fuera.

      Responder
      • Viviana

        Hola soy colombiana casada con español hace año y medio. Nos casamos en Madrid, y aún seguimos empadronados juntos, pero por cuestión de trabajo estoy en Vigo y el sigue en Madrid. Puedo solicitar mi nacionalidad en Vigo? O debe ser en Madrid? Se me va hacer difícil por los viajes y más ahora en pandemia. Que debo hacer

        Responder
        • AbogadosyMás

          Viviana, si estás empadronada en Madrid, debes solicitarlo allí. Si quieres podemos ayudarte con el trámite, completa el formulario de contacto

          Responder
          • Anna

            Hola que tal? Mi marido y yo nos casamos en 2016 y es colombiano ahora se le a caducado esa comunitaria de 5 años que le dieron al casarse con migo que ay que hacer para la renovación ir a la policía y renovar y ya esta o ay que hacer otra cosa

          • AbogadosyMás

            Anna, el plazo para solicitar la renovación de su tarjeta comunitaria, empieza 30 días antes de que venza y continua hábil hasta 90 días después de la fecha de vencimiento de su tarjeta.
            La documentación que debes aportar es la siguiente:

            • Solicitud modelo oficial (EX-19), por duplicado, debidamente cumplimentada y firmada.
            • Pasaporte completo válido y en vigor. Si está caducado, copia de éste y de la solicitud de renovación.
            • Certificado de matrimonio
            • Tres fotografías recientes en color, en fondo blanco, tamaño carné.
            • Documento acreditativo del abono de la tasa por expedición de la tarjeta.
  39. Nuria

    Buenos días,

    Yo soy española y mi marido es de Kenia, y tenemos un hijo de 4 meses español. Vivimos y nos casamos en Polonia. Debido a varios problemas con la burocracia polaca (una larga historia que no viene al caso ahora mismo), mi marido lleva esperando la tarjeta de residencia en Polonia varios años. Puede vivir en Polonia, pero no trabajar ni salir del país. Debido a este problema, su pasaporte ha caducado, no teniendo embajada de Kenia en Polonia. La embajada más cercana no se hace cargo de su problema a distancia (y no puede viajar hasta allí debido al problema de la tarjeta de residencia).

    Quisiéramos saber si habría alguna forma por la que podríamos mudarnos a España (él ahora mismo no puede viajar sin tarjeta de residencia ni pasaporte) y volver a empezar el proceso de conseguir una tarjeta de residencia desde allí, ya que aquí llevamos años desesperados y pensamos que en España tendremos más facilidades al ser yo española.

    Muchas gracias y un saludo,
    Nuria

    Responder
    • AbogadosyMás

      Nuria, sin documentación es bastante arriesgado moverse y más con las limitaciones de movilidad por la pandemia y los controles pertinentes. Tendrás que encontrar la manera de que obtenga el pasaporte.
      Si no has inscrito el matrimonio en España deberías ir haciéndolo.

      Responder
      • Nuria

        Muchas gracias por su respuesta. Sí que tenemos el matrimonio inscrito en España, así como libro de familia.

        Responder
  40. THAMAR

    Hola buenas Tardes. El día de ayer fui a extranjería a solicitar la residencia por Familiar comunitario y y me dieron el numero de NIE, pero de enviar en un plazo de 10 días el acta de matrimonio actualizada.
    Mi esposo y yo nos casamos en Venezuela en el año 2013 y posteriormente en el año 2018 el matrimonio quedo registrado ante el Registro Civil de Consulado de España en Caracas, del cual tenemos acta de matrimonio y libro de familia con su respectivo tomo y folio, pero al momento de introducir esos datos en el certificado digital indican que son erróneos.
    Como saber cual es el numero de folio y tomo con el que el matrimonio quedo registrado aqui en España?
    En caso de no aportar a tiempo a extranjería dicho documento eliminaran el Nie que me asignaron?

    Responder
    • AbogadosyMás

      Thamar, si inscribiste el matrimonio en el consulado se inscribe también en el Registro Central, pero la numeración no coincide. Si lo vas a solicitar por internet cuando seleccionas Registro Central, tienes debajo un grupo de campos para facilitar los datos de la inscripción consular.
      El NIE no te lo quitan, es un número de identificación que queda asignado, si realizas la solicitud aporta la solicitud e indica que estás a la espera de recibir el certificado

      Responder
  41. alejandro

    Hola,

    Hace 6 meses falleció mi padre y mi madre necesita renovar su residencia para seguir legalmente viviendo en España, sin embargo le han denegado el tramite alegando lo siguiente:

    1- Que el vinculo matrimonial se extingue con el fallecimiento
    2- Que no ha demostrado ingresos suficientes y seguro medico

    Mi madre ha residido 10 años en España, de los cuales los 6 últimos han sido viviendo de forma continuada en España donde ha trabajado en algunos periodos aunque siempre estuvo representada económicamente por mi padre. Que posibilidad existe para que pueda renovar su residencia? Ella desde el año 2017 ha iniciado el tramite para la obtención de nacionalidad, ha presentado examen y ha entregado todos los documentos solicitados y sabemos que se puede optar a la nacionalidad producto de la viudedad si iniciamos el tramite durante este año, sin embargo no sabemos si existe algún problema en iniciar el tramite por viudedad cuando otro tramite ya esta iniciado.

    Saludos

    Responder
    • AbogadosyMás

      Alejandro, te hemos contestado por email, creemos que es un canal más adecuado para el tipo de consulta

      Responder
  42. May

    Hola! Buenos días.
    Con el Libro de familia entiendo que no se puede trabajar solamente después de tener la residencia pero se puede ser voluntario?
    Se puede pedir carta de regreso para viajar y volver a España? Nosotros nos casamos la semana que viene y vamos a pedir el libro de familia. Quiero saber si me sirve solamente para pedir residencia? Yo vivo aquí con mi pareja 3 años el es español y yo israelí. Cuanto tarda más o menos tener la residencia en Madrid? Gracias ??

    Responder
    • AbogadosyMás

      May, en general es complicado pedir pedir cita, y luego hay que revisar si cumples el resto de los requisitos. Envía formulario de contacto cuando tengas el libro de familia y si quieres que te ayudemos con el trámite. En cuanto a lo del voluntariado, pregúntalo donde quieras realizarlo.

      Responder
  43. Juan

    Hola, muy interesante la informaion. En mi caso necesito saber que necesito para sacar pasaporte español. Vivo en España desde hace tres años, estaba casado para ese momento con una ciudadana de la comunidad (Italia), ahora estamos divorciados. Quisiera sacar ahora mi pasaporte español y el de mis dos hjas (una nacida en Venezuela y otra en EEUU). Donde puede tener todo el detalle de los pasos a seguir y documentos requeridos? Agradezco de antemano la orientacion. Juan

    Responder
    • AbogadosyMás

      Juan, para tener pasaporte español tienes que solicitar la nacionalidad. No indicas cuál es tu nacionalidad, pero supongo que venezolano, de modo que debéis solicitar la Nacionalidad por residencia

      Esta forma de adquisición de la nacionalidad exige la residencia de la persona en España durante diez años de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición. Existen casos en los que el período de residencia exigido se reduce; estos son:

      Cinco años: para la concesión de la nacionalidad española a aquellas personas que hayan obtenido la condición de refugiado
      Dos años: para los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí.
      Un año:
      El que haya nacido en territorio español.
      El que no ejerció debidamente su derecho a adquirir la nacionalidad española por opción.
      El que haya estado sujeto legalmente a la tutela (bajo la vigilancia de un tutor), guarda o acogimiento (el acogimiento que permite la reducción de residencia legal a un año es aquél en que existe resolución de la entidad pública que tenga en cada territorio encomendada la protección de menores y los acogimientos que estén judicialmente reconocidos) de un ciudadano o institución españoles durante dos años consecutivos, incluso si continuare en esta situación en el momento de la solicitud.
      El que, en el momento de la solicitud, lleve un año casado con un español o española y no esté separado legalmente o de hecho.
      El viudo o viuda de española o español, si en el momento de la muerte del cónyuge no estaban separados, de hecho o judicialmente.
      El nacido fuera de España de padre o madre, (nacidos también fuera de España), abuelo o abuela, siempre que todos ellos originariamente hubieran sido españoles.

      Si todos tenéis nacionalidad venezolana necesitáis 2 años de residencia legal en España

      Responder
  44. Adil

    Hola buenas, soy español estoy casado en España y mi mujer no tiene papeles. Se que hay que presentar seis nóminas. Valen las nóminas del paro??

    Responder
    • AbogadosyMás

      Adil, la prestación del paro no es un nómina. Si no trabaja es posible que os venga denegada por falta de medios

      Responder
  45. Daniel Yuste

    Hola, muchas gracias de antemano por su ayuda. Soy español y residente en España y me he casado con mi esposa, residente en EEUU y de nacionalidad venezolana, en Estados Unidos. Tenemos un certificado de matrimonio oficial, expedido en Nueva York, apostillado y traducido de forma certificada, que mi esposa, dada la situación con el Covid, utilizará para entrar en territorio español en Octubre de este año. Entendemos que para el trámite de su TIE dicho matrimonio deberá ser debidamente inscrito en el registro civil central español, cosa que haremos en el momento que ella entre en territorio nacional, pero mi pregunta es: en ese tiempo de entre 8 meses y un año hasta que el matrimonio es totalmente válido en España, ¿es posible la tramitación de su tarjeta TIE con la presentación de la solicitud en el registro civil? ¿Sería la regular o temporal? Muchas gracias, Daniel

    Responder
    • AbogadosyMás

      Daniel, siendo recién casados no es posible solicitar la residencia sólo con la presentación, es necesario tener el libro de familia

      Responder
  46. Santiago

    Hola buenas, Soy español y mi mujer colombiana, nos casamos en Colombia y registramos el matrimonio en el registro civil en España pero por el COVID no nos han dado fecha para la entrevista ni nada, ella esta próxima a acabar la prorroga del visado de turismo por COVID, ella tendría que volver a Colombia o por estar en el proceso del registro del matrimonio no pasaría nada?
    Gracias por la atención

    Responder
    • AbogadosyMás

      Santiago, ella va a quedar en situación ilegal hasta que tenga la residencia con lo que no va a poder trabajar. Pero no tiene porque tener problemas, la puede solicitar igual aunque no esté dentro de los 3 meses

      Responder
      • Mariia

        Buenos días! Estoy en el proceso de obtener NIE por matrimonio. Por el tema de coronavirus mi marido y yo estamos empadronados en Palma de Mallorca, pero vivimos en Madrid. Quería preguntar si podemos solicitar nuestros documentos en Madrid (en lugar de Palma) sin cambiar empadronamiento? Muchas gracias

        Responder
        • AbogadosyMás

          Marilia, si queréis tramitar en Madrid, tenéis que empadronaros en Madrid.

          Responder
      • Javier Caro

        Perdón por el corrector ortográfico.
        * Tenemos una niña pequeña ya registrada en España.
        Por otra parte se me olvidó preguntar qué piden un acta de matrimonio. ¿se refiere al mexicano con el sello de La Haya?No le veo sentido
        Si ya está registrado en España el matrimonio.

        Saludos

        Responder
        • AbogadosyMás

          Javier, el certificado de matrimonio es el español.

          Responder
  47. Javiera Ducoing

    Buenos días, mi marido y yo (él español, yo chilena) nos casamos en enero en Chile e inscribimos nuestro matrimonio en el consulado de España en Chile. Ahí nos dieron nuestro libro de familia español.
    Ahora vivimos en España y estoy intentando tramitar mi tarjeta de residencia (ya cuento con NIE). Dentro de los documentos que me piden para la TIE, es el certificado de matrimonio, pero no podemos obtenerlo por internet, nos da error.
    Mi temor es que este trámite no se haya realizado ¿Tendríamos que haberlo inscrito nosotros de forma independiente en el registro civil en España, aunque ya lo hayamos hecho en el consulado? ¿Por qué razones podría no aparecer online?
    Gracias.

    Responder
    • AbogadosyMás

      Javiera, si te da error, puede deberse a un problema técnico, la inscripción debería constar, revisa la configuración del equipo.

      Responder
  48. Javiera Ducoing

    Buenos días, mi marido y yo (él español, yo chilena), nos casamos en Chile en enero de este año. Inscribimos nuestro matrimonio en el consulado de España en Chile donde nos entregaron nuestro libro de familia español.
    Hoy vivimos en España y yo estoy intentando obtener mi tarjeta de residencia (ya cuento con NIE), sin embargo, intentamos tener el certificado online y nos muestra error.
    Desde extranjería nos dicen que debemos saber si estamos inscritos en el registro civil o no, pero no sabemos cómo podemos obtener esta información. ¿Debemos inscribirlo nosotros personalmente? ¿O esto es un trámite que realiza el consulado?
    Esto fue en febrero de este año y tememos que puede haberse retrasado o interrumpido el proceso por la pandemia.
    Muchas gracias.

    Responder
    • AbogadosyMás

      Javiera, la inscripción en el Registro Central la realiza en consulado, debeis solicitar certificado al registro civil central para saber si el matrimonio está inscrito, es conveniente que faciliteis los datos del registro consular ya que sino es complicado.

      Responder
  49. Maria

    Hola, mi pareja es de nacionalidad surcoreana y yo soy española, y pensábamos casarnos en corea, pero como con el covid aún no me dejan ir, hemos pensado casarnos en España y así con el visado de matrimonio poder mudarme a corea. Qué requisitos tengo que cumplir yo como española? Tengo que demostrar ingresos aunque mi novio no pedirá la nacionalidad ni nos quedaremos a vivir aquí? Muchas gracias

    Responder
    • AbogadosyMás

      María, si quieres casarte debes iniciar un expediente en el Registro Civil.
      Los documentos que se precisarán para llevar a cabo el expediente correspondiente en el Registro Civil son los siguientes:

      Del español
      –Fotocopia del DNI, pasaporte o tarjeta de residencia de ambos.

      –Certificado de empadronamiento o residencia, que se podrá conseguir en el Ayuntamiento o Junta de Distrito del municipio correspondiente donde hayáis residido los dos últimos años. Su fecha de caducidad es a los tres meses.

      –Declaración jurada respecto al estado civil de los cónyuges. Su formulario aparece contenido en la instancia que se debe cumplimentar en el mismo Registro Civil.
      –Instancia del Registro Civil firmada por ambos.

      -Certificado de la inscripción de nacimiento de los contrayentes, que fuera expedido por el Registro Civil del lugar de nacimiento de ambos.

      Por parte de la persona extranjera, se deberá de presentar el certificado de nacimiento, de soltería o divorcio en caso de que hubiera matrimonio anterior, certificado sobre la necesidad de publicación de edictos, la inscripción consular, pasaporte en vigor y certificado de empadronamiento.

      En el consulado del país extranjero donde residía debería solicitarse una declaración de soltería y de nacionalidad española.

      Responder
      • Maria

        Si, pero una amiga mía se casó aquí con un coreano (hace 2 años) y le pidieron que ella demostrará ingresos.. y como ella no tenía contrato tuvo que poner los ingresos de su padre o algo asi.. por eso digo, yo ingresos no tengo, y la idea es casarnos aquí para irnos allí de nuevo. Muchas gracias

        Responder
      • Jullieth

        Hola soy colombiana y mi esposo español, nos hemos casado aqui en españa ya tenemos el libro de familia y me gustaria saber cuales son los pasos a seguir para obtener la tarjeta de residencia

        Responder
        • AbogadosyMás

          Julieth, hay que preparar la documentación y presentarla, dependiendo de donde estés varía el procedimiento de presentación, hay muchos sitios que ahora sólo admiten presentación online y luego citan para cotejo, por ejemplo Cataluña. Si quieres que un abogado te ayude con el trámite completa el formulario de contacto y amplía información

          Responder
  50. Yessenia

    Hola soy Yessenia tengo ya los papeles para poder presentar en extranjeria pero no puedo sacar cita me puedes ayudar, por lo de la pandemia me negaron los papeles y debo meterlos de nuevo y ya voy hacer cerca de un año aquí en España y no tengo papeles como más puedo hacer? Es reagrupacion familiar por que mi esposo tiene la nacionalidad

    Responder
    • AbogadosyMás

      Yessenia, te hemos contestado por email, necesitamos saber donde habría que presentarlo, y pensamos que es mejor seguir la conversación por otra vía

      Responder
  51. Raul

    Hola mi pregunta es mi mujer obtuvo la nacionalidad española y ahora vivimos en suiza yo tengo el NIE vencido hace 8 años y ahora compramos una casa en españa la pregunta es puedo optar a la nacionalidad o la tarjeta comunitaria

    Responder
    • AbogadosyMás

      Raul, para poder solicitar la nacionalidad, debes residir legalmente 1 año en España. Para solicitar la residencia debes vivir en España. Para saber si puedes obtener la residencia habría que saber más sobre tu situación. si quieres que un abogado revise tu caso, completa el formulario de contacto

      Responder
  52. Karonlay

    Hola buenas, soy española y mi esposo venezolano, nos casamos en el extrangero y me acaban de abrir el expediente para inscribir mi matrimonio, pero me dijeron que el proceso tarda un año, mi pregunta es debería hacer otro procedimiento para el permiso de trabajo o tengo que esperar el año?

    Responder
    • AbogadosyMás

      Karonlay, lo único que te cabria siendo Venezolana es solicitar protección internacional por razones humanitarias.
      Las personas solicitantes de protección internacional estarán autorizadas para trabajar en España una vez transcurridos seis meses desde la presentación de su solicitud. Si necesitas que te ayudemos con el trámite completa el formulario de contacto

      Responder
  53. Stefani

    Hola. Hace unos días en la página mi resolución sale favorable. Mi pregunta es: la resolución me llega a la casa? Hace días fui a extranjeria y no me atendieron. Solo un oficial me dijo que era muy pronto y que como al mes me llegaba a mi casa. Pero varias persons me han dicho eso no llega a casa. Soy de Tenerife

    Responder
    • AbogadosyMás

      Estefani, pincha en este enlace, Pondrás consultar el estado del expediente y descargar la resolución.

      Responder
  54. Anderson

    Hola, Le doy las gracias de antemano.
    Soy brasileño y casado con una brasileña como pareja de hecho en Brasil. Vivimos en España hace 3 años con permiso de residencia, tengo contrato de trabajo, dos hijos y cuenta conjunta.
    Hace poco mi mujer ha sido aprobada en el examen de la nacionalidad Española, ya está en proceso de recibir la nacionalidad Española.
    Qué tengo que hacer para solicitar mi nacionalidad Española o tarjeta comunitaria como esposo? No necesito hacer las pruebas de DELE y CSSE?
    ¿Tendremos que casarnos aquí en España y tramitar expediente matrimonial en el Registro Civil? Muchas gracias.

    Responder
    • AbogadosyMás

      Anerson, no es necesario, el matrimonio reduce los plazos para solicitar la nacionalidad nada más.

      Para solicitar la nacionalidad por residencia: Debes residir en España de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud durante los siguientes plazos:
      2 años para los nacionales de países iberoamericanos (incluido Brasil.
      1 año para los siguientes casos:
      El que lleve 1 año casado con un español o española y no esté separado legalmente o de hecho.
      Si llevas 3 años legalmente en España no necesitas casarte, la puedes solicitar.

      Responder
      • Anderson

        Hola,
        Creo que no estaba claro en mi pregunta.
        Sé que ya puedo solicitar, pero mi pregunta fue si necesito hacer todo el proceso (examen DELE y CSSE), o como mi esposa ya ha obtenido la nacionalidad por tiempo de residencia, puedo solicitarla sin tener que tomar el examen.

        Responder
        • AbogadosyMás

          Anderson, los requisitos exigidos para obtener la nacionalidad son exactamente los mismos que se exigen al resto de personas que solicitan la nacionalidad por residencia. Sin excepción alguna. Debes:
          -Tener los exámenes CCSE y DELE (si no eres hispanohablante) aprobados.

          -Disponer de la tarjeta de residencia como familiar de comunitario. Esta tarjeta debe estar vigente durante el plazo de solicitud legal, muy importante.

          –Pasaporte completo.

          –Certificado o acta de nacimiento tanto de su cónyuge como del solicitante principal.

          –Antecedentes penales.

          –Empadronamiento. Ambos miembros del matrimonio deben estar empadronados de forma conjunta en el ayuntamiento. Este será el método de comprobar la convivencia continuada durante un año.

          –Certificado de matrimonio. Ten en cuenta que si el matrimonio se registró fuera del país, deberá ser registrado en España antes de iniciar el procedimiento legal.

          –No se puede tratar de una pareja de hecho ni de una pareja divorciada. La reducción a un único año no sería aplicable en esos casos.

          –Integración en la cultura española.

          –Disponer de medios económicos suficientes. En este caso se tratará de un 150% del IPREM, unos 800€ al mes.

          –DNI del cónyuge (ciudadano/a español/a)

          Recuerda que todos los documentos extranjeros deben estar dotados de validez legal. Si quieres saber el procedimiento que hay detrás, aquí te dejamos una guía sobre cómo legalizar o apostillar documentos extranjeros.

          Responder
    • AbogadosyMás

      Aderson, no es necesario, el matrimonio reduce los plazos para solicitar la nacionalidad nada más.

      Para solicitar la nacionalidad por residencia: Debes residir en España de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud durante los siguientes plazos:
      2 años para los nacionales de países iberoamericanos (incluido Brasil.
      1 año para los siguientes casos:
      El que lleve 1 año casado con un español o española y no esté separado legalmente o de hecho.
      Si llevas 3 años legalmente en España no necesitas casarte, la puedes solicitar.

      Responder
  55. fati

    hola soy de lorca queria pereguntar , que estoy casada y quiero traer mi marido de marruecos , me puedes decir que piden por favor

    Responder
    • AbogadosyMás

      Fati, si no has inscrito el matrimonio, debes hacerlo. Con esto del Covid, la situación cambia de un día a otro, de modo que si lo que quieres saber es que le solicitan para entrar en el país, es mejor que se informe en el consulado.

      Responder
      • Javier Caro

        Buenas. Soy español y mi mujer mexicana, rellenemos una niña mediana y ya registrada en España. Ya tenemos el libro de familia. Estamos viviendo en Mexico pero las dudas surge al querer irnos a vivir a España.
        La primera duda es Si nos vamos sin trabajo. ¿Es posible demostrar nuestro estado bancario de nuestras cuentas en Mexico. (Tarjetas de débito y crédito) de ambos? Ya que tenemos la cantidad suficiente.
        Otra duda es el seguro médico que solicitan.¿a nombre de quien y por ciento tiempo debería contratar dicho seguro?
        ¿No sirve de ninguna manera que sea madre de una ciudadana española?
        Por otra parte si nos vamos con una propuesta de trabajo sería de ella. Es válido para que le asignen un NIE una propuesta de trabajo?

        Responder
        • AbogadosyMás

          Javier, si tenéis ahorros habría que abrir cuenta en España y transferir el dinero. En cuanto al seguro es complicado, no todos sirven, ciertamente. Eres tú como español el que debe acreditar que está en disposición de mantener a su familia. Una vez ella tenga la residencia, ella ya podrá trabajar, la oferta de empleo se puede aportar, pero no va a servir para acreditar medios económicos. Podemos ayudaros a preparar la documentación e incluso solicitaros las citas cuando vengáis. Te dejo un enlace al formulario de contacto

          Responder
  56. Juan

    Hola buenas, tenía una duda yo soy español en México, mi novia es mexicana tenemos previsto casarnos en agosto aquí en mexico, quería saber que necesito para que pueda venirse conmigo de regreso a España, ya que vamos a sacar el pasaporte de ella y saber si con el documento del registro puede entrar en España, también saber si con esto del covid pueden ponerle algún tipo de restricción, ante todo muchas gracias por la repuesta

    Responder
    • AbogadosyMás

      Juan, tienes que registrar el matrimonio en el Consulado, te dejo un enlace a la página del Consulado en la que te indica la documentación que necesitas, pero con este del COVID las cosas cambian de un día para otro, te aconsejo que pidas información en el consulado

      Responder
  57. Ricardo

    Buenos días,
    soy italiano y estoy casado con una mujer rusa (certificado de matrimonio registrado en Rusia y también legalizado en Italia). Tenemos una niña de 4 años y medio con doble ciudadanía (italiana y rusa). Mi mujer tiene la «Carta di soggiorno permanente» italiana que caduca en el 2022. Hace 10 años (despues de haber vivido legalmente – con NIE – 5 años en España) emigramos fuera de la UE. Ahora queremos volver a vivir en España. Como proceder con el papeleo y que opciones tenemos?
    Gracias y un saludo.

    Responder
    • AbogadosyMás

      Ricardo,al estar casada con un ciudadano Comunitario puede pedir la residencia Comunitaria cuando estéis aquí, siempre y cuando se cumplan el resto de requisitos.Si quieres que un abogado estudie vuestro caso, completa el formulario de contacto.

      Responder
      • Ricardo

        Buenas tardes y muchas gracias por responder. En referencia a mi anterior post sinceramente no entiendo cuando escribe «siempre y cuando se cumplan el resto de requisitos». Es un hecho que al no cumplir con los requisitos (sean lo que sean) no puede pedir la residencia Comunitaria. La pregunta es justamente esta: cuales son esos requisitos? Gracias de antemano.

        Responder
  58. Ania

    Hola, buen dia! Tengo una duda: con mi pareja hicimos una union de hecho en Andalucia (Malaga) quisiera saber si mi pareja puede hacer la residencia en Barcelona? Sigue siendo valida la union a pesar de la comunidad? Muchas gracias!

    Responder
    • AbogadosyMás

      Ania, para poder pedir la residencia tenéis que vivir juntos. Con lo que si tu vives en Málaga, el no puede solicitar residencia en Barcelona.
      Si habéis cambiado de residencia debéis solicitar inscripción en Barcelona. En Cataluña se entiende que hay pareja estable es la formada por dos personas que conviven en una comunidad de vida análoga a la del matrimonio y que se encuentran en cualquiera de los siguientes casos:
      – Llevan conviviendo juntos durante más de 2 años ininterrumpidos y tienen el certificado de empadronamiento de convivencia histórico.
      – Han tenido un hijo en común durante la convivencia.
      – Formalizan la relación de pareja en escritura pública.

      Al cambiar de domicilio, el registro de parejas en el que se realizó la inscripción deja de ser competente, y se podría exigir, por tanto, la inscripción en el registro correspondiente al nuevo empadronamiento.

      Responder
      • Ania

        Hola, buen día! Mira nosotros ya estamos casados en Málaga, pero por circunstancias económicas con todo lo que paso, nos mudamos a Barcelona, porque tenemos conocidos. Y pensábamos hacer la residencia aquí con ese documento que afirma que estamos casados mediante un notario e inscritos como pareja de hecho en Andalucía. Es posible? Es que en este momento no contamos con el dinero para ir a Málaga a terminar los tramites, y no sabemos que hacer.

        Responder
        • AbogadosyMás

          Hola Ania, Cataluña tiene una legislación diferente, y además no puedes solicitar cita, debes subir al sistema toda la documentación y cuando está correcta te la dan ellos y para eso necesitas poder identificarte electrónicamente. Si quieres que te ayudemos con el trámite completa el formulario de contacto. https://www.abogadosymas.es/contacto

          Responder
  59. martin

    Hola buenas tardes me voy a casar en diciembre con mi marido en colombia y vamos a registrar el matrimonio en la embajada española. mi duda es vamos a solicitar la tarjeta de familiar comunitario y el NIE se le asigna automaticamente al solicitar la tarjeta de familiar comunitario? o tenemos que solicitar el NIE mediante un formulario en la policia u oficina de extranjeros. Porque sin el NIE no puede trabjar hasta que no le den la tarjeta de familiar comunitario.

    Responder
    • AbogadosyMás

      Martin, el NIE (Número de identificación de extranjero) lo puede solicitar aunque no tenga la residencia. Aunque supongo que te estás refiriendo al TIE, que hay que solicitarlo una vez tenga la residencia.

      Responder
  60. Cesar González

    Hola.
    Por el coronavirus perdí mi cita para introducir mis documentos ya que todas fueron canceladas.
    Debo pedir otra cita por internet?.
    Tienen alguna idea de cuando comienzan a trabajar las autoridades para iniciar nuevamente los trámites?.
    Gracias.

    Responder
  61. Meghan

    Muy buenas tardes,

    Soy estadounidense y mi marido (español) y yo nos casamos en EE. UU. en 2013, año desde el cual llevamos viviendo fuera de España. Registramos el matrimonio en aquel entonces y tenemos el libro de familia desde hace años. Mi pregunta es si existe la posibilidad de pedir la residencia en España desde el extranjero, ya que pensamos volver para el año que viene.

    El problema es que para poder buscar trabajo y hacer posible que me contraten, tengo que tener la residencia en orden. No estamos preparados para ir sin más y hacer el papeleo una vez allí, sino que necesitamos ir con alguna oferta de trabajo ya en pie. Por eso, si es posible, me gustaría arreglar esto para dar cierta validez a mi perfil profesional.

    También, no sé si es relevante, pero tengo el NIE (la tarjeta caducada, claro) de mis años de estudios en España, y supondría que se usaría el mismo número, aunque con otra categoría de residencia. Aparte, me empadroné en España en 2012, aunque llevo desde el verano de 2013 viviendo en EE. UU.

    ¡Cualquier consejo será de gran ayuda! Les agradezco sinceramente el tiempo y todo el esfuerzo. ¡El blog es una maravilla!

    Responder
    • AbogadosyMás

      Meghan, el primer requisito para solicitar la residencia de familiar comunitario es ser residente. Debe solicitarse dentro de los 3 meses siguientes a tu llegada. Lo que puedes hacer es contactarnos cuando sepas que vas a venir, y podemos adelantar y preparar todo las documentación, e incluso solicitarte la cita en extranjería.
      De esa forma podrías solicitar la residencia a los pocos días de llegada. Te dejo un enlace al formulario de contacto de la web.

      Responder
      • Helena

        Mi NIE está caducado, para renovarlo, hay algún problema si mi marido y yo estamos empadronados en diferentes residencias?

        Responder
        • AbogadosyMás

          Helena, tenéis que estar empadronado en el mismo domicilio. Si estáis separado te denegarán la renovación

          Responder
  62. Rosa

    Buenas tardes,

    Quería hacerles una consulta acerca de un matrimonio mixto. Yo tengo nacionalidad española y me casé con mi marido en diciembre en Santo Domingo, el es dominicano. Teníamos cita conjunta en el consulado para que nos hicieran las preguntas y entregar las pruebas y así validar y registrar nuestro matrimonio en España pero con todo esto evidentemente nos han ido moviendo la cita y ahora ya ni nos contestan porque está todo cerrado. No obstante quería saber si en caso de abrir fronteras y poder ir yo para allá, si sería posible que el viniera a España conmigo teniendo sólo el certificado del matrimonio allí legalizado y compulsado y continuar con la entrevista cuando nos dieran cita. No sé si puede pasar el control del aeropuerto con un certificado de matrimonio en el extranjero y, además, tampoco sé si podría sacarse la tarjeta de residente solo con eso. Muchas gracias por la atención. Un saludo

    Responder
    • AbogadosyMás

      Rosa, en condiciones normales podría entrar como turista. El matrimonio extranjero no es suficiente. Aunque con todo esto del COVID, no se puede saber, todo va cambiando de un día para otro. Espera a ver que pasa.

      Responder
  63. Nuria Gulías

    Buenas tardes!
    Le escribo con la intencion de poder resolves mis dudas ya que no quedan bien claras en las web oficiales del estado.
    Yo soy española y mi pareja Cabo Verdiana. Estamos pensando en casarnos proximamente y para posteriormente poder mi pareja aplicar a la tarjeta de residencia comunitaria.
    Pensamos casarnos aqui en España y mi primera pregunta es;
    es necesario obligatoriamente para su posterior aplicacion a la tarj de residencia, casarse por “lo civil” o se puede casar solo por la iglesia? Son necesarios ambos cerificados de matrimonio, por lo civil e iglesia o solamente por lo civil?
    Una vez casados entiendo, con el ceritficado de matrimonio ya se puede aplicar a la tarj de residencia o son necesarios otros tramites?

    Espero puedan resolver mis dudas, muchas gracias de antemano!

    Responder
    • AbogadosyMás

      Nuria, el matrimonio canónico tiene efectos civiles. De modo que si te casas por la iglesia, se inscribe en el Registro Civil, el certificado que deberás aportar es el de registro civil, el eclesiástico no es necesario aportarlo. Una vez casados hay que solicitar la residencia, y para que te la concedan debes cumplir una serie de requisitos y aportar la documentación necesario.

      Responder
  64. María

    Si mi marido le salio la residencia ya aze tuempo pero no a ido a pagar las tasas que puedo azer?

    Responder
    • AbogadosyMás

      María, ahora mismo poco puedes hacer, en cuanto puedas pide cita para solicitar el TIE

      Responder
  65. Camila

    Buenos días,
    Mi consulta es con relación al tiempo de respuesta de una autorización. Realicé mi solicitud para tarjeta comunitaria de un ciudadano de la UE el pasado mes de feb y el tiempo máximo de respuesta es de 3 meses, ante la situación sanitaria actual y las medidas impuestas por el gobierno, se están respetando dichos tiempos? Muchas gracias.

    Responder
    • AbogadosyMás

      Camila, los plazo administrativos están suspendidos, con lo que no esperes que resuelvan hasta que todo esto pase.

      Responder
      • Simon

        Hola mira en febrero ice tramite para la tarjeta comutiria y fue resuelta faborable afinales de abril que se puede hacer con todo lo que pasa del covid 19 hay que esperar o PSE puede hacer algo al respecto

        Responder
        • AbogadosyMás

          Simon, si ya tienes resolución favorable ya tienes la residencia, el TIE no es lo que te concede la residencia, te la concede la resolución.
          En cuanto al COVID este es el aviso que hay publicado en la página de citas previas

          MUY IMPORTANTE: Trámites Policía

          Ante la situación generada por la evolución del Coronavirus COVID 19, y para adoptar medidas tendentes a la protección de la salud de la ciudadania, se ha dispuesto que el servicio de Cita Previa-Policía para la expedición de documentos de extranjería, cuyos trámites se relacionan, queda suprimido. Igualmente quedarán anuladas las citas que ya estuvieran reservadas.

          Toma de Huella.
          Autorizacion de regreso.
          Carta de invitación.
          Prórroga de estancia sin visado.
          Prórroga de visado de estancia de corta duración.
          Certificado de NIE, de residente y de no residente.
          Cédula de inscripción de indocumentado.
          Título de viaje para la salida de España (indocumentado).
          Documentación relativa a protección internacional y estatuto de apátrida.
          Certificado de registro de ciudadano de la UE.

          Responder
    • Angele

      Hola camila …. Mi soliciitud la presente el dia 27 de enero y el dia 16 de Abril ya tenia respuesta por lo que puede ser que la estén trabajando , solo faltaba 11 dias para que se venciera dicho plazo

      Responder
    • abdul

      Hola camila te dieron la respuesta?

      Responder
  66. Rosa

    Buenas noches,

    Antes de nada agradecerles la gran labor que hacen resolviendo nuestras inquietudes de una forma tan clara.
    El día 9 de diciembre del 2019 me casé con mi marido en República Dominicana (el es dominicano y yo española) y al día siguiente fuimos a registrar nuestro matrimonio en el consulado de Santo Domingo. Teníamos la cita el día 16 de marzo pero nos llamaron 3 días antes para decirnos que, dada la situación actual, nos tenían que retrasar la cita a Mayo (la tenemos el día 21).
    Viendo que todo esto es una locura a escala mundial y que realmente no sabemos ni siquiera si en Mayo vamos a poder hacerla, no han planteado ninguna medida desde el Ministerio al respecto? Si de por si los procesos son largos, con esto se alargaría mucho más aún y yo quiero que mi marido esté aquí conmigo y más teniendo en cuenta que es una situación preocupante. Muchas gracias.

    Responder
    • AbogadosyMás

      Rosa, entiendo tu situación, pero lamentablemente no tenemos respuestas. Estamos en una situación excepcional, y no sabemos que va a pasar. Nosotros tenemos suspensiones de citas y juicios y no sabemos aún cuando se van a celebrar, ni cuando nos la vuelvan a dar. Si te han dado nueva fecha te la respetarán.

      Responder
  67. Génesis Collaguazo

    Hola, buen día que tal? Mi pareja y yo tenemos menos de 1 mes que llegamos a España y pues ya estamos empadronados juntos, por todo este rollo del Coronavirus no me dio chance de pedir cita en extranjería para solicitar mi TIE por familiar de comunitario (mi novio), mi duda es, tenemos Union Estable de Hecho de Venezuela (legalizada y apostillada), ya que tenemos 3 años juntos, esa me sirve al momento de solicitar mi TIE o debo ir al registro de mi ciudad y, valga la redundancia, registrar de nuevo nuestra Pareja de Hecho? Gracias de antemano.

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola, Génesis, ciertamente no has elegido el mejor momento para venir. Aunque estuvieras inscrito en tu pais como pareja de hecho, debes inscribirte en España. Empadronaros en el mismo domicilio si no lo estais ya, abrid una cuenta conjunta.

      Responder
      • Génesis Collazguazo

        Hola de nuevo, gracias por la respuesta. Si, todo todo se nos ha retrasado el doble. Ya nosotros estamos empadronados juntos y también me traje de venezuela constancia de residencia (certificado de empadronamiento) legalizadas y apostilladas donde figura que vivimos hace 3 años en el mismo domicilio. Estuve pensando que cómo normalmente tarda el registro de parejas de hecho, más la demora de la toma de cita para solicitud de autorizaciones (TIE) en quizás solicitarlo por familia extensa, específicamente como pareja estable (no de hecho) pero no se, es recomendable? Gracias nuevamente, siempre atentos. Espero su respuesta de nuevo.

        Responder
        • AbogadosyMás

          Génesis, si quieres un abogado puedes revisar tu caso, una vez valoradas todas las circunstancias de tu caso, podrá decidir cual es la mejora opción. En cualquier caso, ahora no están dando citas como ya sabes. Te dejo un enlace al formulario de contacto de la web.

          Responder
  68. juan

    buenos dias,

    yo soy español con residencia en españa y mi mujer es andorrana con residencia en andorra, nos casamos en 2011 en españana, hicimos la inscripcion en el registro civil, y tenemos el libro de familia. Tenemos un hijo, que esta inscrito en españa. por motivos laborales manteniamos las diferentes residencias. vista la situacion actual, como deveriamos hacer para regularizar la situacion. ya que con el estado de alarma, solo pueden entrar en españa residentes.

    muchas gracias

    gracias

    Responder
    • AbogadosyMás

      Juan, ahora mismo no se están dando citas, y para que pueda pedir la residencia tiene que estar aquí, como no es residente no puede entrar. Así que de momento no es posible tramitarle solicitud de residencia.

      Responder
    • Hansel Sierra

      Hola, buenos días, quería consultarles acerca de lo siguiente: yo soy cubano y mi esposa tiene doble nacionalidad (española – cubana) y ambos estamos recidiendo en Cuba; estamos esperando que la situación se normalice en nuestro país para poder obtener el libro de familia y viajar a España. Debido a que en la página de la embajada informa que para obtener la tarjeta de residencia el ciudadano comunitario debe tener un contrato de trabajo y teniendo sólo 3 meses para presentar la solicitud de residencia quería saber cuan complicado puede ser obtener un contrato de trabaja para alguien recién llegado, también cual debe ser el salario mínimo de dicho trabajo y de cuanto tiempo tiene que ser el contrato. Muchas gracias

      Responder
      • AbogadosyMás

        Hansel. con esto del Covid la cosa no está fácil, el paro está aumentando. En cuanto al salario y el contrato de trabajo debe ser suficiente para garantizar tu subsistencia y la de tu familia.
        Para contestarte con detalle, habría que estudiar el caso, por otro lado, la suficiencia de medios la valora el funcionario por lo que y saber donde se va a presentar.

        Responder
  69. Katherin

    Buenas tardes,
    Hace poco recibí la nacionalidad Española y estoy en el proceso de registrar mi matrimonio en España ya que celebró en Colombia. Mi pregunta es al registrar el matrimonio piden que la pareja Española tenga contrato de trabajo yo lo tengo pero mi duda es cuanto puede afectar los ingreso que obtengo para que le den la tarjeta de residencia a mi esposo ya que solo gano 600€

    Responder
    • AbogadosyMás

      Katherin, creo que te puede interesar la reciente Sentencia del TJUE de 20 de febrero de 2020, resolviendo una cuestión prejudicial, y en la que considera que el artículo 20 del TFUE debe interpretarse en el sentido de que se opone a que un Estado miembro deniegue una reagrupación familiar de comunitario por la única razón de que el ciudadano de la Unión no disponga de recursos suficientes para no ser una carga para la asistencia social, siendo necesario examinar la relación de dependencia y las consecuencias que la no concesión pueda tener para el ciudadano de la Unión.

      Responder
  70. analu

    hola, yo soy peruana y mi novio español, pero nos casaremos en los países bajos, yo quería un poco informarme, se que luego debo inscribir mi matrimonio en la embajada española (que tiempo demora?) y luego debo solicitad mi tarjeta comunitaria? ese el procedimiento o me podrían explicar por favor.

    Responder
    • AbogadosyMás

      Analu, ese sería el procedimiento, una vez inscrito el matrimonio podrás solicitar la residencia. La inscripción del matrimonio suele tardar, hay registros en España que tardan más de 1 año, si hay presentado en el consulado tal vez sería mejor que te informaras allí de cuanto tiempo tarda ese consulado en resolver.

      Responder
  71. Camila

    Hola soy Camila soy colombiana me case con un ciudadano español hace 3 dias , no tengo permiso de residència y me gustaria tramitarla però no se a donde dirigirme ni que requisitos o documentación necesito si me pueden ayudar porfa les agradeceria mucho la informacion estaré a la espera de su informacion gracias

    Responder
    • AbogadosyMás

      Camila, tendrás que esperar a que te den el libro de familia, después deberás reunir la documentación necesaria para el trámite y solicitar cita. El lugar depende de la localidad en la que residar. Si quieres que te ayudemos con el trámite, puedes contactar con nosotros a través del formulario de contacto de la web.

      Responder
  72. ALEJANDRA

    Hola buenas tardes, una pregunta, yo tengo la nacionalidad española y en un mes viajo con mi esposo a españa, el es venezolano, he leído en la página del consulado que demostrando el vínculo conmigo por medio del certificado de matrimonio apostillado es suficiente para que lo dejen entrar al país, mi pregunta es que me recomiendan que el lleve para que no tenga problemas para entrar a españa?

    Responder
    • AbogadosyMás

      Alejandra, tratándose de Venezuela tal vez sea mejor que salga con visado de turista. Luego una vez esté en España que solicite la residencia.

      Responder
  73. Andrea

    Hola mi nombre es Andrea, soy colombiana, me case en Colombia con un español el me trajo a vivir en españa , fuimos a llevar la documentación al juzgado pero nos demoran la cita para entregar los documentos un mes, fui a la delegación para solicitar tarjeta de residencia, mi pregunta es si con la tarjeta cuanto se demora, en cuanto tiempo puedo trabajar , porq tambien meti mis papeles de médico veterinario para que me homologuen el título.graciad por lo que me puedan orientar

    Responder
    • AbogadosyMás

      Andrea, por lo que comentas ya has solicitado la residencia. La resolución de los expedientes varía en función de la Comunidad. Con lo que depende de donde hayas presentado, puede tardar desde un mes a tres o cuatro.

      Responder
    • Eribeth Núñez

      Hola buen día, mi consulta es la siguiente, mi sobrino politico es español y el tiene pensado casarse con su novia que es venezolana, ellos ya registraron su respectivo expediente en el registro civil con toda la documentación para contraer matrimonio en el territorio español, incluso les pidieron que el testigo fuera a una entrevista (yo fui la testigo) me hicieron unas preguntas y todo salió bien, les dijeron que en un mes los llamarían para darle cita para que fueran a la entrevista en la comisaría de policía, los llamó el funcionario que lleva su caso y les dijeron que las citas en la comisaría estaban demorando hasta un año (vamos, es Galicia, no entiendo como un trámite puede durar tanto), mi pregunta es la siguiente. De verdad esa entrevista en la policía dura tanto tiempo o es que está pasando algo irregular con el expediente? Y luego de esa entrevista cual sería el procedimiento.. GRACIAS Y SALUDOS CORDIALES

      Responder
      • AbogadosyMás

        Eribeth, las entrevistas se suelen demorar, y retrasan bastante el expediente. El tiempo depende del lugar donde te cases. Una vez pases la entrevista te notificarán la resolución, si es favorable te puedes casar.

        Responder
  74. John

    Buen día, una consulta, mi pareja es española, nos hemos casado hace ya dos meses, y queremos solicitar mi tarjeta comunitaria. ¿Quisiera saber como debo proceder para la solicitud de la misma?
    Muchas gracias de antemano.
    Quedo atento.

    Responder
    • AbogadosyMás

      John, de momento todas las citas en extranjería están suspendidas, no sabemos cuando se van a reanudar. Pero si quieres que te ayudemos con el trámite podemos ir preparando la documentación. Completa el formulario de contacto.

      Responder
  75. FAUSTO HERNAN

    hola muy buenas tardes , mi consulta es si le puedo trer a mi sra desde colombia ,i hacerle los tramites para la comunitaria , yo tengo la nacionalidad española , estoy jubilado en ecuador por convenio internacional , i aqui en españa cobro el paro de larga duracion ,i para el proximo año ya me jubilan aqui en españa , de acuerdo a las consultas , mi sra ella tambien se jubila en colombia en el mes de julio , , mi residencia i vivo en barcelona , tengo un piso en alquiler hace 18 años, cuales serian los requisitos , muy amables.

    Responder
    • AbogadosyMás

      Fausto, habría que revisar la documentación y el caso. De momento todas las citas en extranjería están suspendidas, y Barcelona ya llevaba mucho retrasao, no sabemos cuando se van a reanudar. Pero si quieres que te ayudemos con el trámite y que un abogado estudie el caso completa el formulario de contacto.

      Responder
    • Patri

      Buenos dias, podría informarme? Le doy las gracias de antemano.
      Soy española y mi novio es del Salvador. Le denegaron la renovación de su tarjeta de solicitante de asilo político y hace dos meses nos inscribimos en el registro de parejas de hecho, para que él pudiera trabajar de nuevo ,ya que de la noche a la mañana,al denegarle la renovación, lo perdió todo ( trabajo, seguro medico, derecho a cobrar su prestación por desempleo…) Aún estamos esperando la resolución y obviamente doy por hecho que tardará más de lo normal dadas las circunstancias que vivimos.
      Mi duda es, si sale favorable nuestra solicitud de pareja de hecho, que debemos hacer después para que él pueda trabajar?
      Debe inscribirse en extranjería o solicitar algo?

      Responder
      • AbogadosyMás

        Patri, la residencia comunitaria la puedes solicitar tanto por matrimonio como si se trata de una unión de hecho. Pero tienes que hacer la solicitud y acreditar que cumples los requisitos.

        Responder
  76. Diego

    Hola soy Diego, soy peruano y estoy casado con una ciudadana española, hice el trámite hace 3 meses y me dieron un número de NIE. Pero no tengo el carnet de residencia en físico, y en la página web dice que sigue en trámite y ya son 3 meses con 7 días exactamente y no me llega ningún correo, la pregunta es si eso demora más de 3 meses? Muchas gracias

    Responder
    • AbogadosyMás

      Diego, el tiempo varía en función de donde hayas trmitado y las circunstancias del caso. Lo que se dice es que deben resolver en el plazo de 3 meses, si no lo hacen la puedes entender denegada y recurrir, pero dado que tienen obligación de resolver, espera a que te contesten, te puede venir aprobada aunque supere el plazo de 3 meses.

      Responder
  77. jonatan

    buenas tardes. mi pregunta es : nos casamos con mi esposa en londres ya hace mas de un año , ella con nacionalidad Española y yo Argentina. queremos tramitar la residencia comunitaria para mi . yo tenia la residencia temporal por trabajo en españa por dos añospero recien se caduco , los dos estamos empadronado en españa pero vivimos en londres , que debo hacer para hacer los tramites para la comunitaria? regristrarme como casados y aplicar en españa? ir al registro civil ?

    Responder
  78. Ara

    Buenos días.

    Soy ciudadana española, estuve casada durante 3 años con mi pareja de Nacionalidad Argentina y residiendo en España por más de dos años.
    En 2014 él solicitó el retorno voluntario y además tramitamos el divorcio.

    Actualmente él vive en Argentina pero estamos valorando la posibilidad de que regrese a España de nuevo pero su situación actual es irregular.

    Mi pregunta es, qué alternativas existen para volver a tener la residencia de nuevo?
    Gracias de antemano.

    Responder
    • AbogadosyMás

      Ara, si estais divorciado ya no puede solicitar la residencia comunitaria, habría que estudiar el caso para poder contestarte.

      Responder
      • Ara

        Buenos días.

        Quería saber si se puede casar de nuevo con la misma persona, así se podría tramitar de nuevo la residencia?

        Por otro lado nosotros en Argentina no hemos formalizado el divorcio, solo lo hicimos en España. Saben ustedes si en el consulado allá se podría tramitar de nuevo la inscripción como matrimonio español?

        La verdad que es un caso extraño el nuestro, pero estamos buscando la alternativa que él se vuelva a España de manera regular de nuevo.
        Gracias y un saludo.

        Responder
        • Sanaa

          Hola muy buenas , mi pregunta es la siguiente .. yo
          Tengo la nacionalidad española y me case con mi pareja de nacinalidad marroquí en el consulado de España en Marruecos . Hice el tramite para la iscripción de mi matrimonio el 18 de agosto del 2020 y ahora estoy esperando para que me llamen a recoger mi libro de familia y ahún no me han llamado , cada vez que les escribo por correo me responden con su expediente a sido resuelto y esta en fase de trancripción .. , mi pregunta es hay alguna solución para que puedan resolvermelo cuanto antes , por que ya son casi 6 meses de espera . Gracias !

          Responder
          • AbogadosyMás

            Sanaa, las inscripciones tardan bastante. Si sólo llevas 6 meses esperando está dentro de lo normal

  79. Jennifer

    Cual sería el proceder si el casamiento es en territorio español? Soy española y mi novio de Ecuador a venido a visitarme y queremos casarnos aquí. Como sería el proceder?

    Responder
    • AbogadosyMás

      Jennifer, tienes que tramitar expediente matrimonial en el Registro Civil de la población en la que residas.

      Responder
  80. Carmen

    Me casare con un espanol próximamente ..ya tengo mi residencia por arraigo laboral la pregunta es que beneficios obtengo si deseo traer mis hijas de mi paso de origen

    Responder
    • AbogadosyMás

      Carmen, no me queda del todo clara tu pregunta ¿qué es lo que quieres saber exactamente?

      Responder
  81. Mauricio Muñoz

    Buenas tardes, soy español viviendo en Argentina. Me case aquí, ya tenemos el acta de matrimonio certificada por la embajada de Mendoza. Queremos ir a radicarnos a España, pero tenemos dudas sobre el pasaje de mi esposa. En migraciones de allá nos dijeron que podía viajar solo con pasaje de ida, pero sabemos de varios casos similares al nuestro en que han devuelto al no español. Ustedes saben como es eso? porque según la ley podría viajar conmigo y el acta apostillada con un pasaje de ida. Muchas gracias!!

    Responder
    • AbogadosyMás

      Mauricio, si tu tampoco eres residente, tal vez sea mejor que viaje con billete de vuelta para evitar problemas.

      Responder
  82. Eunice salomé

    Hola mi caso es lo siguiente mi novio y yo estamos en mi pais el vive aki hace 5 años tiene la nacionalidad española ahora nos queremos casar para venir alli en espña para que me den el visado facil, crees que para que mi marido me lo de tiene que vivir 3n españa o para que vengamos me van a dar el visado comunitario? El y yo vivimos en mi pais

    Responder
    • AbogadosyMás

      Eunice, el visado es el documento que necesitas para viajar hasta España, una vez aquí debes solicitar el permiso de residencia. Teneis que tener medios económicos entre otros requisitos.

      Responder
  83. Daniel

    Muy buenas!, soy ciudadano español y actualmente estoy viviendo en Alemania, estoy pensando en casarme con mi novia que es de Ecuador.
    Podría ella tener la residencia por matrimonio aquí en Alemania por estar cansada con un ciudadano europeo?.
    Se que para obtener la nacionalidad debemos residir en España pero no he encontrado mucha información acerca de la residencia o algún tipo de visa por matrimonio.

    Saludos y gracias

    Responder
    • AbogadosyMás

      Daniel, si resides legalmente y trabajas en Alemania, puedes solicitar la residencia para tu esposa en ese país.

      Responder
    • Lina

      Hola
      Mi novio es Español y yo Colombiana, tenemos cita en el registro para tramitar el matrimonio. Mi pregunta es después de casarme en cuanto tiempo podré ir a Colombia a visitar mi familia?
      Saludos y gracias!

      Responder
      • AbogadosyMás

        Lina, casarte no te convierte en residente, para eso una vez tengas el libro de familia tienes que solicitar la residencia. Hasta entonces, es mejor que no viajes a tu pais, ya que puedes tener problemas para volver a entrar.

        Responder
    • maria

      Hola soy venezolana casada con un español vivo aquí en España hace más de 2 años tengo NIE asignado x razones humanitarias, se me vence el 17 de septiembre, puedo yo pedir mi residencia comunitaria x estar casada con un español ahora q vence mi permiso de residencia x razones comunitarias. Gracias

      Responder
      • AbogadosyMás

        María, si cumples el resto de requisitos si lo puedes pedir

        Responder
  84. Luz

    Hola, buenas tardes, una consulta, mi esposo y yo hemos regresesado a españa después de 8 años y no he actualizado mi tarjeta de regimen comunitario por lo que venció los 8 años que no vivimos aquí.
    Quería sabes que CITA PREVIA debería sacar, será ésta? POLICIA-TOMA DE HUELLAS (EXPEDICIÓN DE TARJETA) Y RENOVACIÓN DE TARJETA DE LARGA DURACIÓN o por la cantidad de años que no estuve en españa es otra?…
    Le agradecería me pueda responder para empezar con mis trámites.
    Saludos.

    Responder
    • AbogadosyMás

      Luz, tendrás que volver a tramitar el permiso de residencia.

      Responder
  85. Maria

    Buenas noches,

    Tengo una consulta, tengo un pacs con mi novio francés. Vivimos juntos en España hace 5 meses y quiero pedir la tarjeta comunitaria. El tiene contrato de trabajo y yo estoy en trámite de asilo. ¿ necesitamos un tiempo minimo viviendo en España para yo solicitar la tarjeta comunitaria? O con el pacs y el con contrato de trabajo ya es suficiente?

    Responder
    • AbogadosyMás

      María la residencia la tendrías que haber solicitado dentro de los 3 meses, hazlo cuanto antes. En cuanto a si la documentación que tienes es o no suficiente tendria que revisarla un abogado para poderte contestar. Si quieres que un abogado lleve el trámite, completa el formulario de contacto.

      Responder
  86. Raúl

    Soy peruano pero tengo la nacionalidad española llevo casado 3 años y tengo una hija en común soy casado en República Dominicana acabo de presentar los documentos De mi matrimonio en el registro civil de mi lugar . Asta que esté inscrito mi matrimonio sé que va tardar mi pregunta es ay algún tipo de visado y culés son los requisitos para que pueda viajar a estar conmigo mi esposa

    Responder
    • AbogadosyMás

      Raúl, puede venir con visado de turista, ¿tu estás en España? ¿donde? Si quieres un abogado puede ayudarte con el trámite. Hay supuestos en los que se puede tramitar la residencia durante la inscripición, habría que vez si tu caso es uno de ellos

      Responder
  87. sara

    Hola gracias por la información que aportan es de mucha ayuda

    Quería preguntar, mi novio (español) y yo nos casamos el 3 de abril, ya nos resolvieron el expediente. Yo estoy ilegalmente en España y quería saber si presento el tramite para sacar la residencia, seguidamente de nuestro matrimonio y me dan el resguardo, podría salir a México con el resguardo ?
    o no puedo salir de España hasta que no tenga una tarjeta de residencia, física?

    gracias

    Responder
    • AbogadosyMás

      Sara, si la resolución es favorable ahora tienes que sacar la tarjeta. Sácala antes de irte y ojo con el tiempo que está fuera si no quieres perder la residencia.

      Responder
  88. Cesar González

    Buenos días.
    Estoy casado con ciudadana española y tengo mi cita para residencia en el mes de marzo.
    Cuanto dinero debo demostrar en mi cuenta bancaria de España para no ser una carga para el estado español?.
    Gracias.

    Responder
    • AbogadosyMás

      César, si no tienes claro que la documentación que vayas a presentar sea suficiente un abogado puede revisarla. ¿donde vas a tramitar? Te dejo un enlace al formulario de contacto.

      Responder
  89. Lulu

    ¿Que clase de cita tengo que pedir para corregir mi nombre en la tarjeta comunitaria?
    Ya tengo el documento de la embajada de mi país dónde se certifica la forma correcta de mi nombre para proceder a corregirlo.

    Responder
    • AbogadosyMás

      Lulu, nos ha llegado la consulta también a través del formulario de contacto, y te hemos contestado. Puedes presentar un escrito solicitando la subsanación del error.

      Responder
  90. sebastian

    hola yo soy español y me caso el dia 31 de enero con mi pareja senegalesa ,me gustaria saber que papeles necesito para que ella obtenga la residencia muchas gracias

    Responder
  91. Jiji

    Hola buenas , una pregunta por favor , soy Argelina tengo residencia temporal de 2 años se acaba 02/03/2020. Mi marido tiene nacionalidad española estamos casados a Argelia tengo dodo papeles traducidos y legalizados acemos solicitud para inscripción de matrimonio a España tengo todo papel para Acer la solicitud comunitaria menos contrato de trabajo por que mi marido trabaja hosteleria y ahora todos los hoteles estan cerados. No entiendo que puedo acer ??? Si hay otra manera gracias saludo

    Responder
    • AbogadosyMás

      Jiji, si no tienes medios económicos no puedes obtener la tarjeta de residencia, te la denegarán. Espera a presentarlo a que tenga contrato de trabajo.

      Responder
  92. Darwin Loreto

    Hola, un gusto saludarles desde Argentina.
    Mi consulta es, mi esposo y yo estamos por inscribir nuestro matrimonio, el con Nacionalidad Española (pero nacido en Venezuela) yo con nacionalidad Argentina, ahora bien, el tiene una copia del certificado literal de nacimiento, ya que pidió uno actualizado y el mismo lo deben emitir desde Caracas que fue donde está registrado. Conocen algún caso donde se pueda inscribir el matrimonio con esa copia que tenemos mientras llega el nuevo certificado desde Venezuela?? No queremos esperar tanto tiempo para iniciar la inscripción del matrimonio, ya que sabemos que tarda unos meses la aprobación.
    Espero me puedan ayudar con nuestra duda, Gracias

    Responder
    • AbogadosyMás

      Darwin, toda la documentación que presentes debe estar actualizada.

      Responder
  93. Lina

    Hola. Los felicito por su labor pues veo que responden a las interrogantes de quienes les escriben y esto es una gran ayuda en momentos que alguien esté sin saber que decisión tomar por desconocimiento de leyes etc. Por favor pueden ayudarme? Estoy casada con un ciudadano español desde hace 16 años, vivimos en Venezuela y el matrimonio está registrado y tenemos el Libro de Familia. Mi pregunta es que procedimiento debo seguir para irme a vivir a España? es decir para obtener una residencia? Mi esposo por el momento no viajaría sino que yo me iría primero con la idea de montar allá un negocio de Franquicia. ¿Puedo solicitar mi residencia desde aquí sin que el viaje? O la debo pedir allá? es imprescindible que él también vaya?. Gracias anticipadas por su respuesta. Saludos

    Responder
    • AbogadosyMás

      Lina, si tu esposo es español, debería ser él quien viajará primero o contigo. Si no disponeis de trabajo y si de ahorros, tal vez sea suficiente para tramitar tu residencia. El ciudadano español debe residir en España y hacerse cargo de tí.

      Responder
  94. Manuel paredes

    Buenos Dias, Queria hacerles una pregunta, soy español vivo y trabajo en suiza, aqui me case con una filipina en el 2016, es que puedo solicitar la tarjeta comunitaria para Ella ? Gracias y que tengan un buen dia

    Responder
    • AbogadosyMás

      Manuel, te dejo un enlace a la página de la embajada en la que te explica los requisitos para solicitar la residencia. Si es que lo que quieres es solicitar la residencia de tu mujer en Suiza.

      Responder
  95. Shirley

    Hola. Soy ecuatoriana estoy casada con un ecuatoriano que ahora está en España y también tiene la nacionalidad española, tenemos una hija en común que también tiene la nacionalidad española. Para solicitar mi visado por reagrupación familiar tiene que estar inscrito nuestro matrimonio en España? Nosotros nos casamos en Ecuador en 2017. Y qué tiempo demora este trámite? Por favor, gracias por su respuesta

    Responder
    • AbogadosyMás

      Shiley, para que puedas solicitar la residencia comunitaria, el matrimonio tiene que solicitar la inscripción del matrimonio en España, pero si llevais tiempo casados y tienes una hija te resultará más fácil y más rápido. Si necesitas ayuda con el trámite completa el formulario de contacto

      Responder
    • Daniela

      Yo viví en España 7 años y renuncié a la residencia para cobrar el paro,ahora me quiero volver pero mi marido no viaja , estamos separados ,no divorciados el acepta darme la residencia ,el matrimonio está asentado en España y tengo el libro de familia ,cómo tramito la residencia?

      Responder
      • AbogadosyMás

        Daniela, si el no está en España y ya no vivis juntos, no vas a poder solicitarla, el debe residir en España y tu debes estar a su cargo

        Responder
      • Patricia

        Hola, recién veo esta página y e leído cada consulta con su respectiva respuesta y me parecen muy acertados, quería aprovechar para hacer una pregunta , me case este año con un español, ya me dieron mi nie, yo tengo mi hijo aquí menor de edad, peruano,que tramite tengo que hacer para que el obtenga sus documentos como español, ya que solo cuenta con pasaporte, estudia en el instituto, gracias de antemano por su respuesta

        Responder
        • AbogadosyMás

          Patricia, tendrías que solicitar la residencia. Si tu ya la tienes, se la darán sin problemas, pero hay que preparar el expediente.

          Responder
  96. Jacinto

    Hola, soy español voy a casarme aqui en españa con mi novia brasileña, ella vive en brasil y no tiene residencia aqui, vendrá como turista, ella tiene una hija la cual tambien vendrá. Una vez casados, cuando solicitemos la residencia de ellas nos pedirán alguna documentación especifica en relación con su hija? Cual seria ?

    Responder
    • AbogadosyMás

      El trámite con la niña es diferente, tal vez lo mejor sería que nos contactaras cuando vayan a venir. Te dejo un enlace al formulario de contacto. Es conveniente que nos indiques el lugar de residencia para que sepamos donde hay que tramitar.

      Responder
  97. ciindy canga

    buenas noches quisira que me ayude en algo soy Ecuaatoriana me case con un español aqui en mi pais Ecuador y el se fue a españa a trabaajar y a meter los papeles para incribir el matrimonio ya han pasado 6 meses todavia no sale la incripcion le dijeron que salia de 6 a 8 meses quisiera saber dos cosas si es verdad que se demora ese tiempo o si no es asi cuanto demora a salir la incripcion? otra otra pregunta y si sale la incripcion que visa debo pedir aca en mi pais Ecuador? y tengo que sacar cita o ir directamente al consulado porque las citas aca en el consulado español en Ecuador solo hay para despues 5 o 6 meseses yotra cosita ya si voy a la cita para sacar la visa que tiempo demoran en darmela para poder viajar a españa con mi esposo de antemano muchas gracias me ayudaria muchismo respondiendo a mis preguntas

    Responder
    • AbogadosyMás

      Cindy, es cierto que se demora y dependiendo de por don hayas tramitado se puede demorar más de un año.

      Responder
  98. Nelsi

    Hola , yo el pasado 2 de diciembre presente todos los documentos requeridos por extranjeria en Pamplona, desde Tudela porque me explicaron que lo podía enviar por esa vía, ya llevo más de un mes y aún no que han dado ni el resguardo , solo tengo una fotocopia del modelo Ex-19 acuñado por la policía de tudela
    ¿Que tiempo debo esperar para que extranjeria en Pamplona me de respuesta de mi tarjeta de residencia por 5 años?

    Responder
    • AbogadosyMás

      El tiempo no siempre es el mismo, depende del caso. Te dejo un enlace para que puedas consultar los tiempos medios de resolución.

      Responder
  99. sonia

    Hola soy española y mi marido portugués , tenemos una niña y nos casamos en Portugal , pero nunca legalice el matrimonio aquí en España , y cuando nació la niña nos dieron el libro de familia , mi pregunta es , ¿estoy casada legalmente en España ?, ¿es legal mi matrimonio o a todos los efectos en España estoy soltera?

    Responder
    • AbogadosyMás

      Sonia, el matrinonio es legal, pero tienes que solicitar la inscripción del matrimonio en España.

      Responder
  100. GeneCollag

    Hola buen día, primero felicitarlos por su gran labor en la web asesorándonos para evitar malos ratos al emigrar, quisiera hacerles una consulta a ver si me pueden ayudar.

    Mi pareja (con nacionalidad española) y yo (venezolana), ambos residiendo en Venezuela nos iremos a España, específicamente Tenerife en menos de 2 meses, yo obviamente voy con boleto ida y vuelta como turista. Nuestro plan es casarnos allá y así solicitar mi residencia legal para quedarnos en España a vivir. Por lo que quiero saber que pasos debemos seguir? Por lo que he leído: solicitar en el registro que se realice el matrimonio, luego pedir libro de familia y luego residencia? Es así?.

    Además también quisiera saber; en caso de extenderse el tiempo de trámites a más de 3 meses (mi permanencia permitida) me traería algún problema? O no duran más de 3 meses esos trámites?

    Muchísimas gracias de antemano.

    Responder
    • AbogadosyMás

      Puedes pedir la residencia aunque superes los 3 meses. La residencia la podrás solicitar cuando estés casada y el matrimonio inscrito, una vez te entreguen el libro de familia.

      Responder
      • GeneCollag

        Muchas gracias por responder, otra dudita, nosotros nos vamos con una uniòn de hecho estable realizada aca en venezuela ya que tenemos casi 3 años en concubinato (apostillada por supuesto) eso nos funciona para hacer el tramite de mi tarjeta o mi residencia legal? o debemos casarnos con prisa si o si?

        Responder
  101. Douglas

    Hola buenas
    Mi madre se caso con un español, pero ella ya tiene la residencia. Mi madre podría pedir la nacionalidad española para ella y me podría dármela a mi. Pero ya tengo 25 años. Muchas gracias

    Responder
    • AbogadosyMás

      Para los hijos mayores de 21 años es obligatorio acreditar la dependencia económica, es decir, vives a cargo de tu madre. La ausencia de acreditación es motivo de denegación.

      Responder
  102. Ezequiel

    Hola! Tengo una duda. Soy argentino con pasaporte italiano, tengo mi nie, estoy dado de alta en la seguridad social, por ende estoy trabajando y tengo más de 180 días cotizados en Barcelona.
    Nosotros estamos aquí desde hace 7 meses, en principio, he tardado 2 meses en tramitar mi NIE, luego, otros 2 meses para conseguir un trabajo. Por ende, mi esposo ya pasó sus 3 meses de turista. Ya enviamos toda la documentación correspondiente de manera telematica para que le asignen cita para su TIE (nuestro matrimonio está registrado en Italia), y no se la han asignado ya que nos respondieron que “falta el trámite de pareja de hecho”, lo cual claramente no tiene sentido. He vuelto a enviar toda la documentación haciéndoles saber su error, para que finalmente nos otorguen cita.
    El problema aquí es que mi marido debe viajar de manera urgente a Argentina, y aún no nos han respondido con la cita y si todos los papeles están bien.
    Cómo puedo hacer para que el pueda salir de España sin que le prohiban volver a entrar? Aquí los tiempos burocráticos son muy lentos y todo esto nos ha llevado mucho tiempo ya.
    Desde ya, muchas gracias.

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola, si aún no tiene la residencia y ha superado el tiempo de estancia, es mejor que no salga del país. Por otro lado en Barcelona está tardando bastante en dar las cita.

      Responder
    • Katerin

      Hola estoy casada con español y te memos una niña en común ya e la le salio su pasaporte pero a mi nada y ya está inscrito el matrimonio tiene al rededor de 22 meses y solo nos dicen que esta en etapa final, ahora mi esposo esta en Suiza por motivo de trabajo eso influiría para que me den el visado a españa?

      Responder
      • AbogadosyMás

        Katerin, el trámite de la niña es diferente al tuyo. En cuanto a tí no me queda claro si has tramitado la nacionalidad o la residencia, si tu marido ya no reside en España, te puede afectar o no dependiendo del caso. Habría que analizarlo. Pero si ya está presentado sólo te queda esperar.

        Responder
  103. Celmerys

    Hola, Gracias por el post, Tengo una duda con respecto a la tasa que se debe pagar, para este tramite corresponde «Certificado de registro de residente comunitario o Tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la UE» que son 12 euros?. y se debe de pagar antes de acudir a la cita?

    Agradecería tu ayuda, Saludos.

    Responder
    • AbogadosyMás

      La tasa se paga para solicitar tu Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE). El TIE es un documento físico donde se establecen los datos del extranjero una vez que se le otorga el permiso de residencia. Esta tasa se abona en los siguientes casos:

      Solicitud por primera vez de la TIE.
      Renovación de la TIE.
      Solicitud por primera vez y renovación de las tarjetas de residencia y trabajo.
      Solicitud por primera vez y renovación de la tarjeta de familiar comunitario.
      Extravío o robo de la TIE.
      Solicitud por primera vez y renovación de la tarjeta de estudiante.

      Responder
  104. Noemy Portillo Tejada

    Hola. Soy mujer casada con un español. No tengo residencia. Me case aqui en España. Mi esposo estaba en un juicio con su ec esposa el cual lo perdio. Y esta en prisión. Mi pregunta es si me daran los papeles estando el en prision? Los meti en agosto del 2019 y no tengo respuesta de extranjería. De antemano gracias por su respuesta

    Responder
    • AbogadosyMás

      Si tu marido está en prisión dificilmente no puede mantenerte ni hacerse cargo de tí, de modo que es probable que te venga denegada.

      Responder
  105. Constanza Barrios

    Hola, buenas tardes soy chilena casada con español, he ido a tramitar la tarjeta de residente comunitario y ya me han dado el NIE, la señora que me ha atendido en la cita me ha dicho que si puedo trabajar por que ya el solo hecho de estar casada con un español residente aca me valia, sin embargo aun no tengo numero de seguridad social para que me hagan un contrato de trabajo… me podrían aclarar el tema?? gracias

    Responder
    • AbogadosyMás

      Constanza, cuando tengas concedida la residencia ya puedes trabajar. la solicitud no es suficiente.

      Responder
      • Juan

        Buenas soy español me casé en la rp dominicana desde el 10 de septiembre tengo en estudio mi matrimonio pero mi esposa aún está en su país mi pregunta es si puede viajar sin Visa para españa ya hace 8 meses de casado o espero por el libro de familia

        Responder
        • AbogadosyMás

          Juan, si aún no tienes el libro de familia, podría viajar con visado de turista.

          Responder
          • Juan

            El poblema es que ya intente con visa y se la negaron porque dicen que tienen miedo que no regrese la verdad no lo entiendo muchas gracias

  106. Gabriela

    Buenas tardes, Mi marido y yo estamos planificando irnos a residir a España, actualmente vivimos en Argentina, él tienen la nacionalidad española al igual que mis 2 hijas, pero yo solo tengo pasaporte argentino. Tenemos inscripto el matrimonio en el Consulado de Buenos Aires y también contamos con libro de familia. La consulta que quiero hacerles es si para cumplir con el requisito exigido para residencia, acerca de si mi marido posee trabajo o bienes para mantenerme, puedan servir los bienes inmuebles que tengamos en el exterior, en este caso Argentina. Muchas gracias!

    Responder
    • AbogadosyMás

      Los bienes sólo te sirven si reportan rentas y esas rentas las envías a una cuenta en España. En caso contrario, planteate vender algo, necesitas tener ahorros en una cuenta bancaria española.

      Responder
  107. Javier

    si me caso llevando mas de 3 meses en España, puedo solicitar la residencia?,

    Responder
    • AbogadosyMás

      Si, aunque estés en situación de ilegalidad puedes solicitarlo igual.

      Responder
      • Zineb

        Hola yo tengo nacionalidad española y me casé con mi marido en el consulado de España en Rabat y luego de un mes me dieron el libro de familia y el certificado de matrimonio presente el visado y vino mi marido conmigo a España y ahora cuando he presentado los papeles para tarjeta de residencia a mi marido me han dicho que tengo que traer la solicitud inscripcion de matrimonio del registro civil central y yo tengo el libro de familia y el certificado de matrimonio son españoles y no se que hacer

        Responder
        • AbogadosyMás

          Zineb, el Registro Civil Central tiene unos datos de inscripción diferentes, si tienes certificado electronico puedes pedirlo por internet en la página del ministerio de justicia.

          Responder
          • Rosa

            Hola me llamo rosa Inés y tengo un problema me casé con un español u e depositado toda la documentación en estrangeria y el problema es que yo tengo 5 años con mi pareja y el mes ya ene ing esos está estudiando para patrón y yo no no tengo la recidencia en tonces me piden recursos económicos por su parte pero el estudia hsy al guns solución para yo optener la targets. Comunitaria

          • AbogadosyMás

            Rosa, el ciudadano de la Unión u otro Estado parte del Espacio Económico Europeo, debe cumplir una de las siguientes condiciones:
            Ser estudiante y estar matriculado en un centro público o privado reconocido o financiado por la administración educativa para cursar estudios o formación profesional, así como contar con un seguro de enfermedad público o privado contratado en España u otro país que proporcione cobertura completa en España, y declaración responsable de que posee recursos económicos suficientes para sí y los miembros de su familia para no convertirse en una carga para la asistencia social de España durante su periodo de residencia.
            Si lo que está estudiando es formación profesional y se forma en algún centro educativo, puede tramitarse por esta vía. Si es estudiante deberá presentar la siguiente documentación: Declaración responsable de que posee recursos suficientes para sí y para los miembros de su familia, para su periodo de residencia en España. Tienes un enlace al modelo en el post, pero te lo vuelvo a dejar aquí.

  108. Gabriela Cristante

    Buenas tardes, Mi marido tiene doble ciudadanía (español-argentino), yo solamente tengo nacionalidad argentina. Tenemos pensado de acá a un año irnos a vivir a España. La consulta que quisiera hacerles es si en este caso también podemos pedir reagrupación familiar, y si es factible que me la otorguen si él aún no tiene trabajo fijo, pero demostramos que contamos con bienes en el exterior y que ambos poseemos seguro médico contratado.
    Muchas gracias!

    Responder
    • AbogadosyMás

      Debes de disponer de ingresos. Habría que estudiar el caso.Si quieres que un abogado estudie tu caso pincha aquí y completa el formulario.

      Responder
  109. Geovana

    Hola justo hoy fui a extranjeria y me comentan q mi certificado de mateimonio ya caduco y debo sacar uno nuevo en la central de madrid y llame a la central donde me indican que se tarda 4 meses en llegar, que hago para alargar mi estadia en españa ya q ingrese al pais en 14 de noviembre y no estara el documento a tiempo

    Responder
    • AbogadosyMás

      Geovana, el Registro Civil Central tiene mucho retraso, mira las reseñas de google, puedes presentar fuera de plazo los papeles de la residencia. ¿Donde tendrías que solicitar la Residencia? Si tienes a alguien en tu pais puede solicitartelo en el Consuldado, pero que no digas que estás en España porque te dirán que lo solicites aquí. Tal vez así tarde menos.

      Responder
  110. YANINA

    HOLA QUERIA CONSULTAR LA TARJETA DE RESIDENCIA PARA EL CONYUGUE LE PERMITE TRABAJAR

    Responder
    • AbogadosyMás

      Yanina, si le conceden la residencia comunitaria podrá trabajar tanto por cuenta propia como por cuenta ajena.

      Responder
  111. Bruno

    Muy buenas tardes!
    Mi pareja y yo nos inscribimos como pareja de hecho pero todavía no tenemos el certificado (ya firmamos). Puedo iniciar el tramite de tarjeta comunitaria con el resguardo que nos dieron como pareja de hecho? O tengo que esperar hasta tener el certificado?

    Igual quería preguntarle si es posible salir y entrar al pais acreditando que estamos en proceso de pareja de hecho (con certificado o resguardo). Mi pais no exige visa para entrar a España
    Muchas gracias!

    Responder
    • AbogadosyMás

      Bruno, tendrás que esperar a tener el certificado, y en cuanto a salir del país depende de cuanto tiempo lleves en España, si llevas más de 3 meses y aún no has solicitado la residencia, puedes tener problemas para volver a entrar.

      Responder
    • Antonio

      Hola estamos por hacer el trámite,pero mi esposa justamente ahora no está trabajando,pero tenemos unos ahorros y tarjeta de crédito,que monto sería más o menos aceptable? Muchas gracias

      Responder
  112. Jennifer

    Hola, soy española y mi marido es mexicano. Estamos casados desde enero del 2013. Tiene trabajo fijo. Le toco renovar la tarjeta de residencia y el caso es que ahora se la estan denegando porque yo no tengo trabajo desde el 2015. Tengo agorafobia, ataques de panico y ansiedad generalizada, por lo que no puedo trabajar. Hay algo que podamos hacer para que le concedan la residencia permanente? Llevamos casi 7 años casados ya, siempre viviendo en españa y el esta con trabajo fijo como dije anteriormente.

    Responder
    • AbogadosyMás

      Jennifer, no sé que documentación has presentado, pero tal vez puedas recurrir.

      Responder
  113. Lourdes

    hola, soy argentina la igual que mi marido. Me ofrecieron relocaion laboral con visado de trabajo. ninguno tiene ciudadania europea, mi consulta es por mi marido, como seria su ingreso a españa y como podria trabajar legalmente.
    Muchas gracias

    Responder
    • AbogadosyMás

      Lourdes, podría solicitar en su momento autorización de residencia temporal por reagrupación familiar. Pero el reagrupante deberá haber residido en España durante un año como mínimo y haber obtenido autorización para residir por, al menos, otro año.

      Responder
  114. Ivan

    Bon dia!
    Mi mujer (española) y yo (extranjero) somos pareja de hecho escrita ante notario. En Abril tengo un juicio donde podría salir con antecedentes penales para 1 año (tambien puede ser que no tendre nada). Estamos ahora en proceso de conseguirme tarjeta de familiar y mis preguntas son:
    – Si consigo solicitar tarjeta antes de que pasa el juicio el reporte de policia saldra bien o ya me tienen fichado?
    – Si lo hago despues del juicio y tendre antescedentes me rechazaran la tarjeta familiar?
    Gracias

    Responder
    • AbogadosyMás

      Iván, sólo tendrás antecedentes penales si te condenan. Si te condenan hasta pasados 2 años de que cumplas la condena no los puedes cancelar. Si te detuvieron y te reseñaron, tendrás antecedentes policiales. Si te absuelven puedes pedir su cancelación.

      Responder
  115. Alba

    Hola! Soy dominicana casada con español, tenemos el libro de familia pero ahora mismo mi esposo no se encuentra trabajando, qué podemos hacer para solicitar la tarjeta de residencia para mí?
    Gracias,

    Responder
    • AbogadosyMás

      Alba, si no trabaja y no teneis ahorros te van a denegar la residencia comunitaria. Habría que conocer más tu situación para saber si tienes otras opciones.

      Responder
      • Alba

        Muchas gracias por responder. Existe una cantidad establecida para el ahorro?

        Responder
  116. Paola

    Buenas tardes. Soy Uruguaya, casada con un ciudadano español que se encuentra trabajando en España. En unos meses estaré viajando a residir con él (ya tenemos el libro de familia y tenia conocimiento de que al llegar debo de solicitar la tarjeta de residencia). Me habían dicho en el consulado de llevar algunos documentos para el viaje y presentar ante migraciones. Ahora la agencia de viajes me dice que necesito una visa de reagrupamiento familiar, que sin y no tener pasaje de vuelta los de la aerolínea no me dejarían embarcar. Esto puede ser asi?
    Gracias.

    Responder
  117. Victoria

    Buenos dias!
    Tengo una pregunta sobre Tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión.
    Ahora mismo tengo permiso de trabajo en España (vivo aqui 3 años). Mi tarjeta es hasta Aug 2021, pero de aqui poco voy a escribirme como pareja de hecho con mi pareja (español).
    1. Puedo cambiar mi tarjeta al régimen comunitario sin esperar que me caduca la tarjeta de ahora?
    2. Estoy ahora trabajando. Necesito dejar de trabajar para poder solicitar la tarjeta de familiar? O puedo demostrar que también trabajo? Parce que tengo que depender de mi pareja para conseguirla…

    Responder
    • AbogadosyMás

      Victoria, si cumples los requisitos si puedes solicitar el régimen comunitario sin dejar de trabajar. Si tu tienes tus propios ingresos también lo puedes aportar.

      Responder
  118. FRANCISCO

    Buenos días:

    Soy Español y estoy casado con mi mujer que es dominicana, he solicitado la tarjeta comunitaria y me he quedado en paro, tengo denunciada a la empresa por despido improcedente y por impago de unas mensualidades y el juicio no sale hasta enero de 2020.

    Quería saber cuanto tiempo tardaría en resolverse el expediente de mi mujer, y si tendríamos algún inconveniente, por otra parte, ella tiene una oferta de trabajo pero esta esperando a que le concedan la tarjeta comunitaria para empezar a trabajar.

    Nosotros residimos en Toledo.

    Gracias.

    Responder
    • AbogadosyMás

      Francisco, tienen obligación de resolver en un plazo de 3 meses. Todos los expedientes no tardan lo mismo con lo que no se puede saber cuanto demorará, espera a que resuelvan y concentra tu energía en encontrar otro trabajo.

      Responder
  119. Anaita

    Hola , Buen dia , estoy casada con un ciudadadano español-cubano, pero el se encuentra en estos momnetos en Miami, yo puedo solicitar en España la tarjeta comunitaria, aunque el se encuentra en Miami. Ya nuestro matrimonio esta transcripto en la embajada de España ubucada en Cuba sldos

    Responder
    • AbogadosyMás

      Anaita, él tiene que estar en España, el trámite es personal.

      Responder
  120. lucas

    buenas tardes!! Queremos ir a vivir a españa, estamos casado y mi mujer es española…vive en argentina desde los 4 años…al principio debo esperar q ella trabaje para q puedan darme a mi a posteriori la tarjeta de residencia? Ya ingresamos al consulado los tramites para inscribir el matrimonio. ¿como hago para trabajar desde que llego a españa??

    Responder
    • lucas

      Aclaro q vivimos en Argentina…y tenemos 2 hijos a los cuales ya ingresamos tramite de nacionalizarlos españoles teninedo en cuenta que su mama, mi mujer, es española.

      Responder
    • AbogadosyMás

      Lucas, hasta que no tengas la resolución concediendo la residencia no puedes trabajar. Si tienes hijos te resultará más fácil, pero tienes que tener ingresos suficientes.

      Responder
  121. Paola

    Buenas tardes. En mi caso soy uruguaya, casada con un ciudadano español. En unos meses estaré viajando a Pamplona especificamente para vivir allí. Por ello queria consultar si a mi llegada debo de ir al ayuntamiento para solicitar mi Nie y luego a la seguridad social? En qué momento es que debo de solicitar la tarjeta de residencia? Luego de obtener estos 3 pasos es que recién puedo comenzar a trabajar? Muchas gracias

    Responder
    • AbogadosyMás

      Paola, la residencia la tienes que solicitar en el plazo de 3 meses desde tu llegada. Cuando tengas las resolución podrás empezar a trabajar.

      Responder
  122. José

    Estimados,
    Tengo una duda que espero me puedan ayudar a resolver (disculpen si alguien más ha planteado algo similar anteriormente).
    Mi pareja tiene el TIE de permiso de estancia temporal por estudios, que ya prorrogó en su momento.
    Ahora vamos a registrarnos como Pareja de Hecho e inmediatamente después solicitaremos el TIE de permiso de residencia por familiar de comunitario de 5 años de duración, pero tengo entendido que tarda en resolverse la solicitud unos cuantos meses…
    Queremos salir de España en el período que seguramente la solicitud de Tarjeta comunitaria estará en tramite y no sé si es posible salir del páis o no.
    Sé que las Autorizaciones de Regreso son adecuadas para renovaciones o prórrogas de Permisos de Estancia o Residencia, pero en nuestro caso que es el paso de Estancia por Estudios a Residencia por familiar de comunitario hay un vacío, ya que no sé si se puede considerar renovación.
    Una duda adicional de menor importancia, en el momento de la toma de huellas para el TIE, se entrega un documento provisional con la misma validez que el TIE hasta que este es expedido y entregado, ¿correcto?
    Gracias de antemano!
    Un saludo

    Responder
    • AbogadosyMás

      José, estás bien informado. Lo que no dejas claro es si en el momento de la salida tendrá el permiso de estudios. Tampoco indicas a donde vais a viajar. Pero suponiendo que haya finalizado el permiso de estudios, tiene que salir del país, sino lo hace quedará en situación ilegal, y aunque haya presentado la solicitud hasta que no tenga la resolución es mejor que no viaje.

      Responder
  123. René ZARAGÜETA BORCHARDT

    Como conseguir la residencia indefinida para mi esposa mexicana, nos casamos por poderes hace dos años en el Registro Civil de Barcelona

    Responder
    • AbogadosyMás

      René, primero tienes que solicitar la residencia comunitaria (tiene una duración de 5 años. En Barcelona, no dan cita hasta que reunes toda la documentación, si necesitas abogado completa el formulario de contacto

      Responder
  124. Sergio

    Buenas tarde soy español y mi mujer es ecuatoriana, nos casamos en esta semana, ella no tiene papeles, mi pregunta es, cuanto tiempo pasa después de casarnos hasta que ella pueda obtar a un contrato de trabajo? Gracias

    Responder
    • AbogadosyMás

      Sergio, en cuanto tengas el libro de familia puedes solicitar la residencia, la resolución en algunos sitios la tienes en un mes.

      Responder
  125. Luis

    Cuanto es lo máximo que se tardan ahorita en dar la autorización para la residencia?

    Responder
    • AbogadosyMás

      Luis, el tiempo varía de un sitio a otro, pero deben resolver antes de los tres meses.

      Responder
  126. Simo

    Buenas tardes,
    Cuanto suelen tardar en resolver expediente la primera Tarjeta residencia comunitaria en la of extranjería de Barcelona?
    Si pasan 3 meses sin resolver. Se considera silencio administrativo y es denegada automáticamente? O lo contrario?
    Muchas gracias

    Responder
    • AbogadosyMás

      Simo, están obligados a resolver. Espera a que te llegue la resolución

      Responder
  127. Jona

    Buen día disculpen las molestias soy colombiano pero tengo nacionalidad española me he casado en Colombia y ya nos dieron el. Libro de familia y el registro de matrimonio español mi pregunta es viajamos en febrero ya tenemos los documentos que acreditan nuestro vínculo no pondrán ningún problema en frontera en Barcelona gracias

    Responder
    • AbogadosyMás

      Jona, Argentina, Venezuela, Honduras, Colombia o México, no necesitan visado para entrar a España. Una vez aquí solicitan ante la Tarjeta de Familiar de Comunitario (de cinco años) si reúnes los requisitos.

      Responder
  128. Carla

    Hola! Tengo una duda, soy argentina y me acabo de casar con mi novio que está tramitando la ciudadanía española, nos queremos ir a vivir allá. Luego de obtener su ciudadanía española, la inscripción de matrimonio la libreta española, qué otros trámites quedarían por hacer? Mi duda es en relación a mi residencia, entiendo que tengo que solicitarla una vez que viaje a España, pero hasta ese entonces qué tengo que sacar para poder viajar? O debería sacar el pasaporte de turista? Gracias!

    Responder
    • AbogadosyMás

      Carla, los argentinos no necesitan visado para entrar en España. Cuando estés en España tienes que solicitar la residencia.

      Responder
  129. wendy

    hola una consulta estoy casada con un español, ya tenemos el libro de familia, ya me empadrone en España y saque cita en extranjería que sera en dos meses luego de ahí¿ cual es el tramite que debo seguir? se los agradecería para saber los pasos que tengo q hacer y no cometer algún error que me dilaten el tiempo, gracias!

    Responder
    • AbogadosyMás

      Wendy, si tienes la cita tienes que presentar la documentación necesaria el día de la cita. Si necesitas que un abogado la revise completa el formulario de contacto

      Responder
    • Victoria

      Wendy , como sacaste la cita? llevo semanas intentandolo y nada

      Responder
      • AbogadosyMás

        Victoria, veo que le preguntas a Wendy. Esto no es un foro, no puedes comunicarte con otros usuarios ni te pueden contestar. De todos modos, Wendy no comentó para donde tenía la cita. Por lo que es posible que no estés en la misma Provincia. La dificultad de la cita en todos los sitios no es la misma. Si quieres que ayudemos con el trámite completa el formulario de contacto.

        Responder
  130. Mela

    Buenas tardes, tengo una consulta. Soy venezolana y me casé hace 2 años con un español-venezolano, ya tenemos libro de familia y el matrimonio inscrito en el registro civil español. Nos vinimos a vivir el 24 de Septiembre a España y la cita para solicitar la tarjeta de familiar comunitario la tenemos esta semana. Sin embargo, tengo entendido que pueden tardar entre 1 y 3 meses en entregar la tarjeta. Necesito viajar a República Dominica a finales de enero porque se casa mi hermana, ¿Puedo tener problemas al retornar a España si no tengo mi tarjeta de familiar comunitario? ¿Es recomendable solicitar una autorización de regreso o no aplica en este caso?

    También quería preguntarte si legalmente puedo cursar un máster mientras estoy realizando el trámite de la tarjeta de residencia de familiar comunitario y si puedo realizar alguna beca (pasantía).

    Por último quisiera saber cuáles son los pasos a seguir una vez que ya tenga la tarjeta de residencia de familiar comunitario para poder tramitar la nacionalidad luego de 1 año residiendo en España.

    Responder
    • AbogadosyMás

      Mela, para pedir autorización de regreso tienes que tener la residencia. Mejor espera a tener la residencia para viajar. En cuanto al tema del master deberías preguntar a la organización del master que documentación te requieren.
      Cuando tengas que tramitar la nacionalidad contacta con nosotros si necesitas ayuda.

      Responder
  131. Mary

    Hola buenos días, estoy unida de hecho y mi pareja no trabaja actualmente, es estudiante y tiene los ingresos necesarios para presentar la solicitud. Mi duda es: puedo pedir la residencia aportando una póliza de seguros privada? Por otra parte actualmente trabajo con permiso de asilo o refugio. Puedo presentar mi número sanitario o debo renunciar de una vez al asilo?

    Responder
    • AbogadosyMás

      Mary, aunque habría que analizar con más detalle tu situación, pero en principio, no tienes que dejar de trabajar, ni renunciar a la solicitud de protección internacional para solicitar la tarjeta de residencia comunitaria.
      No tienes por qué renunciar a tu solicitud de protección internacional, una vez te concendan la residencia comunitaria, tendrás que renunciar a la solicitud de Protección Internacional.
      Por otro lado, si estás de alta en seguridad social, lo puedes aportar.

      Responder
  132. Aichel Legarreta

    Despues de legalizar el matrimonio en el consulado español en la habana necesita el contrayente no español visa para viajar a España?

    Responder
  133. Gabriela

    Hola buenas noches, mi pregunta es si yo soy española y Mi esposo es ecuatoriano ya se le caducó la visa de 3 meses por familiar de comunitario, voy a tener algún problema en el momento de presentar los requisitos por para la residencia ?
    Muchas gracias

    Responder
    • AbogadosyMás

      Gabriela, da igual que hayas superar el plazo de 3 meses, no te va a influir para la solicitud de residencia

      Responder
  134. kimberlin

    Hola buenas tardes. Soy venezolana casada con un español. hicimos la reagrupación familiar y la resolución para el nie me salio Favorable. y ya tengo la cita para la toma de huellas en enero, pero mi esposo se quedo sin trabajo. Me afecta que ya este aprobado y que el se quede en el paro en este transcurso ?

    Responder
    • AbogadosyMás

      Kimberlin, aunque tiene que poder mantenerte durante todo el tiempo si ya tienes la resolución no deberías tener problemas.

      Responder
  135. Marcelo

    Hola, tengo la tarjeta comunitaria , soy argentino, vivo en España hace 4 años y estoy en pareja de hecho hace más de dos años , puedo solicitar el DNI español y en ese caso que documentación necesito, muchas gracias

    Responder
    • AbogadosyMás

      Marcelo, entiendo que stais inscritos como pareja de hecho, si es así podrías solicitar la residencia comunitaria. La documentación que se solicita se indica en el blog. Si lo que quieres es un abogado completa formulario de contacto.

      Responder
  136. Valeryia

    Hola, quería informe. Soy Bielorrusa, el mes pasado me casé , mi marido es español.
    1)Para la solicitud de tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la UE, tengo que presentar : la solicitud ex-19, fotocopia del pasaporte y DNI de mi marido, 3 fotos, el contrato de trabajo de mi marido, certificado de empadronamiento mío y de mi marido y el certificado de matrimonio, es correcto?
    2) Es muy muy difícil conseguir cita En extranjería para la solicitud. Si voy a un abogado, para que me ayude a solicitar la tarjeta, me han dicho que los abogados consiguen citas rápido. Se que me ayudará con la documentación que se necesita presentar y me acompañará a entregar la documentación. La duda es si después el abogado te ayuda con la cita para la huella, o es un trabajo que se paga aparte? Y que se tarda en tener el NIE?

    Responder
    • AbogadosyMás

      Valeyia, si necesitas un abogado completa el formulario, indícanos donde habría que realizar el trámite y te enviaremos un presupuesto

      Responder
  137. Steed

    Buenos días, tengo una duda estoy casado desde hace tres años en Venezuela pero estoy aquí con mi esposa en España desde hace dos años y medio, ella si tiene papeles, incluso le acaba de llegar la nacionalidad y queremos inscribir el matrimonio, al estar inscrito yo estando de forma irregular desde hace dos años podré solicitar la tarjeta? Gracias de antemano, abogados locales dicen que si pero nose si están más desinformados

    Responder
    • AbogadosyMás

      Steed en cuanto tengas el matrimonio inscrito puedes solicitar la residencia ¿tienes hijos?si quieres que te ayudemos con los trámites completa el formulario de contacto .

      Responder
  138. Eugenio

    Hola. Es necesario permanecer en España desde el momento de solicitar la residencia hasta el momento que te entregan la identificación? O se puede salir unas semanas a algún país de la Unión Europea, en el intermedio del trámite?

    Responder
    • AbogadosyMás

      Eugenio, es aconsejable que esperes a tener la autorización.

      Responder
  139. luz

    Hola buenos días me gustaría me puedan orientar soy española retornada hace 1 año casada con venezolano mi esposo solicito la residencia por arraigo familiar ya que tenemos hijos españoles menores en común, pero ya le toca renovar su residencia, el acaba de estar contratado por un periodo de 3 meses, yo no tengo trabajo aun, solo percibo una ayuda emigrante retornado mi duda es si ya puedo solicitar residencia para el por matrimonio con español ya que ahora esta el trabajando? o es necesario que yo obligatoria mente este contratada para este caso? o que renueve su arraigo familiar con ese contrato? agradeceria su respuesta saludos

    Responder
    • AbogadosyMás

      Luz te dejo un enlace a una Sentencia reciente del Tribunal Supremo que dice que ordenase conceda la autorización, ha señalado que las autorizaciones por razones excepcionales no pueden estar limitada a un año y que deben poderse renovar mientras se mantengan las circunstancias excepcionales que dieron lugar a ella. En el caso concreto, si el hijo español continuaba siendo menor de edad, el Tribunas Supremo entiene que lo lógico es permitir que el padre extranjero continue residiendo en España, independientemente de que cuente o no con medios de vida en ese momento. Considera que negarle la residencia sería negar los derechos fundamentales del menor, establecidos tanto en la legislación internacional, como europea y española. Esta decisión es aplicable por ahora a los casos de arraigo familiar en el supuesto de padre o madre extranjero de hijo o hija menor de edad de nacionalidad española, que según entiendo es tu caso.

      Responder
  140. Júlia

    Buenos días, gracias por vuestra página
    Soy de nacionalidad española mi marido es cubano he pedido la Renovación de la residencia y se la han otorgado, y ahora he pedido el permiso laboral, pero me quedado sin trabajo en el trámite tengo trabajo con un contrato que me van a ser de cuatro horas diarias de lunes a viernes esto perjudica algo en la resolución?

    Responder
    • AbogadosyMás

      Julia, no termino de entender lo del permiso laboral, si tiene residencia comunitaria ya puede trabajar.

      Responder
  141. Jackson navarro

    Mi consulta es que me puedan orientar, ya que soy peruano y me casé con un español en barcelona hace una semana , ahora quisiera saber qué trámite tengo que hace para tener la tarjeta comunitaria y si tiene algún costo y si es cierto de que se saca una cita y en esa cita hay preguntas de índole conyugal etc por favor si me pueden aclarar el proceso, saludos

    Responder
    • AbogadosyMás

      Jackson, nos has enviado también un formulario de contacto solicitando asesoramiento. Te contestaremos por email.

      Responder
  142. Ruben salas

    Por favor una duda!! Me casé por civil en barcelona hace una semana, la pregunta es si tengo que pasar una entrevista para recibir mi carta comunitaria o cuál es el siguiente paso a seguir, y si ustedes me pueden ayudar o guiarme en el proceso, muchas gracias

    Responder
  143. natividad

    Buenas tardes. Soy Española y mi marido argentino. Tiene el NIE ya que hace 4 años nos casamos e hicimos todos los trámites. Ahora quiere sacarse la nacionalidad. Una vez presentemos la documentación cuanto tardan en darle el DNI? He leido que tarda años… Eso es verdad? Va más rápido por ser tramitado gracias al matrimonio con una española? Gracias de antemano! Saludos

    Responder
    • AbogadosyMás

      Natividad, es cierto el trámite es lento y se demora años.

      Responder
  144. Enrique

    Buenas noches:
    Soy español y mi pareja es peruana. Estamos en España y a ella se le acaba el visado de turista en breve. Queríamos pasar la navidad en Perú y poder volver a España. ¿Si nos casasemos podría volver conmigo? ¿Sería viable quedando unos 2 meses hasta navidad?

    Responder
    • AbogadosyMás

      Enrique, no creo que podais casaros antes de Navidad y desde luego no va a tener la residencia antes. Si ella quiere estar en Perú en Navidad, lo suyo es que se vaya antes de los 3 meses, más adelante siempre puede volver.

      Responder
  145. Reddy Méndez

    Buenas tardes.
    Soy español residente en Venezuela, casado con venezolana y matrimonio inscrito en el registro civil en consulado de caracas hace varios años. Retorno a España en pocas semanas. Planeamos solicitar la residencia comunitaria para mi esposa al día siguiente de nuestra llegada, bajo la condición de solvencia y recursos económicos y con todos los requisitos completos, mi pregunta es: Que sucede si llegado el día 90 de la estadía máxima de mi esposa como turista aun no hemos recibido la resolución favorable??? Tendría que salir de España??? Existe un procedimiento para extender su estadía, mientras sucede la resolución???
    Muchas gracias de antemano.

    Responder
    • AbogadosyMás

      Reddy, no tiene que salir, lo importante es que tramite cuanto antes. Deberían resolver antes de los tres meses y cuando resuelven tiene efectos retroactivos.

      Responder
  146. Gabriel

    Buenas noches .. Soy de de nacionalidad español y deseo traer mi esposa Dominicana a vivir conmigo. ¿como hago para que con la Visa de reagrupacion Familiar le llegue la Tarjeta de residència y pueda trabajar una vez llegue a la Unión europea?

    Responder
    • AbogadosyMás

      Gabriel, la residencia la tiene que solicitar cuando llegue. Debe hacerlo dentro de los tres meses desde su llegada.

      Responder
  147. Nuria González

    Buenas tardes, muchas gracias por toda la información facilitada, es de gran ayuda ante la incertidumbre al realizar estos trámites.

    Yo soy española residiendo actualmente en Colombia y quiero casarme con mi pareja, colombiano, actualmente los dos viviendo en Colombia y ambos queremos irnos a vivir a España.

    La primera duda es: qué requiere menos tiempo, casarnos en Madrid o casarnos en Colombia y después registrar el matrimonio en España (o bien en el Consulado de España en Colombia, o bien directamente en el Registro Central en Madrid). Cuánto tiempo puede suponer casarnos por lo civil en España hasta tener el libro de familia y poder solicitar la residencia de familiar europeo? Me preocupa que mi pareja entre como turista en España y que no hayamos conseguido casarnos en un período de tres meses y que tenga que abandonar el país sin habernos casado ni pedido la tarjeta comunitaria.

    La segunda duda: ¿hacernos pareja de hecho en Colombia ahora serviría como documento para justificar que una boda civil en España no es un matrimonio por conveniencia? Es decir, si decidimos que nos casamos en España inmediatamente después de llegar desde Colombia en algún momento en el año 2020, me pregunto si nos ayudaría hacernos pareja de hecho aquí en Colombia ahora para que al llegar a España podamos demostrar que estamos juntos desde hace tiempo y que no es un matrimonio por conveniencia. Me preocupa que puedan pensar que es raro casarse en España nada más llegar de Colombia y tener que demostrar que realmente somos pareja en Colombia desde hace más de dos años.

    La tercera duda es: una vez esté el matrimonio registrado en España, para pedir la tarjeta de residencia de familiar europeo para mi pareja colombiana, uno de los requisitos es o bien que yo tenga trabajo o bien que tenga medios económicos suficientes para que vivamos los dos. ¿Qué cantidad de dinero se considera que son suficientes ahorros? Estamos hablando de 5.000€, 10.000€, 20.000€?

    La cuarta duda es: Una vez conseguida la tarjeta comunitaria, ya podría trabajar mi pareja Colombiana en España, ya le entregan el TIE, o hay que iniciar un nuevo proceso para solicitar el TIE (en tal caso, cuánto tiempo suele demorarse este trámite?).

    Muchas gracias por su ayuda.

    Un saludo.

    Responder
    • AbogadosyMás

      Nuria, como haces muchas preguntas te iré contestando por orden:
      Duda 1: Si vienes a España que va a llevar mucho más de 3 meses. No te puedo decir cuanto tiempo ya que depende del Registro Civil. Pero en algunos casos se demora más de 1 año.
      La inscripción en el Registro Civil Central en un trámite como el tuyo también se va a demorar alrededor del año, ya que vais a tener que hacer una entrevista. En cuanto al consulado pregunta allí, cuanto tarda la inscipción, tal vez sea más rápido. Si no vas a venir aún casate allí y e inscribe el matrimonio, así vas adelantando los trámites antes de venir.
      Duda 2: Lo de ser pareja de hecho no creo que te sirva de mucho.
      Duda 3: En cuanto a los ahorros depende del funcionario, y donde realices el trámite, pero necesitarás unos 20000 €.
      Duda 4. En cuanto tenga la tarjeta puede trabajar, en cuanto al tiempo depende de donde tramites, puede tardar entre 1 y 3 meses.

      Responder
      • Nuria González

        Muchísimas gracias por resolver mis dudas.

        Se me olvidó preguntar algo: a la hora de pedir la tarjeta comunitaria europea para un extranjero, ¿cómo se puede probar una relación estable y demostrar un vínculo duradero para las parejas no registradas?

        Hay una opción en la que se especifica que se puede solicitar la tarjeta en el caso de «Pareja de hecho no inscrita con la que mantenga una relación estable debidamente probada al acreditar la existencia de un vínculo duradero. En todo caso, se entenderá la existencia de ese vínculo si se acredita un tiempo de convivencia marital de, al menos, un año continuado.»

        ¿Registrarnos como pareja de hecho en Colombia podría ser una manera de justificar esta relación duradera y estable?

        Muchas gracias por adelantado.

        Responder
  148. mar

    hola no se si estoy mal o bien lei muchos comentarios. si pudieran responder me seria de gran ayuda.
    la situcacion: yo soy chilena y mi esposo es español-chileno nos casamos en chile pues el lleva viviendo ahí 20 años aproximados. ahora estamos en españa y queremos hacer los papeles para yo sacar en un futuro la nacionalidad.
    el tema es que llegamos hace unos dias a españa el esta haciendo proceso de DNI mi pregunta es si inscribimos el matrimonio me daran el NIE ? o alguna visa para yo poder trabajar ?
    cual seria la que tengo que solicitar ?
    gracias

    Responder
    • AbogadosyMás

      Mar, son dos trámites diferentes. Primero debes inscibir el matrimonio y una vez inscrito solicitar la residencia comunitaria. El NIE es un número de identificación, no te da derecho a trabajar, para eso necesitas tener una resolución que te conceda la residencia comunitaria.

      Responder
  149. denisse

    Buenas tardes , soy Argentina y me case con un español, tengo mi tarjeta de residencia en tramite en noviembre se cumplen los 3 meses ,presente todos los papeles y cumplimos con todos los requisitos para que me salga favorable.
    Mi consulta es la siguiente ,tengo 2 hijos en Argentina los cuales no veo hace un año ,quiero saber si puedo viajar a mi país para poder traerlos conmigo. Voy a tener algún problema al entrar a España? presentando el libro de familia y el certificado de matrimonio podre entrar sin problema?cuando me otorgen la tarjeta de familiar comunitario sale con fecha desde que inicie el tramite o desde que entre en españa?

    Responder
    • AbogadosyMás

      Denisse, quienes disfruten de autorización de residencia pueden salir y volver a entrar en territorio español cuantas veces lo precisen, mientras la autorización y el pasaporte o documento análogo se encuentren en vigor.

      No obstante lo dispuesto en los apartados anteriores, al extranjero cuya autorización de residencia o de estancia se encuentre en período de renovación o prórroga se le expedirá una autorización de regreso que le permita una salida de España y posterior retorno al territorio nacional dentro de un plazo no superior a noventa días, siempre que se acredite que el solicitante ha iniciado los trámites de renovación o prórroga del título que le habilita para permanecer en España, dentro del plazo legal fijado al efecto. La autorización de regreso, cuando el viaje responda a una situación de necesidad, tendrá un tratamiento preferente.

      Cuando el extranjero acredite que el viaje responde a una situación de necesidad y concurran razones excepcionales, podrá expedirse la autorización de regreso referida en el apartado anterior cuando se haya resuelto favorablemente la solicitud inicial de autorización de residencia.

      Entiendo que hace más de 3 meses que entraste en España, es mejor que esperes a tener la residencia.

      Responder
  150. Alfredo martínez B

    RESIDENCIA TEMPORAL POR CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES Inicial o tarjeta comunitaria es lo mismo o diferente??

    Responder
    • AbogadosyMás

      Afredo, la residencia temporal por circuntancias excepciónale, se podrá conceder a ciudadanos extranjeros que se hallen en España y, o bien tengan vínculos familiares en España o estén integrados socialmente. Es lo que se conoce como arraigo social. Uno de los Requisitos para esta solicitud es que el solicitante no sea ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, ni familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
      Con lo que no es lo mismo, la residencia de familiar comunitario es un procedimiento distinto.

      Responder
  151. carla

    Buenas tardes,

    Soy española y me casé con un chico Cubano en Cuba, el matrimonio esta en proceso de inscripción todavía en el registro central civil, el ya tiene la residencia de familiar comunitario por dos años por ser mi cónyuge.

    3-4 meses despues de tener la residencia decidió empezó a maltratarme psicologicamente y alguna vez físicamnte y decidió que quería hacer su vida y se fue del domicilio conyugal. yo ya solicité el desempadronamiento y envíé una carta en el registro civil central con la intención de que no siga para adelante el expediente, tal y como ellos me dijeron.

    Lógicamente no quiero tener este vinculo administrativo ni legal con el y quiero que le extingan la tarjeta. Por lo que entiendo el no esta cumpliendo ya el régimen comunitario ya que no reside conmigo (desconozco su paradero). en el ayuntamiento me dieron el justificante de empadronamiento pero me indicaron que el proceso tarda unos 8 meses.

    Despues de todo esto ¿puedo hacer que le extingas esta tarjeta presentando la solicitud de desempadronamiento, la carta al registro civil para que revisen el expediente y le extingan esta tarjeta?

    Quedo a la epera de su respuesta

    muchas gracias de antemano

    un saludo,

    Responder
    • AbogadosyMás

      Carla, si ya tiene la residencia por ser tu cónyuge, el matrimonio debe de estar inscrito. Con lo que debes presentar demanda de divorcio. Una vez divorciado, ya no hay vínculo, y perderá la residencia comunitaria.

      Responder
      • María

        Hola Buenos días yo soy colombiana y vivo en España y mi pareja es español pensamos casarnos, que tiempo se demora en salir la tarjeta de residencia después que nos casemos

        Responder
        • AbogadosyMás

          María, el tiempo varía dependiendo de donde lo solicites, pero en general el tiempo de resolución está entra 1 y tres meeses.

          Responder
      • Carla

        disculpen, pero con el matrimonio en proceso de inscripción, ya dan la tarjeta comunitaria, de hecho así lo hicimos, en Barcelona la dan por dos años. Tiene tarjeta comunitaria y el matrimonio NO está inscrito, esta en proceso de inscripción todavía… entiendo que el ha dejado de cumplir uno de los requisitos que es la convivencia. se que el caso es complicado

        Responder
      • Juan Manuel

        Hola ,me casè con uns chilena hace 2 años ,ahora me he desempadronado de la vivienda donde vive ella ,estamos esperando el permiso de residencia ,segùn ella al no tener ella suficientes medios economicos al.desempadronarme yo le afectara a su hijo directamente en el.tema de los papeles ,es cierto esto?Gracias

        Responder
        • AbogadosyMás

          Juan Manuel, si varía la situación y os separais si le puede llegar a afectar.

          Responder
  152. Angel

    Hola! La esposa extranjera de un español, una vez introducidos los documentos para registrar el matrimonio y llevado el caso a extranjería, a partir de cuándo tiene permiso de trabajo?

    Responder
    • AbogadosyMás

      Angel, tienes que esperar a que llegue la resolución.

      Responder
  153. Agleide Dias

    Hola mi gustaria de saber, que tipo de contrato y cuanto tiempo de contrato devo tener para la apresentacion de tarjeta comunitaria de mi marido y cual es el valor minimo de mi nomina y cuantas nominas devo apresentar.? Tbien mi gustaria de tener la direccion de vuestra oficina aqui en madrid. gracias

    Responder
  154. Jose Garcia

    Hola

    Mi mujer es Britanica y Cubana, y yo soy Español y Britanico. Nos casamos en el Reino Unido hace 6 años y llevamos viviendo en el Reino Unido mas de 20 años.

    Con el tema del Brexit, nos gustaria pedir nacionalidad Española para mi mujer por residencia y reducirla por matrimonio a un año.
    Nuestra pregunta es que necesitamos hacer para que ella pueda conseguir nacionalidad Española, si es posible viviendo en el Reino Unido para estar el menor tiempor separados, y si no es posible, ella puede vivir con su madre por un año porque ella vive y tiene nacionalidad en España, pero yo no podre trasladarme a España por razones laborables, es esto un problema?

    Muchas gracias por su atencion

    Jose Garcia

    Responder
    • AbogadosyMás

      José, para que tu mujer pueda pedir la nacionalidad, debe residir legalmente en España un 1 año, con lo que primero tendría que pedir la residencia y una vez concedida solicitar la nacionalidad pasado el año. El problema es que al ser tu no residente, no le van a dar la residencia, ya que ambos deberías residir en España.

      Responder
  155. Joel

    Hola mi novia es española, y quiero saber si para solicitar la tarjeta de residencia por matrimonio la puedo solicitar yo y presentarme yo solo sin necesidad de que ella vaya conmigo a llevar los documentos.?

    Responder
    • AbogadosyMás

      Joel, el que obligatoriamente tiene que estar presente eres tú.

      Responder
      • Cris Hernandez

        Hola Estoy casada con un español desde hace 10 años y llevo 2 años en España y todavía no me han podido dar la residencia por matrimonio, la e solicitado 3 veces.
        Mi pregunta es : si esta tercera vez no me dan la resolución tengo otra vía legal para solicitarla ? Porque mi marido a tenido trabajos por lapsos cortos. Espero su respuesta gracias.

        Responder
        • AbogadosyMás

          Cris, es necesario que cumplas los requisitos, si vuelves a presentar y no cumples te la volverán a denegar. Sería conveniente que revisara tu caso un abogado, auqnue si no cumples requisitos enconómicos va a ser complicado que le concedan la residencia.

          Responder
  156. Michelle

    hola soy Michelle hace unos dias me case, el es español yo hondureña y queria saber que tramites tengo que llevar a cabo para poder obtener mi permiso de residencia

    Responder
    • AbogadosyMás

      Michelle, podemos constestar a alguna consulta concreta, en la entrada tienes bastante información. Si lo que quieres es que un abogado te ayude con la gestión pincha en este enlace

      Responder
  157. Cesar

    Soy de Peru, vivo en España muchos años tengo NIE estoy casado con ciudadana Española presente la documentacion para el cambio de NIE por tarjeta comuntaria lo hice en el ayuntamiento de mi comunidad lo que nose es como averiguar el estado del tramite ya que en extranjeria no me sale nada. Gracias

    Responder
    • AbogadosyMás

      César, el Ayuntamiento no es el lugar adecuando para realizar ese tipo de trámites. Tendríamos que ver que has presentado y dónde para poder contestarte.

      Responder
    • Ruben salas

      Cesar quería hacerte unas preguntas sobre matrimonio en españa, saludos

      Responder
  158. Andy

    Hola buenas tardes, quería consultar sobre mi situación, mi novio (es peruano) y yo tengo la nacionalidad española, él ha venido de visita a España durante 3 meses, no sabemos si es mejor casarnos aquí o en Perú, para poder pedir luego la nacionalidad para él, cuando nos casemos ¿Él podrá trabajar mientras le dan la nacionalidad? entiendo que le darían la tarjeta comunitaria. Muchas gracias de antemano por el tiempo y por la información, dado que no sabemos que hacer, que es lo mejor para nuestra situación, que ya nos hemos cansado de estar yendo y viniendo, queremos por fin establecernos sea en España o algún país de la Unión Europea.

    Responder
    • AbogadosyMás

      Andy, depende de si se va a quedar o vuelve a Perú. Si os casais en Perú tendreis que inscribir el matrimonio. Una vez tengais el matrimonio inscrito (os va a llevar bastante tiempo) teneis que pedir la residencia. Hasta que no tenga la residencia no puede trabajar.
      En cuanto a la nacionalidad, para poder solicitar la nacionalidad necesita 1 año de residencia legal.

      Responder
      • ONILDA VALLEDOR

        Soy ciudadana española natural d cuba,legalice mi matrimonio en el consulado general d españa en la habana,a mi esposo le dieron una visa x 6 meses,entramos hace un mes,x favor necesito saber como puedo obtener su tarjeta comunitaria d residencia,muchas gracias,ONILDA

        Responder
        • AbogadosyMás

          Onilda, entiendo que lo que solicitas es asesoramiento personalizado. Si es así puedes enviarnos el formulario que encontrarás pinchando en el enlace.

          Responder
  159. Maria Corina

    Buenas tardes, me comunico a ustedes ya que he intentado conseguir esta informacion en extranjeria de barcelona pero siempre estan ocupados.

    Soy de Panama y estoy casada con un Español desde hace 9 meses, esperamos los tres meses para la cita de solicitud, tardamos casi 2 meses y la perdi por cuestiones de trabajo, he intentado conseguir otra cita pero aun no consigo fecha… por lo tanto estamos casados, con nuestro certificado de matrimonio, pero yo aun no tengo la targeta comunitaria, ni cita en mano,

    Mi padre esta en Panama muy enfermo, estaba esperando arreglar todo para ir a verlo pero la situacion ha empeorado muchisimo, si salgo de españa y viajo a panama aun teniendo mi certificado de matrimonio conmigo, serian capaz de no dejarme volver a entrar en españa a falta del plastico?

    Muchas Gracias, mi pregunta es urgente.

    Responder
    • AbogadosyMás

      Maria Corina, si tuvieras la residencia o la tuvieras en renovación deberías solicitar la autorización de regreso.
      La autorización de regreso puede expedirse al extranjero cuya autorización de residencia o estancia se encuentre en periodo de renovación o prórroga, una autorización de regreso que le permita la salida de España y posterior retorno al territorio nacional dentro de un plazo no superior a noventa días, siempre que se acredite que el solicitante ha iniciado los trámites de renovación o prórroga del título que le habilita para permanecer en España, dentro del plazo legal fijado al efecto.
      Igualmente, el titular de una tarjeta de identidad de extranjero en vigor podrá solicitar una autorización de regreso en caso de robo, extravío, destrucción o inutilización de aquélla, siempre que acredite haber presentado solicitud de duplicado de la tarjeta.
      La autorización de regreso, cuando el viaje responda a una situación de necesidad, tendrá un tratamiento preferente. Cuando el extranjero acredite que el viaje responde a una situación de necesidad y concurran razones excepcionales, podrá expedirse la citada autorización de regreso si se ha resuelto favorablemente la solicitud inicial de autorización de residencia o de autorización de estancia y esté en trámite la expedición de la tarjeta de identidad de extranjero.
      La autorización de regreso expedida por España, sólo es válida para el cruce de fronteras que se realice por los puestos fronterizos españoles, no para los demás Estados que aplican el Convenio de Schengen.
      La autorización de regreso se podrá utilizar para todas las salidas y el posterior retorno que se precisen durante la vigencia de la autorización.
      Espero haber contestado a tu pregunta.

      Responder
  160. Pedro

    Hola buen día soy esposo de una española ya tengo mi nie asignado estoy en espera del tie puedo trabajar, tengo una hija de 3años con nacionalidad

    Responder
    • AbogadosyMás

      Pedro, hasta que no tengas la resolución aprobando la residencia no puedes trabajar.

      Responder
  161. ana

    Hola,
    Tengo una duda. Donde puedo encontrar los documentos solicitados para presentar en la cita de la solicitud de residencia por familiar comunitario. (CITA BARCELONA).
    Requiero un listado actualizado, ya que el más reciente aparece del 2016.

    Responder
  162. Camila

    Hola buenos dias!
    Mi nombre es Camila y vivì 7 anos en espana, y hace 5 anos que resido en Canada. Estoy casada con un ciudadano espanol, con el cual habiamos dejado la relaciòn, pero que finalmente la retomamos hace dos anos. Por tanto, y debido a la distancia, queremos volver a vivir juntos, pero yo ya he perdido mi residencia temporal en Espana (atribuida en la época por el matrimonio). mi pregunta es: Puedo volver a Espana y re-solicitar mi residencia temporal por conyuge de ciudadano de la union europea?

    Responder
    • AbogadosyMás

      Camila, no ha entrado tu consulta a través del cuestionario. Te hemos contestado por email.

      Responder
  163. Roberth

    Cordiales saludos, soy peruano con nacionalidad española me case en peru hace 4 años , ya inscribí mi matrimonio a mi hija en el consulado ya me entregaron el pasaporte de mi hija y el libro de familia, yo quiero viajar primero para preparar todo por allá, y ellas viajarán de pues (2 meses más o menos) que otros documentos adicionales deberían portar además de los pasaportes y el libro de familia. Agradezco de antemano la informacion.

    Responder
    • AbogadosyMás

      Roberth , entiendo que tu hija es española. Con lo que sólo necesitarás la residencia, si has leido este artículo verás que tienes toda la documentación que necesitas relacionada. A parte de reunir la documentación, lo más importante es que cumplas los requisitos económicos, tienes que tener un domicilio, estar empadronado y tener trabajo fijo o ahorros suficiente para mantener a tu familia durante un año.

      Responder
      • Roberth

        Una vez que llegue a españa debo empadronarme conseguir un trabajo y tener el piso que documentos debo mandar a peru para que viajen.
        Nesecitara algún permiso o carta poder para que viaje con la bebe.agradezco su información

        Responder
    • Mayte

      Hola buenas, soy casada con un esl tengo todos los documentos que me Piden pero fui directo a Girona en extrajeria y dice que debo tomar una cita por ininter pero no hay que paso puedo hacer? Ya que tengo una oferta de trabajo y en el seguro si mi NIE no me quiere colocar como beneficiaría de mi esposo solo mi hijo, nosotros somos de Venezuela pero vine con todo mis papeles en la oficina me hicieron el favor de tomar cita para el DNI de mi hijo sim problema si me podria ayudar por fabor

      Responder
  164. Fátima

    Hola buenas… Yo tengo la nacionalidad española desde febrero 2019… Quería saber si puedo solicitar la tarjeta comunitaria a mi marido el es extranjero residencial… Respuestas por favor gracias

    Responder
    • AbogadosyMás

      Fátima, la puedes solicitar siempre que reunas los requisitos para ello

      Responder
    • Cindy

      Hola soy cubana y estoy casada con un español hace 4 años y tengo mi residencia comunitaria.pero ya nos separamos y me quiero divorciar.quiero saber si lo hago pierdo la residencia o la puedo pedir por mi misma

      Responder
      • AbogadosyMás

        Cindy, si te divorcias pierdes la residencia comunitaria, pero puedes solicitar la modificación a régimen general. No explicas cuál es tu situación:
        1. Si no trabajas puedes pedir la modificación del régimen comunitario a la situación de residencia no lucrativa.
        Los requisitos son los siguientes:
        Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.
        No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
        Tener medios económicos necesarios para sufragar los gastos de permanencia y, en su caso, los de sus familiares, de acuerdo con las siguientes cuantías:
        Para su sostenimiento mensualmente el 400 % del IPREM,
        Para el sostenimiento de cada uno de sus familiares, el 100% del IPREM .
        Contar con un seguro público o privado de enfermedad concertado con una Entidad aseguradora autorizada para operar en España.
        2.Si trabajas puedes pedir la modificación del régimen comunitario a la situación de residencia y trabajo por cuenta ajena
        En este caso los requisitos son:
        Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.
        No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
        Estar en alta en el Régimen correspondiente de Seguridad Social como trabajador por cuenta ajena o cumplir los siguientes requisitos:
        Presentar un contrato firmado por el empleador y trabajador que garantice al trabajador una actividad continuada durante el periodo de vigencia de la autorización para residir y trabajar. La fecha deberá estar condicionada al momento de eficacia de la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena.
        Las condiciones fijadas en el contrato de trabajo se deberán ajustar a las establecidas por la normativa vigente. Si el contrato fuera a tiempo parcial, la retribución deberá ser igual o superior al salario mínimo interprofesional para jornada completa y en cómputo anual.
        El empleador deberá estar inscrito en el régimen del sistema de Seguridad Social y encontrarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
        Poseer la capacitación y, en su caso, la cualificación profesional legalmente exigida para el ejercicio de la profesión.
        El empleador deberá contar con medios económicos, materiales o personales suficientes para su proyecto empresarial y para hacer frente a las obligaciones asumidas en el contrato frente al trabajador.
        Si el empleador es una persona física deberá acreditar, una vez descontado el pago del salario convenido, el 100% del IPREM si no hay familiares a su cargo .
        Si la unidad familiar incluye dos miembros el 200% . Si la unidad familiar incluye más de dos personas se deberá sumar a la cantidad anterior el 50 % del IPREM por cada miembro adicional.
        Esperamos haber aclarado tu duda

        Responder
  165. ana

    Buenas tardes,
    Tengo la cita en extranjeria (BARCELONA) para la firma de la solicitud de residencia de familiar comunitario.
    Queria saber si con el resguardo que me entregaran el dia que tenga la cita puedo empezar a trabjar de forma legal o debo esperar a que me den la resolución del expendiente? de ser así en promedio cuanto tiempo tardan en dar resolución del expediente?
    Tomando en cuenta que soy estudiante y tengo NIE por estudios.
    Gracias

    Responder
    • AbogadosyMás

      Ana, efectivamente tiene que esperar a la resolución. Te dejo un enlace para que puedas consultar el tiempo medio que tardan las resoluciones. Pincha aquí Verás que en Barcelona la media es de un mes, pero depende del caso.

      Responder
      • Fran

        Hola, conozco un caso de ella de perú conoce tinerfeño ella va a la isla se casa dicen y tiene una hija en Tenerife.. Y dicen que no le conceden papeles de reciente imagino o la nacionalidad por nacer la niña lo es pero la madre no o si el caso que quiere tener los papeles en regla de España y no saben cómo hacer

        Responder
        • AbogadosyMás

          Fran, sentimos no poder contestarte, no acabamos de entender el motivo de tu consulta.

          Responder
  166. BEN ZAYDUN CHOEZ ESPINOSA

    Un saludo muy cordial, mi nombre es Zaydun Chóez soy de Quito-Ecuador. Mi novia de nacionalidad española (María Del Rosario Amadeo) y yo queremos contraer matrimonio. En el mes de junio (17 para ser exacto) fuimos al registro civil para sacar un turno para casarnos, previo a esto llevamos nuestra documentación: partida de nacimiento (en mi caso apostillada) certificado de soltería (apostillado) , pero nuestros papeles no fueron ingresados , pues primero ellos nos mencionaron que tenían que confirmarnos vía telefónica, dado que en el tiempo previsto no se comunicaron con nosotros, decidimos llamar y nos han comentado que el expediente aun no lo tenemos ingresado y para tenerlo debemos ir con los documentos mencionados mas el empadronamiento y el pasaporte , y ademas dos testigos. La cuestión es que yo no estoy en este momento en España, por tanto se dificulta hacer este tramite vía personal, ademas tenemos planificado casarnos a finales del mes de diciembre, pero si lo hacemos vía registro, el tramite se demorara , por esta razón y sabiendo que nos podemos casar de forma mas rápida por notario, queremos saber como y cual es el procedimiento? ademas sabemos que se puede casar con poder notarial, por tanto queremos preguntar: ¿Para agenda cita y tramitar el expediente se puede hacer con poder notarial?. Mi novia vive en la ciudad de La Marina en Elche, ella de forma insistente ha tratado de comunicare vía telefónica con ustedes , pero no ha podido , esperamos usted nos pueda orientar en lo que deberíamos hacer en nuestro caso, y también indicar el horario en que podríamos converse con usted vía telefónica. saludos María y Zaydum

    Responder
    • AbogadosyMás

      Tu novia nos ha contactado a través de través de facebook, puede que haya intentado contactar fuera de horario telefónico. Si deja mensaje, le devolvemos la llamada. En cualquier caso, habla con ella, como te digo ya la hemos atendido.

      Responder
  167. Guillermo Chifflet

    Hola.
    Soy uruguayo con ciudadania italiana, pasaporte italiano y Carta de identidad italiana.
    Mi esposa es uruguaya y nos casamos en Uruguay en el año 2006. Vivimos en España desde julio 2018. Yo tengo residencia legal en España. Mi esposa tiene residencia legal por 5 años.
    Mi esposa quisiera obtener el DNI Español y el Pasaporte Español. Debería inscribir mi matrimonio aquí en España o primero en Italia?
    Desde ya muchas gracias por su amable respuesta.

    Responder
    • AbogadosyMás

      Guillermo tienes que inscribir en italia. Para inscribir en España tienes que ser Español. Por otro lado para pedir la nacionalidad Española por residencia, se exige la residencia de la persona en España durante diez años de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición. Existen casos en los que el período de residencia exigido se reduce; estos son:

      Cinco años: para la concesión de la nacionalidad española a aquellas personas que hayan obtenido la condición de refugiado
      Dos años: para los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí.
      Un año:
      El que haya nacido en territorio español.
      El que no ejerció debidamente su derecho a adquirir la nacionalidad española por opción.
      El que haya estado sujeto legalmente a la tutela (bajo la vigilancia de un tutor), guarda o acogimiento (el acogimiento que permite la reducción de residencia legal a un año es aquél en que existe resolución de la entidad pública que tenga en cada territorio encomendada la protección de menores y los acogimientos que estén judicialmente reconocidos) de un ciudadano o institución españoles durante dos años consecutivos, incluso si continuare en esta situación en el momento de la solicitud.
      El que, en el momento de la solicitud, lleve un año casado con un español o española y no esté separado legalmente o de hecho.
      El viudo o viuda de española o español, si en el momento de la muerte del cónyuge no estaban separados, de hecho o judicialmente.
      El nacido fuera de España de padre o madre, (nacidos también fuera de España), abuelo o abuela, siempre que todos ellos originariamente hubieran sido españoles.

      Responder
  168. Alex

    Hola buenas tardes! Mi mujer y yo vivimos en España,yo soy residente con nie pero sin derecho de trabajar, mi esposa es española. Podría yo pedir una tarjeta comunitaria ya que mi mujer tiene la nacionalidad? Y si podemos hacer este trámite telemáticamente? Eso se hace en el gobierno o en policía Nacional? Gracias

    Responder
    • AbogadosyMás

      Alex, si tu mujer tiene nacionalidad Española puedes pedir la residencia comunitaria siempre y cuando cumplas el resto de los requisitos. El trámite es presencial.

      Responder
  169. SONIA

    Buenas
    Soy Brasileña y me he casado con un español. Deseo obtener la tarjeta de residencia y no se si en la oficina de extranjería debo pedir una cita por:
    FAMILIARES DE RESIDENTES COMUNITARIOS
    o
    POLICIA-ASIGNACION DE NIE.
    ¿para cual de las dos debo pedir la cita?
    Gracias

    Responder
    • AbogadosyMás

      Sonia si quieres pedir la residencia, tendrás que pedir cita para el trámite FAMILIARES DE RESIDENTES COMUNITARIOS. Aunque lo importante es que la documentación que presentes sea la correcta.

      Responder
      • Joseimis

        Hola presento el mismo caso de Sònia la diferencia es que soy Dominicana y tengo una hija que no es de mi esposo.. Entonces quiero saber si seria la misma cita para mi hija menor de edad y para mi?

        Responder
        • AbogadosyMás

          Joseimis, el trámite no es el mismo, con lo que tendrás que pedir dos citas.

          Responder
  170. Sonia

    Hola, me gustaría preguntar si son más rápidos los trámites para la residencia por matrimonio casándose en colombia o en España. Gracias!

    Responder
    • AbogadosyMás

      En los dos casos vas a tener que pasar entrevista. Si el está en Colombia, tal vez lo más rápido sería que os casarais en el Consulado.
      Si te casas en España la velocidad depende de lo saturado que esté el Registro Civil.

      Responder
  171. Rosana

    Hola, buenas tardes, en mi caso tengo NIe, por que tengo pasaporte Italiano, mi esposo es Venezolano, vivimos en España desde Diciembre 2018, escuché que él puede obtener pasaporte Español, a partir de cuántos años de estar en España? Gracias de antemano por la información!

    Responder
    • AbogadosyMás

      Rosana; para pedir la nacionalidad Española por residencia, se exige la residencia de la persona en España durante diez años de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición. Existen casos en los que el período de residencia exigido se reduce; estos son:

      Cinco años: para la concesión de la nacionalidad española a aquellas personas que hayan obtenido la condición de refugiado
      Dos años: para los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí.
      Un año:
      El que haya nacido en territorio español.
      El que no ejerció debidamente su derecho a adquirir la nacionalidad española por opción.
      El que haya estado sujeto legalmente a la tutela (bajo la vigilancia de un tutor), guarda o acogimiento (el acogimiento que permite la reducción de residencia legal a un año es aquél en que existe resolución de la entidad pública que tenga en cada territorio encomendada la protección de menores y los acogimientos que estén judicialmente reconocidos) de un ciudadano o institución españoles durante dos años consecutivos, incluso si continuare en esta situación en el momento de la solicitud.
      El que, en el momento de la solicitud, lleve un año casado con un español o española y no esté separado legalmente o de hecho.
      El viudo o viuda de española o español, si en el momento de la muerte del cónyuge no estaban separados, de hecho o judicialmente.
      El nacido fuera de España de padre o madre, (nacidos también fuera de España), abuelo o abuela, siempre que todos ellos originariamente hubieran sido españoles.

      Responder
  172. camilo garzon

    buenas noches mi pregunta es ; mi novia tiene nacionalidad española, y le dieron el DNI hace 18 días; y nos vamos a casar por la iglesia en lo próximos 20 días;
    ¿ es posible que me den la residencia a mi por casarme con ella por la iglesia ?
    aclarando que apenas llevamos pocos días de estar viviendo en España.

    Responder
    • AbogadosyMás

      Camilo, da igual que te cases por la iglesia que por lo civil.Cuando tengas el libro de familia puedes pedir la residencia siempres y cuando cumplas el resto de requisitos

      Responder
  173. Juan Miguel

    Buenas tardes, tengo dudas sobre el registro civil, hace un año, 7 de mayo 2018 me casé con una venezolana en su país Venezuela, en el estado de Zulia, el 28 de mayo venimos los dos a España, no empecé los tramites del registro en el consulado, porque el hombre que estaba no sabía hacerlo (dicho por él) y la que sabía un día antes de fue de vacaciones, y me dijo que puedo registrarlo en España, nos fuimos los dos a España y en el registro Civil de Jaén me dijo que documento entregar, con la situación del país, tardó en recibid los documentos apostillados y la entrega de todos los documentos y estando presentes mi mujer y yo, fue el día 26 de Octubre de 2018, estoy llamando al registro civil de Madrid cada dos por tres, y me dicen lo mismo, El expediente está en trámite, PERO NO ME DICE NADA MAS, pregunto cuanto tarda y su respuesta es la misma, no lo se, me gustaría saber cuanto tarda este tramite, y si se puede solicitar el NIE o TIE para que no tenga problemas, aunque tenemos el documento dado por el registro Civil de Jaén y la policía de mi pueblo me dice que no pasa nada, al tener estos documentos de que está en tramite, pero no quiero tener problemas por si llega un día un policía con los cables cruzados. Gracias.

    Responder
    • AbogadosyMás

      Juan Miguel, si lo hubieras presentado directamente en el Registro Central tardaría bastante menos, al tramitar desde Jaén tiene que ir a Madrid y volver con cada trámite, con lo que tarda bastante más. Tendrás que esperar.

      Responder
  174. Fabiana

    Soy Argentina y llevo casi 30 años en España, me case allí con un Español y tuvimos 4 hijos, ellos mis hijos tienen su nacionalidad Española, yo me divorcie hace 13 años y siempre renové mi NIE, ahora hace 2 años me volví a casar con otro español y porque cobra una ayuda me la denegaron. Tengo piso propio que pagamos la hipoteca con mi ex, trabaje, y tengo seguridad social y cuenta bancaria, como se entiende. Por favor nesecito alguna solución. Gracias

    Responder
    • AbogadosyMás

      Fabiana, para contestarte habría que ver que documentación presentaste, si era suficiente. Ver la resolución y estudiar que posibilidades tiene de prosperar el recurso. Necesitas un abogado. A través de los comentarios del blog no podemos ayudarte. Completa el formulario de contacto

      Responder
  175. Susanna

    Hola buenas tardes, tengo una consulta rápida. Soy española, viviendo en Holanda y me mudaré con mi marido peruano a España. Tengo claro cómo funciona todo, pero tendremos que mostrar que disponemos de recursos suficientes porque estaremos sin trabajo. Es suficiente mostrar un estado de cuenta y ahorros? Y también: es necesario traducirlo si está en holandés o inglés?

    Responder
  176. Marcus

    hola un saludo, soy Ecuatoriano , mi novia es Española, en el mes de diciembre contraeremos matrimonio en España, ya hemos presentado nuestro papeles nuestro papeles, quiero preguntarles luego de inscrito el el matrimonio en el registro civil, que trámites se debe hacer para solicitar la tarjeta de residencia?

    Responder
    • AbogadosyMás

      Marcus, Cuando tengas el libro de libro de familia puedes solicitar la residencia comunitaria. Hay que solicitar cita y preparar la documentación

      Responder
  177. Amal

    Si una mujer casada con un hombre conseguido a una nacionalidad española y la pareja de mismo país (argelia) cuando puede quitarla la resedencia comunitaria y en que casos puede hacerlo si él querrá divorcio

    Responder
    • AbogadosyMás

      Amal, no se si termino de entender, pero si te divorcias, pierdes la residencia comunitaria.

      Responder
  178. Eribeth Núñez

    Hola buenas noches, tengo una duda, estuve leyendo los comentarios pero veo que nadie hizo una similar. Luego de que se ingresan los requisitos para optar por la residencia por familiar comunitario (cónyuge) cuanto demorarían en dar respuesta de si la aprueban o rechazan (en Galicia por ejemplo) y si en dado caso la aprueban, cuanto demoran en darte la tarjeta de familiar comunitario, de antemano gracias, saludos.

    Responder
    • AbogadosyMás

      Eribeth, Galicia, resuelve bastante rápido en general, puedes consultar en este enlace los tiempos medios de resolución de expedientes.

      Responder
  179. Lenner

    Hola soy cubano y tengo residencia por bisnieto de español, mi pregunta es… me puedo casar con mi pareja y que el obtenga residencia tambien para que pueda vivir y trabajar en españa conmigo… les agradeceria la informacion, o quizas algun abogado que me haga todos los tramites y los pago. Gracias

    Responder
    • AbogadosyMás

      Lenner, cuando estés casado y tengas el matrimonio inscrito puedes pedir la residencia. Si necesitas un abogado puedes completar el formulario que encontrarás en el enlace https://www.abogadosymas.es/contacto

      Responder
    • Gabriel

      Buenas, mi consulta es la siguiente. Soy uruguayo y mi mujer uruguaya también tiene un permiso de residencia q obtuvo por su padre, ya han pasado los 3 años y yo ya puedo realizar el trámite para la residencia. Mi inquietud es q me han dicho q ese permiso me habilita a residir, pero no a trabajar, y q debería esperar 5 años mas para poder obtener ese permiso. Es correcto esto? Espero haberme hecho entender en la consulta. Gracias

      Responder
      • AbogadosyMás

        Gabriel parece que lo quieres solicitar es el permiso de residencia por arraigo social.
        Para obtener la residencia por arraigo social debes cumplir los siguientes requisitos

        1. Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.
        2. No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
        No encontrarse, en su caso, dentro del plazo de compromiso de no retorno a España que el extranjero haya asumido al retornar voluntariamente a su país de origen.
        3. Haber permanecido con carácter continuado en España durante un periodo mínimo de tres años. Para que este requisito se cumpla, las ausencias de España durante este período no pueden superar los 120 días.
        4. Tener vínculos familiares (cónyuge o pareja de hecho registrada, ascendientes o descendientes en primer grado y línea directa) con otros extranjeros residentes o con españoles.
        5. Contar con un contrato de trabajo firmado por el trabajador y empleador, para un periodo no inferior a un año. La empresa o el empleador deben encontrase inscritos en la Seguridad Social, así como hallarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

        Uno de los requisitos es que tengas contrato de trabajo por un periodo mínimo de un año, con lo que si te dan el permiso podrás trabajar.

        Responder
  180. Marta

    Buenas noches, de antemano agradecerles su ayuda, la verdad, son unos excelentes orientadores y profesionales, mi pregunta es la siguiente, mi hermano se casó en Perú con una chica española hace 7 años y inscribieron el matrimonio, en España, que requisitos tiene que traer mi hermano de Perú, para poder venir a España a hacerse el NIE o documentación por agrupación familiar directa ya que su esposa, que es la que viajaba allá, quiere ya que el se quede en España, muchas gracias.

    Responder
    • AbogadosyMás

      Marta, en el post se explica la documentación y los requisitos que debe cumplir para solicitar la residencia. Si tu hermano quiere que le ayudemos con el trámite, puede contactar con nosotros. Si tiene intención de quedarse hay que tramitar la residencia tan pronto llegue, con lo que es conveniente prepararlo todo antes y tomar la cita.

      Responder
      • Marta

        Ok ustedes me pueden dar un teléfono o algún medio, para contactar.
        Gracias.

        Responder
      • Marta

        Hola perdona la tardanza, quisiera un número de teléfono, para poder contactar con ustedes gracias.

        Responder
        • AbogadosyMás

          Marta, si quieres contactarnos puedes completar el formulario de contacto o llamarnos al +34960072759

          Responder
  181. EDGAR VILLA

    En Agosto del año pasado me casé en Ecuador, yo tengo la doble nacionalidad y traje el acta de matrimonio y la ingresé en el registro civil En la central, lo hice en Diciembre y me dijeron que tardaría un año y como quiero traerla a mi esposa decidí iniciar el tramite de reagrupación en régimen general, la documentación la ingresé el 4 de marzo de este año me dijeron que en 5 meses me lo resolverian y el lunes de esta semana me dieron el certificado de matrimonio y el libro de familia y ahora mi duda es…? Debo iniciar una reagrupación familiar por régimen comunitario y anular la que solicité por régimen general..? Puedo viajar a Ecuador y con los documentos q me entregaron regresar a España con mi esposa sin necesidad de solicitar una VISA..? GRACIAS

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola, Edgar no es necesario anular nada. Si tienes el libro de familia pide la residencia comunitaria. En cuanto a lo de viajar a Ecuardor, no termino de entender, ella está en España o en ecuador?

      Responder
      • EDGAR VILLA

        Ella se encuentra En ecuador pero no puede viajar a España sin visa…mi pregunta es si yo puedo viajar con ella desde ecuador a España sin necesidad de visa solo con el documento del registro civil de Madrid.

        Responder
  182. JUAN JOSE ARCE

    Hola
    Soy español y me casé recientemente en nicargua, fuimos a inscribir el matrimonio por medio de un representante en la embajada española en Mangua, pero le dijeron que ahi no se podía inscribir.
    Yo ahora no tengo posibilidad de viajar por mativos laborales y por tener un hijo menor de matrimonio anterior.
    Aqui en España me dicen que el matrimonio se podría inscribir aquí pero con presencia de los dos.
    Me podrían decir por favor la mejor salida para la inscripción a través de un representante legal o las posibilidades de traer por otros medios a mi esposa en caso de no ser posible y después inscribir el matrimonio aqui.
    Muchas gracias por todo un saludoi

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola Juan José, podemos encargarnos de la gestión ante el Registro Civil Central sin necesidad de que esteis presentes. Te contaremos por email.

      Responder
  183. Miriam

    Hola soy Miriam , de nacionalidad paraguaya , me he cansado con un ciudadano español por civil y quería saber los pasos a seguir para solicitar la tarjeta de residencia

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola Miriam, si ya tienes el libro de familia, resides en España y reunes el resto de los requisitos puedes pedir cita y preparar la documentación.

      Responder
  184. Susanna

    Buenas tardes,
    Soy española viviendo en Holanda. En Septiembre me mudaré a España con mi marido Peruano. Si es que no encontramos trabajo antes de ir, vamos a buscarlo ahí (tenemos suficientes recursos), pero todavía no sabemos donde vamos a vivir, porque depende del trabajo que encontremos. Si es que vamos a por ejemplo Barcelona, pero encuentro trabajo dentro de un mes en Madrid, nos podemos mudar aunque todavía no han dado la tarjeta comunitaria por matrimonio a mi marido? O es necesario quedarse en la misma ciudad/provincia hasta que entregan la tarjeta?
    Muchas gracias.

    Responder
    • AbogadosyMás

      Susanna, tienes que estar empadronada en la Provincia en la que realices el trámite. Si tienes previsto ir a Madrid es mejor que tramites todo allí

      Responder
  185. Diego

    Hola,

    Soy español me quiero casar con mi pareja Cubana y por motivo de Visa/Papeles ella no puede venir a España.

    Por lo que me dijeron en el Ministerio de Asuntos exteriores es mas rapido inscribirlo en España (Registro Civil Central) que en el Consulado Español en Cuba , es realmente asi???…Cuanto se demora realmente ? Ustedes realizan estas gestiones ?

    Un saludo,

    Diego

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola Diego, la consulta ha entrado también a través del formualario de contacto. Te hemos contestado por email.

      Responder
  186. Sofía Sosa

    Hola buenas. Mi nombre es Sofía, dado que estás contestándole a todos tan amablemente me dieron ganas de sacare la duda, espero no extenderme mucho y no hacer que pierda usted su tiempo.

    Le explico detalladamente para que no quede algún detalle en el camino que pueda ser primordial… mi abuela (por parte de madre) era española, mi señora madre cuando era menor me hizo los trámites para tener la nacionalidad así que como ella por su madre la tenía. Si mal no recuerdo en 2001 nos fuimos a España.

    Mi padre es uruguayo, lo que quiere decir que fue a cargo de mi madre, por agrupación familiar, hicieron todos los trámites, estaban casado, fue su primer y único matrimonio. Residimos allá hasta 2014 (intermitente, pero no de más de 6 meses), si no me fallan los cálculos posiblemente en total hayamos residido 6 o 7 años, o quizás más. Mi padre estaba legal, tiene su NIE, gracias a ello es que pudo trabajar, lo cuál también está registrado por lo cuál hoy en día cobra una pensión jubilatoria fusionando los años que trabajó en Uruguay con los que trabajó en España.

    Mi madre fallece en 2010, nosotros estábamos viviendo allí, yo aún era menor 14 años, y mi padre decide volver a Uruguay. Yo a día de hoy por no aceptar la nacionalidad después de la emancipación la perdí, pero no tendría problema gracias a que con un año de residencia según me informaron me la devolverían.

    Antes de eso el 29 de Diciembre de 2012 (yo aún siendo menor) nos vamos para España con mi padre a mi cargo. Mi padre en ese entonces ya estaba jubilado. Vivimos allá hasta el 16 de Enero de 2014. Mi padre en aquel entonces empezó a la autorización residencia temporal circunstancias excepcionales, eso fue en 2013 y no llegó a terminar la tramitación por lo tanto supongo eso quedó todo anulado.

    En fin… mi pregunta es después darle todos esos datos de nuestra situación, ¿cuál es la situación de mi padre para tramitar la residencia? porque yo me puedo ir tranquilamente (o eso se supone), pero él, siendo viudo, casado a la fecha del fallecimiento, cobrando una pensión de viudedad de España y una jubilación conjunta de Uruguay-España, ¿cómo de difícil es el trámite para que lo dejen residir en España sin mayor problema?

    Espero con ansias su respuesta, desde ya muchas gracias.

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola Sofía, la situación de tu padre es similar a la tuya, el viudo o viuda de española o español, si en el momento de la muerte del cónyuge no estaban separados, de hecho o judicialmente, puede adquirir la nacionalidad con un año de residencia legal. La cuestión es si podeis obtener la residencia. Como te digo habría que estudiar el caso.

      Responder
      • Sofía

        Disculpa, no quisiera seguir molestando pero me surge otra duda, que es urgente. Mi padre ya tramitó el permiso de residencia y se lo concedieron, como ya le dije (creo) lo tiene vencido. Mi duda es, ¿si él va a España (con visa de turista) y allá intenta renovarlo, podría?
        Y la otra duda es, ¿con una vida de turista puede ir mi padre a España a tramitar los papeles de residencia (como ya lo hizo en 2012, cuando yo era menor y ciudadana española)? entiendo que esta vez tendría que tramitarlo en otros medios, no sé si es válido que le concedan la residencia como tal, no la nacionalidad, por ser viudo de española, y cuánto es el tiempo estimado del trámite, más que nada para estar dentro de la legalidad mientras lo tramita. Nuestro destino sería Gran Canaria. Espero pueda responder mi duda, se nos hace imposible comunicarnos con un abogado en España por tanto mi único recurso es ser un poco pesada e insistir con información a usted. Gracias.

        Responder
        • AbogadosyMás

          Sofía, tal y como dices tendrías que buscar otra vía.Al ser viudo ya no cumple los requisitos y no puede solicitarla como residente de familiar comunitario.El régimen comunitario se aplica a los cónyuges o parejas de hecho registradas, no a los viudos o viudas, ya que al fallecer tu madre, no hay matrimonio. En el caso de que hubiera vivido en España en régimen comunitario cuando falleción tu madre,si podría haber conservado la residencia, pero no es el caso, ya que no vivis aquí.

          Responder
  187. Carlos G. Alvarez

    Mi hija esta casada con un hondureño, han solicitado la residencia y se la han negado dos veces , han presentado todos los documentos en regla, ahora parece que hay que hacer un recurso de casación , ellos tienen una cuenta con el dinero necesario que piden pero llevan casi un año esperando y la cuenta baja. que se puede hacer por que los están perjudicando, el ya ha perdido dos ofertas de trabajo y una beca para un máster en la universidad.

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola Carlos, si ya habeis presentado la documentación poco se puede hacer. Si os la han denegado es porque no cumplíais los requisitos.
      ¿Seguro que es un Recurso de casación? Para decirte que puedes hacer tendríamos que examinar tu expediente. ¿Tienes abogado?

      Responder
  188. Arturo Rodríguez

    Hola, mi nombre es Arturo, soy cubano casado hace 10 años con una ciudadana española, de nacionalidad cubana, después de un largo proceso para inscribir el matrimonio en la embajada española en Cuba, después de visado, etc, viajamos hacia Lorca, Murcia hace un mes, ya mi esposa está trabajando y con toda la documentación en regla, estamos aplicando para mi residencia y me dicen q el certificado de matrimonio emitido por el consulado de fecha octubre 2018 es muy antiguo y que tengo que solicitar uno a Cuba más reciente, aún con el libro de familia y absolutamente toda la documentación en regla?, Que término de vigencia tiene esa certificación?, saludos.

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola Artura, el perido de vigencia es de 3 meses. Si tienes el caducado, podemos solicitarlo en el Registro Civil Central,será más rápido que solicitarlo a Cuba. Te dejo un enlace al formulario de contacto. https://www.abogadosymas.es/contacto

      Responder
  189. Juan ramon

    Hola buenas tardes soy ciudadano español y recientemente me casé en la r.dominicana ya entrege los papeles en el registro civil pero mi pregunta es ella debe esperar allá o puede venir sin poblema alguno o necesita una visa

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola Juan Ramón, puede venir con visado de turista. Hasta que no tengais el libro de familia no puedes solicitar la residencia. Con lo que no podrá trabajar.

      Responder
    • Enrique baltar

      Hola buenas tardes mi pareja de nacionalidad venezolana tiene 6 meses aquí en españa y solo tiene pasaporte , logro conseguir un precontrato para poder solicitar el permiso de trabajo y lo llevo a extranjería donde Le informaron que no era posible, q tenía que haberlo solicitado estando en Venezuela que ya aquí no era valido por que no tenía nexo alguno con alguien perteneciente a la comunidad europea.

      Quiero saber que otras opciones hay para que pueda trabajar y residir legalmente aquí

      Gracias

      Atento a sus comentarios

      Responder
      • AbogadosyMás

        Hola, Enrique, si estais inscritos como pareja de hecho, en su momento puede solicitar la residencia como famiiar Comunitario,m siempre y cuando cumpla el resto de requisitos.

        Responder
  190. Marlin Caballero Lopez

    Hola buenas tardes, necesito saber algo, muy pronto me casaré con un español yo soy hondureña, mi pregunta es, al estar casada puede mi esposo con una autorización firmada mía y del padre d mis niños viajar a mi país a traer a mis niños?

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola Marlin, no basta con cualquier autorización, tienes que realizar el trámite anter el Consulado de Honduras. Te dejo un enlace a la autorización http://consuladohondurasbcn.es/tramites/autorizaciones-para-menores-de-edad-2/autorizacion-para-salida-de-menor/
      Debes pedir cita en el consulado, además de la autorización, debes aportar:

        2 Fotocopias del pasaporte hondureño únicamente la hoja de la información personal y la foto del padre/madre que vive en España.
        Fotocopia de la partida de nacimiento del menor.
        Fotocopia del pasaporte del menor únicamente la hoja de la información personal y la foto.
        Dirección completa del menor en Honduras o del país donde actualmente reside.
        Fotocopia del pasaporte únicamente la hoja de la información personal y la foto de la persona a quien se autoriza para viajar con el menor.

        Para que un hondureño menor de 21 años pueda viajar fuera de Honduras, debe contar con la autorización de sus padres. Este documento se extiende en el Consulado. Cuando lo tengas debe enviarlo a Honduras a la Secretaría de Relaciones Exteriores ( en Tegucigalpa) para que se la autentiquen(legalización) y luego deberás presentar la autorización de salida debidamente legalizada el día de su viaje a las autoridades de Migración de Honduras (en el aeropuerto).
        El coste es de 50 Dolares.

      Responder
  191. Pedro

    Hola. Soy Argentino casado con italiana y queremos residir en España. Ya inscribimos el matrimonio en el consulado italiano y ya tenemos el acta emitida por la comuna correspondiente.
    Estamos a punto de hacer el trámite para mi residencia temporal y tenemos toda la documentación que requieren.
    La consulta es respecto a la demostración de que podemos valernos por nuestros medios porque aun no trabaja ninguno de los dos.
    ¿nos exigen algún monto mínimo? O simplemente mostrando diversos recursos por los cuales podemos obtener ingresos nos alcanza.
    Muchas gracias por todo

    Responder
    • AbogadosyMás

      Pedro, eso depende del funcionario, que es quien lo va a valorar, varía un poco de un sitio a otro, los abogados que van habitualmente a presentar, conocen a los funcionarios y saben que les tienen que llevar, y en caso de duda se lo consultan, para evitar denegaciones.

      Responder
  192. Martin

    Hola, quisiera consultar sobre los medios economicos a presentar. Mi esposa es española, esta de paro y yo soy argentino. Que se puede hacer para que yo obtenga la tarjeta comunitaria y pueda comenzar a trabajar? Es posible bajo estas circunstancias para tramitar la tarjeta?

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola, Martín es posible si disponeis de ahorros, o de ingresos justificables.

      Responder
  193. Yoli

    Hola buenas tardes.
    Mi consulta es la siguiente:
    Mi hermano se ha casado con una dominicana,en la republica.Alli mismo en el consulado español le dieron el libro de familia español y el visado a ella.
    Ya estan aqui en españa.
    Como a de solicitar la tarjeta comunitaria o nie?

    Responder
    • AbogadosyMás

      Yoli, tiene que recopilar toda la documentación necesaria, que varía en función de tus circunstacias y pedir cita.
      Si quieres podemos revisarte la documentación y solicitarla nosotros. O derivarte a un abogado de tu zona para que te ayude con el trámite. Te dejo un enlace al formulario de contacto de la web https://www.abogadosymas.es/contacto

      Responder
  194. Gregorio Gallego

    Hola Buenos dias. Lo primero agradecer enormemente su blog, donde ofrecen muchisima ayuda.
    Mi caso es que me case en la ultima Semana Santa e inscribimos toda la documentacion en el consulado español en Rio de Janeiro. Nos daran el libro de familia en agosto segun nos informaron. En octubre ella vendra a España y tenemos previsto pedir la tarjeta de residencia en los primeros dias de octubre. Ella estara en España 3ó4 meses y volvera a su pais por razones de trabajo. Volvera a España en abril/mayo para quedarse y vivir definitivamente en España.
    Como ha estado viniendo en varias ocasiones ella esta empadronada conmigo en mi vivienda habitual, hace un año aproximadamente.
    Mi pregunta es si despues de concederle la tarjeta de residencia y salir de España para dejar resuelto todo en su pais antes su incorporacion definitive unos 4 meses despues, perderia la tarjeta de residencia?

    Muchas gracias por su ayuda.

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola Gregorio, en caso de autorización de residencia temporal, que es lo que tendrá en su momento tu esposa, la residencia se pierde por la ausencia superior a 6 meses en el periodo de 1 año contado de fecha a fecha.

      Responder
  195. Raúl

    Hola buenas tardes, tengo una duda y agradeceria mucha su ayuda. Yo soy español y mi esposa salvadoreña, ya contamos con el libro de familia (solicitado en el consulado de el salvador) y hemos planeado vivir en vigo, galicia. Ambos hemos sido admitidos en la UVIGO y estudiaremos un master por tanto me aplicarian los requisitos como un estudiante. Mi pregunta es la declaración responsable a que se refiere exactamente? Ya no hay que demostrar entonces los ingresos o si? En caso si tengan que demostrarse serian aceptadas cuentas bancarias compartidas?

    Responder
    • AbogadosyMás

      Raúl, acabamos de colgar un modelo de declaración responsable, para que entiendas en qué consiste, te dejo aquí el enlace. Creo que así te quedará más claro.

      Responder
      • Raul

        Ese modelo de declaracion lo debo llenar yo como español o ella como solicitante (salvadoreña-esposa de español?)

        Responder
      • Luis

        Hola Raul, yo estoy en proceso de Casarme en El Salvador y estamos ahora investigando lo de los documentos, proceso, tiempo estimado…
        Estariamos muy agradecidos contigo si nos pudieramos comunicar y ver si nos puedes ayudar con tu experiencia y en el mismo pais.
        Gracias.
        Estaremos muy pendientes y os deseamos mucha suerte, hasta luego Raul

        Responder
    • Luis

      por que no ne dejan contactar con Raul?

      Responder
      • AbogadosyMás

        Luis, no es un foro. Con lo que no vas a poder contactar ni contestar a otros usuarios. Lo lamento.

        Responder
  196. Jesús

    Hola soy español y hace 3 semanas me casé con mi mujer que es Argentina, tenemos libro de familia. Mi pregunta es qual sería el siguiente paso para pedir la tarjeta de identificación de extranjero

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola Jesús, supongo que ella también está en España, si es así recopilar toda la documentación necesaria, que varía en función de tus circunstacias y pedir cita.
      Si quieres podemos revisarte la documentación y solicitarla nosotros. O derivarte a un abogado de tu zona para que te ayude con el trámite. Te dejo un enlace al formulario de contacto de la web https://www.abogadosymas.es/contacto

      Responder
      • Jesús

        Hola si ella está en España desde hace un año y 4 meses. Cuál sería la documentación necesaria. Ella no tiene el nie

        Responder
    • Aleida

      Hola , para solicitar la tarjeta comunitaria, se presenta el libro de familia o el certificado de matrimonio

      Responder
      • AbogadosyMás

        Aleida, te hemos contestado por email.

        Responder
  197. María Magdalena Celorio rosado

    Hola… Soy ecuatoriana y me e casado hace un mes, y soy residente legal, mi marido es español, que debo tramitar primero, la nacionalidad española.. O la tarjeta comunitaria.. A que tengo derecho, porfavor que me sugieren

    Responder
    • AbogadosyMás

      María Magdalena, la residencia la puedes pedir ya, para la nacionalidad necesitas un año de residencia legal.

      Responder
  198. Gabriel

    Hola muy buenas.. tengo una consulta y no la he encontrado entre tantas que hay.. Estoy casado con una española ya 3 años y tengo la Tarjeta Comunitaria.
    Me van a contratar para un trabajo con un salario alto pero solo 6 meces. He visto que tengo que cambiar la tarjeta comunitaria que me la dieron al casarme por una tarjeta de régimen general,¿es así?
    Desde ya muchas gracias

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola Gabriel, creo que estás confundiendo las cosas. Si tienes tarjeta comunitaria te permite trabajar. Si te han dicho que te van a dar de alta en régimen general, se refieren a que te van a dar de alta en la Seguridad Social. No tiene nada que ver con el permiso de trabajo.

      Responder
      • Gabriel

        Vale.. muchísimas gracias

        Responder
  199. Daniela Negrín

    Hola,
    Soy cubana nacionalizada española y casada con mi pareja, que también es cubano, desde Cuba. Vivo en España con mis suegros desde hace dos años. Desde hace más de un año presenté la inscripción del matrimonio en el Registro Civil Central de Madrid, pero aún está en trámite. Ya a los dos nos hicieron la entrevista. Mi esposo vive en Cuba y ya tiene el visado para venir y reunirse conmigo. Viviríamos con sus padres hasta que podamos independizarnos. Dado que a su llegada tenemos que solicitar la tarjeta comunitaria para él, me saltan algunas dudas relacionadas con mi situación actual. Mi esposo tiene 27 años y yo 24 y nunca he trabajado, porque acabo de graduarme. Tengo la seguridad social cubierta por ser menor de 26 años. Tengo también una cuenta con fondos suficientes para acreditar el requisito económico. Mis dudas son las siguientes: 1- ¿Puede solicitar la tarjeta aunque todavía no esté concluido el trámite de inscripción del matrimonio? 2- ¿Puede mi esposo ser mi beneficiario en la seguridad social o necesita tener un seguro privado de salud? 3- ¿De necesitar un seguro médico, sería sólo para él? ¿Al vivir con mis suegros en el mismo núcleo familiar, se tendrían en cuenta también sus ingresos? Estaría muy agradecida con una respuesta.
    Un cordial saludo,
    Daniela

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola Daniela, en principio hay que esperar a la resolución ya que puede venir denegada. En ocasiones y bajo determinados supuestos se puede presentar sólo con la solicitud, pero no parece que sea tu caso.
      Si quieres un abogado puede reviar tu expediente. ¿La inscripción la hiciste directamente en el Registro Civil Central? Me parece demasiado tiempo, si lo haces desde otro Registro se suele demorar bastante, pero si has presentado en Madrid me parece demasiado, a nosotros como mucho nos lleva 3 meses conseguir el libro de familia.

      Responder
      • Daniela Negrín

        Buenas tardes,
        Ante todo gracias por su pronta respuesta. Tenía entendido que por el
        RD 987/2015 que modificó el régimen comunitario tenía derecho a que mi esposo solicitara la tarjeta como pareja estable mientras la inscripción se encontrara en trámite. De hecho le han concedido el visado sólo aportando el resguardo junto a la certificación de matrimonio cubana.¿ No es así ? El expediente lo presenté en el registro civil central de Madrid. A mi me entrevistaron en enero de este año aquí y a él en el consulado de la Habana en marzo pero todavía sigue en trámite. Os agradecería una respuesta para el resto de mis preguntas. Saludos y gracias nuevamente.

        Responder
    • Jose Manuel

      Hola me gustaria hacer una consulta. Soy ciudadano español ya mi esposa esta en espera del visado en republica dominica. Cuando ella este aqui en españa quiero solicitar la tarjeta comunitaria. Estube trabajando en una ETT. por 3 meses y ahora me contrato la empresa pero me isieron un contrato por 3 meses .no tendre ningun problema al presentar ese contrato para solicitar la tarta comunitaria a mi esposa.

      Responder
      • AbogadosyMás

        Jose Manuel, debes tener recursos para mantener a tu familia, si tienes un trabajo en una ETT de 3 meses pueden considerar que no es suficiente, pero eso depende del funcionario

        Responder
  200. Marina Gozález

    Buenas tardes y de antemano le agradezco enormemente su ayuda. Solicité tarjeta de residencia de familiar comunitario. Me denegaron la solicitud porque no logré acreditar un requisito. Pude haber recurrido pero se me pasó el plazo de un mes porque me fue muy difícil conseguir la documentación. Me dijeron que esa denegación ya es firme. Ahora que tengo toda la documentación, ¿puedo volver a solicitar la tarjeta iniciando el procedimiento desde cero? ¿o solo se permite una vez? Muchas gracias por su ayuda 🙂

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola, Marina, si ahora cumples los requisitos los puedes volver a solicitar. Pero no está demás que revise tu caso un abogado para que no te vuelva a pasar y te deniguen por otro motivo. Si quieres que revisemos tu caso completa en formulario https://www.abogadosymas.es/contacto

      Responder
  201. deisy ramos

    hola,soy hondureña casada con residente español desde noviembre del 2015 ,vine a españa en septiembre 2016 convivimos juntos hasta mayo 2018 ,sigo casada legalmente con el pero ya no estoy empadronada en su domicilio,mi tarjeta de 5 años caduca en octubre del 2021,pregunto puedo perder la tarjeta comunitaria , puedo solicitar la nacionalidad,que tengo que hacer ante esta situacion .gracias

    Responder
    • AbogadosyMás

      Deisy, entiendo que estás separada, si no cumples los requisitos cuando llegue la renovación puedes perder la residencia. Para saber que opciones habría que estudiar con detalle tu situación.
      Te dejo un enlace al formulario de contacto https://www.abogadosymas.es/contacto, y nos explicas tu caso con más detalle

      Responder
      • Beatriz

        Hola,soy Beatriz colombiana casada con un ciudadano español nos casamos en Colombia tenemos el matrimonio registrado en el consulado de España en Hamburgo como solicito el pasarte español? Gracias

        Responder
        • AbogadosyMás

          Hola Beatriz, si vives en Hamburgo, puedes pedir la residencia comunitaria. Pero para obtener el pasaporte, tienes que solicitar la nacionalidad, y para eso el necesarios un años de matrimonio y residencia legal en el España.

          Responder
  202. Gloria

    Buenas tardes soy colombiana me case con un español en mi pais, estoy en españa desde junio del 2018, presentamos los documentos con una abogada en ourense, ya nos dijo que los habia aceptado mi pregunta es cuanto tiempo demora la residencia y como hago para solicitar el dni y estar afiliafa a la salud por medio de mi esposo que es pensionista, tenemos el libro de familia,yo deseo trabajar pero sin el dni no me admiten, por favor deseo que me orienten, gracias por leer mi mensaje

    Responder
    • AbogadosyMás

      Gloria, si has presentado los papeles con otro abogado tendrás que preguntarle a quien te lo ha presentado, ya que ella sabrá en que estado está el expediente. Nosotros mantenemos siempre informados a nuestros clientes del estado de los trámites. Ella debería hacer lo mismo. El tiempo de resolución varía. Tenemos casos resueltos en poco más de un mes y otros que tardan un poco más, depende.
      En cuanto al resto de tus preguntas, no puedes trabajar hasta que no resuelvan la residencia.

      Responder
  203. Alexandra

    Hola soy Venezolana de 28 años, con nacionalidad española, la cual perdi a los 21 años. Tengo un mes que me vine a vivir a España, estoy a la espera del DNI pero me dieron 3 días para ver si puedo o no adquirirlo porque en la partida literal sale el registro de la perdida de nacionalidad. Están esperando respuesta mañana del registro civil de Madrid si me lo pueden entregar o no, la pregunta es si mandaron de Madrid esa partida literal y también dice que es solo para efectos de la obtención del DNI por que no me lo entregaron inmediatamente?

    Responder
    • AbogadosyMás

      Alexandra, lo que cuentas no es lo habitual, si acudes a obtener el Dni con la documentación necesaria y entre ella un certificado de nacimiento en vigor en el que conste que se expide a los efectos de obtener el dni, te lo entregan en el acto. ¿Constaba en el certificado la resolución concediendo la nacionalidad? Por lo que cuentas, puede ser que haya algún tipo de anomalía en el certificado, y de ahí que haya que consultar al Registro.

      Responder
  204. Thalía

    Buenas tardes hace dos meses nos casamos mi esposo y yo, el es ciudadano español y queremos ir a España en estos momentos vivimos en cuba. Quisiera saber cuáles son los trámites que necesitamos hacer. Si fuera tan amable y me indicara porfavor

    Responder
  205. Iris

    Hola buena soy española tengo 25 años. Y estoy iniciando el expediente de matrimonio con mi novio marroquí el nunca a podido venir a España debido al dinero que exigen., El 20 de agosto ya le entrevistan a el ,en el consulado español de Casablanca. Tengo un trabajo que ganó entre 400 y 500 euros al mes, vivo con mi madre y hermano cobran un sueldo mayor al mio. Vivimos en una casa alquilada sin contrato. Ahora en julio me voy a vivir con el a Marruecos . Y dejo todo. Cuándo empiece hacer su parte de expediente, después con nuestros ahorros . podría volver con el a España a buscar casa de alquiler para los dos y un contrato de trabajo porque estamos con los trámites de matrimonio y le concederían el permiso para venirse conmigo ? , O hasta que estemos casados puede venirse a España conmigo ? Sin ningún tipo de impedimento por la situación actual que tendria ? Me gustaría saber si el puede estar conmigo en España para poder juntos resolver todos los pasos que nos quedan después del matrimonio . Que es lo que necesito .gracias, un saludo .

    Responder
    • AbogadosyMás

      Iris, si te casas puede venir contigo, pero cuando llegueis tendreis que solicitar la residencia para él, pero debeis acreditar ingresos o ahorros, con lo que tendrás que tener trabajo o ahorros suficientes para poder manteneros durante un tiempo.

      Responder
  206. Nathali

    Hola yo soy española y mi esposo es cubano nos casamos en Cuba e inscribimos el matrimonio en consulado de españa en La Habana ahora residimos en España pero aun no se ha presentado en extrangeria porque yo no encuentro trabajo aun ¿qué pasará si no se presenta antes de los tres meses?

    Responder
    • AbogadosyMás

      El estará en situación ilegal, aunque en principio no deberías tener problemas. Aunque no tengas trabajo si dispones de ahorros suficientes puedes solicita la residencia. Te dejo un enlace al formulario de contacto https://www.abogadosymas.es/contacto, por si necesitas en algún momento que un abogado estudie tu caso.

      Responder
  207. Francisco

    Hola,

    en 2015 mi mujer (colombiana) obtuvo la tarjeta de residencia de familiar comunitario al ser mi pareja de hecho. Hace dos años nos fuimos a Canadá por razones laborales y regresamos hace un mes. Por lo que entiendo la tarjeta de mi mujer está vencida por pasar más de 6 meses fuera. ¿Qué debe hacer? ¿Debe renovar la tarjeta antes de que pasen 90 días desde su entrada? ¿Debe solicitar una nueva tarjeta de familiar de comunitario? ¡Gracias!

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola Francisco, si habeis estado dos años fuera ha perdido la residencia, por lo que tendrá que solicitarla nuevamente.

      Responder
  208. Andre

    Hola soy venezolana me case con un ciudadano europeo (italiano) aún no tengo el acta de matrimonio apostillada , ya casi cumplo los 3 meses legales aquí en España , pero no tengo aún los documentos apostillados que certifiquen mi matrimponío, debo retornar a mi país Hasta tenerlos o no hay problema si superó los 90 días ??

    Responder
    • AbogadosyMás

      Parece que has dejado el comentario dos veces, con lo que te contesto lo mismo. Auunque se pase el plazo de 3 meses puedes solicitar la residencia igualmente. Si quieres que estudiemos tu caso concreto, y que te ayudemos con el trámite, rellena el formulario de contacto https://www.abogadosymas.es/contacto

      Responder
  209. Andreina

    Buenas soy venezolana me case con un ciudadano europeo (Italia ) , aún no tengo el acta de matrimonio apostillada sólo legalizada , ya voy a cumplir 3 meses aquí en España , al momento de presentar los documentos q posiblemente será después de los 3 meses (agosto) porque aun no tengo cita de apostilla me traerá algún inconveniente al momento de la solicitud de mi tarjeta de familiar comunitario?

    Responder
    • AbogadosyMás

      Andreina, aunque se pase el plazo de 3 meses puedes solicitar la residencia igualmente. Si quieres que estudiemos tu caso concreto, y que te ayudemos con el trámite, rellena el formulario de contacto https://www.abogadosymas.es/contacto

      Responder
  210. Alexandra

    Hola tengo una duda. Por favor me la responden. Llevo 15 dias de haber contraido matrimonio con un español, soy Colombiana y necesito saber cual es el proceso siguiente para la tarjeta de residencia, vivo en madrid y no sé como solicitar la cita o si es que me entregan un nie provisional. Gracias

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola Alexandra, tenemos un despacho en Madrid que es encarga de estos trámites. Te solicitarán la cita y te ayudarán con el resto de los trámites. Si quieres que te ayudemos con en trámite, completa el formuario de contacto https://www.abogadosymas.es/contacto, y te enviaremos un presupuesto

      Responder
  211. Yanina

    Buenos días.
    Primero que nada quisiera agradecerle por la ayuda que nos brinda.
    Soy Argentina y mi esposo español. Nos casamos hace 9 meses en Argentina y nos mudamos a Barcelona, España hace tres meses y once días.
    Recién le fue entregado el dni a mi esposo y cuento con toda la documentación para que registremos el matrimonio y tramitar la residencia, pero estamos a la espera de que mi esposo consiga trabajo para poder contar con el requisito de sustento económico familiar.
    Mi pregunta es.
    ¿ Tendría alguna complicación el que haya pasado los tres meses de mi estadía legal en Barcelona, para presentar la documentación necesaria? y si una empresa me quisiera contratar y realizar los tramites de residencia, ¿ esto nos perjudicaría a la hora de inscribir el matrimonio?
    Muchas gracias.

    Responder
    • AbogadosyMás

      Yanina, entiendo que el matrimonio está inscrito en España. La única forma de que obtengas la residencia es solicitando la residencia comunitaria. Sin la residencia, no puedes trabajar. Para poder obtener a residencia por matrimonio como bien dices debes acreditar recursos económicos. Barcelona no es barata ¿de qué estáis viviendo? ¿Teneis ahorros?. Te dejo un enlace al formulario de contacto por si quieres ampliar la información https://www.abogadosymas.es/contacto

      Responder
  212. thalia

    buenas tardes tengo una duda y quisera que alguien me ayudara por favor hace un mes me case con mi novio que tiene cuidadania española y quiseramos obtener la recidencia comunitaria por matrimonio me pudiera orientar de los tramites que tenemos que realizar. muchas gracias

    Responder
    • AbogadosyMás

      Thalia, si quieres nos puedes conmentar tu caso con más detalle a través del formulario de contacto https://www.abogadosymas.es/contacto. Indica donde resides para que sepamos donde habría que realizar el trámite.

      Responder
  213. Jose Maria

    Hola me gustaría saber yo estoy casado con una combiana soy español y los tramites del Registro Civil se demora mucho y me gustaría saber si hay algún visado mientras salen lo del Registro Civil

    Responder
    • AbogadosyMás

      José María, el único visado que hay es de turista. Si no has solicitado la inscripción podemos tramitarla nosotros directamente en Registro Civil Central y en unos dos meses puedes tener el matrimonio inscrito.

      Responder
  214. Juan

    Hola,
    Soy español y estoy casado con una chilena. Actualmente residimos en el reino unido y planeamos quedarnos por un tiempo, al viajar a países de la comunidad mi señora está sujeta a los acuerdos entre Chile y la comunidad (shengen y otros). Yo registré nuestro matrimonio en el consulado español en Chile y tengo mi libro de familia española.
    ¿Existe alguna forma de obtener los derechos comunitarios para ella?
    Como no residimos en españa, no podemos obtener la nacionalidad para ella. Existe algo similar pero por residir en la comunidad?
    Gracias!

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola Juan, si resides en la Comunidad europea puedes solicitar la residencia comunitaria, el problema es que estás en Reino Unido, por lo que tendrás que estar pendiente del Brexit,las últimas noticias que tenemos es que se ha prorrogado la ratificación del acuerdo de retirada hasta Octubre de 2019, si ratifica la retirada se producirá el primer día del mes siguiente.
      Tienes que solicitar el estatuto de asentado, es recomendable que lo solicite al mismo tiempo que tú, si no lo has hecho ya.

      Responder
      • Juan

        Muchas gracias!
        Por lo que entendí tengo que solcitar dos cosas:
        -La residencia comunitaria: ¿se hace a través del consulado español o es la que tengo que hacer directamente en el gobierno de UK?
        -Estatuto de asentado: ¿se hace a través del consulado español o es la que tengo que hacer directamente en el gobierno de UK? ¿Es este condicional para obtener la residencia comunitaria para mi mujer?

        Muchísimas gracias!

        Responder
        • AbogadosyMás

          Juan con el Brexit es todo un poco confuso, el estatuto de asentado sustituye a la residencia comunitaria, creo que en el consulado te podrán informar. Para conseguir la residencia comunitaria tienes que residir en un país comunitario.

          Responder
  215. Diosnery

    Hola buenas noches me llamo diosnery soy cubana y voy a obtener la ciudadania española dentro de un mes quisiera que mi esposo la pudiera obtener tambien que tengo que hacer para que el pueda ser ciudadano tambien y poder irnos a vivir a españa gracias por su atencion

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola Diosnery, cuando tengas la nacionalidad tendrás que inscribir el matrimonio en España, una vez inscrito si ya resides den España podrás pedir la residencia para tu marido.

      Responder
  216. Miguel Antonio

    Hola queremos pedir la tarjeta comunitaria para el esposo , el matrimonio tiene un mes de celebrado ,vivimos en piso de alquiler ,esta es la situacion
    Datos de la esposa : Peruana con mas de 15 años con nacionalidad española que trabaja actualmente en «negro» , tiene un hijo menor de edad , ademas tiene un hijo mayor de edad que vive en el mismo piso y el si trabaja tiene nomina de 1500 euros mensuales
    Datos del esposo : Peruano con un año en España , indocumentado porque ingreso a España con pasaporte por viaje menor a 90 dias , actualmente tiene numero de NIE ( no tiene la tarjeta solo el numero )

    Responder
    • AbogadosyMás

      Miguel Antonio, es tu mujer la que tiene que acreditar ingresos ya que es ella la que tiene obligación de asumir tu manutención. El hijo mayor supongo que la ayuda económicamente, pero no creo que le ingrese a la madre toda la nómina. Si tu mujer consigue contrato y acreditando la ayuda del hijo, tal vez sea suficiente

      Responder
  217. Angela

    Hola buenas quería saber para adquirir la residencia mas pronto es mejor solicitarla por hijo español o por matrimonio con un español ? Un saludo

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola Ángela, si estás casada con un español, y tienes un hijo con él, y el tiene medios económicos, etc, solicítala por matrimonio.

      Responder
      • Angela

        Yo soy española y el es cubano y tenemos un bebé pero claro yo e estado sin trabajar por el bebe si me pongo a trabajar ahora Y solicitamos la tarjeta d residencia habra impedimento ??

        Responder
        • Angela

          Hola nos casamos es España y tenemos un hijo nacido aqui en España el es cubano mi duda es q para obtenerla por matrimonio tienes q tener recursos Osea estar yo trabjando pero yo e estado parada ya q e tenido al bebé si me pongo a trabajar ahora Y solicitamos la residencia por matrimonio me pondrán pega por no estar trabajando anteriormente?? O sera mas rápido pedirla por su hijo ?? Pero claro piden antecedente penales y no los tenemos q hago ayuda

          Responder
  218. Stalin

    Hola. Yo me casare en julio con mi chica de Rusia, ella entra con su visado de larga duración y mi duda es después de casarnos en espalda para tramitar su tarjeta de residencia tengo que solicitar cita para entregar la documentación o se puede ir a cualquier oficina de extranjeria con la documentación necesaria sin cita previa. Un saludo.

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola Stalin, hay que solicitar cita y llevar preparada toda la documentación.

      Responder
  219. Ewa Blanes Torres

    Somos un matrimonio, yo Española y él Cubano, sólo tenemos como documentación el certificado de matrimonio, y queríamos saber si con este documento es suficiente para obtener un contrato de trabajo y de qué manera se puede tramitar sin el N.I.E. ? Esto sería legalmente posible?

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola Ewa, tu como española no tienes problema, pero para que el pueda tener la residencia y pueda trabajar, tienes que acreditar medios de vida suficientes, entre otros documentos, con lo que si tú no tienes trabajo tendréis que tener ahorros, y un seguro de salud privado para los dos, pero ojo con el seguro que no todos sirven.

      Responder
  220. Dunia

    Hola me llamo Dunia marroquí con nacionalidad española acabo de hacer el acto de matrimonio mi marido tiene NIE y quiero solicitarle la tarjeta comunitaria. Mi pregunta es puedo hacer la solicitud aunque todavia no tengo el acto y el libro familiar en mano sólo con el papel que nos dieron en el registro civil? Graacias un saludo

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola Dunia, para poder solicitar la residencia tienes que tener el matrimonio inscrito, como dices tú, tienes que tener el libro de familia en la mano. Si te has casado en Marruecos tienes que inscribir en el Registro consular (tarda mucho) o en el Registro Civil Central, si necesitas ayuda con el trámite de inscripción te podemos ayudar con el trámite. Tenemos abogados en Madrid que se encargar de realizar esas gestiones. Te dejo un enlace al formulario de contacto de la web: https://www.abogadosymas.es/contacto

      Responder
  221. Inar

    Hola, Soy ciudadano espanol y mi Mujer es Filipina. Ahora mismo estamos a la espera de que nos den el libro de Familia en el Consulado General de manila. Una vez tengamos el libro de familia iremos a españa con el visado de Reagrupacion familiar. Hasta ahi todo claro; ahora bien, yo tengo un negocio alli y queremos quedarnos alli 4 meses para despues volvernos a Filipinas. La idea es hacer esto todos los anos. Sin embargo, el visado que le dan es solo para 90 dias. Mi pregunta es la siguiente: puede pedir el permiso de residencia y vivir unos 3-4 meses Al ano alli? O Al salir del pais y pasar 9 meses fuera pierde el permiso de residencia? Muchas gracias de antemano.

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola Inar, si pasas tanto tiempo fuera de España pierdes la residencia, por lo que no te mercece la pena solicitarla. Si en lugar pasar 4 meses al año en España, pasas 3 te basta con el visado de turista.

      Responder
      • Inar

        Y que pasaria si perdiera el derecho a tener la Tarjeta comunitaria por pasar mas de 6 meses fuera y quisiera volver? Necesitaria un visado para volver a entrar? Y se podria recuperar la tarjeta otra vez o tramitarla de nuevo? Tenemos que volver a Filipinas por motivos de negocio, no se Si eso influya en algo. Muchas gracias de antemano.

        Responder
  222. Eve

    Hola. Me gustaría me aclararan mi duda. Soy cubana con ciudadanía española por opción, mi esposo es cubano, estamos recién casados y quisiéramos irnos a vivir a España(aclarar que nunca he ido a España). Nuestra duda es como hacer para que él se vaya conmigo y obtener la tarjeta comunitaria en menos de los tres meses legales que proporciona la visa. Todo con el único objetivo de vivir y trabajar legalmente en ese país. De antemano muchas gracias.

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola Eve, si tienes inscrito el matrimonio en el consulado español cuando llegues a España, puedes solicitar la residencia comunitaria para tu esposo. Si no has registrado el matrimonio podemos encargarnos nosotros del la inscripción en Registro Civil Central de Madrid, es mucho más rápido que el consulado. Además podemos revisarte la documentación que debes traer y solicitarte las citas, basta con que cuando vienes y donde te vas a empadronar.

      Responder
  223. jose

    Hola, soy ciudadano español, mi esposa venezolana, ya tiene libro de familia y literal de matrimonio, en la policía me mandaron a pedir cita de toma de huellas la cual nunca hay, cuales son realmente los pasos a seguir. gracias

    Responder
    • AbogadosyMás

      Si lees el post te explica claramente los documentos requisitos, etc, incluso tienes un enlace al modelo que debes presentar.

      Responder
  224. Miguel Ángel gonzalez

    Buen día, soy venezolano con nacionalidad española, me casé por el civil con una chica venezolana mi pregunta seria la siguiente:
    En el momento en que estamos registrando el matrimonio, este trámite tarda alrededor de 6 a 7meses, mi pregunta es si mi esposa puede laborar durante este periodo?

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola Miguel Ángel, para que tu mujer pueda trabajar tiene que tener la residencia comunitaria concedida. En determinadas circunstancias puedes solicitar la residencia comunitaria sin esperar a la inscripción, pero habría que ver el caso concreto, te dejo un enlace al https://www.abogadosymas.es/contacto

      Responder
  225. Alejandra morales

    Mi esposo que es de nacionalidad española ya ingresó los papeles en septiembre del 2018 lo del matrimonio y leí en la publicación que eso demora 3 meses.. pero, en mi caso ya son 8 meses exactos y aún no dan respuesta hasta el día de hoy 12 de abril 2019

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola Alejandra, habitualmente no tardan tanto, ¿donde lo has presentado?. Te dejo un enlace al formulario de la web por si quieres ampliarnos la información, https://www.abogadosymas.es/contacto

      Responder
  226. Vallejo Toledo Angel

    Somos una pareja de ecuatorianos, casados hace 38 años mi mujer obtuvo la nacionalidad española hace 8 años yo tengo residencia permanente desde hace 14 años , por favor decidme que tenemos que hacer para que por medio de mi mujer obtener la TARJETA COMUNITARIA ,de antemano mis agradecimientos .

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola Ángel, para poder decirte cual es la mejor opción para tí, habría que estudiar tu caso y tu situación. Si quieres que un abogado estudie tu caso, rellena el formulario de contacto. Te dejo en enlace https://www.abogadosymas.es/contacto, por favor indica donde vives para saber donde habría que hacer el trámite.

      Responder
  227. Tania

    Buenos dias,
    Soy española residente en Italia y me casé hace unos meses en cuba con mi marido cubano. Ya que el vendra dentro de poco y en el consulado español en cuba nos dan fecha para el año que viene, podemos legalizar e inscribir el matrimonio enel registro español(consulado) de mi pais de residencia? En paralelo, podemos solicitar la tarjeta de residencia?Tendriamos 3 meses para hacer todo…Gracias

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola Tania, para poder tramitar la residencia tienes que tener el matrimonio inscrito, ya que indicas es hace poco que te has casado.
      Si quieres adelantar el trámite de inscripción, te podemos hacer la inscripción nosotros directamente en el Registro Central de Madrid. Completa el formulario de la web si quieres que te enviemos un presupuesto https://www.abogadosymas.es/contacto

      Responder
  228. carlos rodrigues

    Soy Venezolano casado con una espanola y mi hijo espanol Introduje mis documentos por arraigo familiar a traves de mi hijo el 21 de Marzo 2019 a extranjería y estoy esperando la resolución de la misma. Pero adicional a esto tengo la ciudadania portuguesa unicamente mas no el carton de identificacion ni pasaporte que lo acredita,pero estoy realizando los tramites con el consulado de portugal en Madrid para optenerlos . Mi pregunta es la siguiente una vez que lo obtenga puedo solicitar cambiar mi estatus de residencia de arraigo familiar por comunitario de la UE ?.

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola Carlos, si tienes nacionalidad portuguesa puedes pedir la residencia comunitaria, no sé exactamente que es lo que presentaste, tal vez sería conveniente que lo revisase un abogado. Si quieres que revisemos tu caso rellena el formulario de contacto, https://www.abogadosymas.es/contacto

      Responder
  229. Andres

    Buenos dias,
    Soy de uruguay, mi esposa es italiana y vivimos en Barcelona. Tengo tarjeta de residencia familiar de ciudadano comunitario vigente hasta el 2023.
    Tengo que irme de viaje de negocios sin mi mujer fuera de europa. Necesito algun visado para mi retorno o solamente con mi pasaporte y NIE seria suficiente?
    Muchas gracias

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola Andrés, debes solicitar la autorización de regreso. Los ciudadanos no comunitarios, deben efectuar el retorno a España dentro del plazo de vigencia de la autorización de regreso, la cual tiene una validez máxima de 90 días, si no retornas dentro de ese plazo puedes perder la residencia.

      Responder
  230. Manuel

    Me gustaría saber cuanto tarda un recurso de denegacion de inscripción de matrimonio
    Presente el recurso el 6 de septiembre de 2018.y solo me comentan que espere. Hay alguna posibilidad de adelantar el recurso
    Gracias

    Responder
    • AbogadosyMás

      Manuel, en el caso de recursos contra decisiones del Registro Civil que ponen término a un expediente, como es el caso de denegación de la inscripción de matrimonio, el plazo para dictar y notificar su resolución es de noventa días naturales. Transcurrido este plazo sin resolución el interesado podrá denunciar la mora, y transcurridos otros noventa días se podrá considerar desestimada su petición, al efecto de presentar el correspondiente recurso o bien puedes esperar la resolución expresa de su petición.

      Responder
  231. Cristian

    Muchas gracias por la respuesta a mi comentario anterior. Entonces una vez se inscriba el matrimonio en Holanda, podría pedir mi pareja la tarjeta comunitaria por mi al ser yo tmb holandés? Ya que nos pasaremos como colombianos no ella como colombiana y yo como holandés. Gracias

    Responder
  232. Cristian

    Buenas tardes,
    Mi pregunta es, una pareja, ella colombiana y él con doble nacionalidad (colombiano y holandés) casados en Colombia como nacionales de allí. Puede inscribir su matrimonio aquí en el Registro Civil y luego ella solicitar la tarjeta por familiar de ciudadano comunitario?
    Gracias

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola Cristian, pueden acceder al registro civil central los matrimonios celebrados en el extranjero cuando al menos uno de los contrayentes ostente la nacionalidad española o la adquiera con posterioridad a la celebración del matrimonio. En el caso que planteas tendrán que inscribir el matrimonio en Holanda.

      Responder
      • Allison lopez

        Hola buenas noches soy de Nicaragua me casé en julio 2018 con un ciudadano español en España. Mi pregunta es puedo viajar a nicaragua solo con mi pasaporte y libro de familia?

        Responder
  233. Alla

    Hola! Escribo aquí porque tengo una duda muy importante. Nos hemos casado con mi marido recientemente y ahora es el tiempo para solicitar la tarjeta comunitaria para mi. Soy de Kazajistán y mi marido es español. Lo único que me preocupa es que él aún está estudiando, así que no tiene trabajo. En Extranjería me han dicho que mi marido tiene que aportar el seguro médico, la matricula y la declaración responsable de que posee recursos económicos suficientes. Me han dicho que la declaración responsable es un documento que firmará el ciudadano de la Unión ante el instructor del expediente el día de la cita. Además, me han dicho que no se ha de aportar otra documentación referente a medios económicos.

    Mi pregunta es, esto significa que esta declaración no tiene que incluir ninguna información sobre los medios económicos que posee mi marido (por ejemplo, un certificado del banco que demuestra que mi marido posee suficientes recursos)?

    También, alguien me ha dicho que si mi marido es estudiante, solo puedo obtener una residencia por un año en lugar de 5 años. Eso es verdad?

    Muchas gracias por todo! Un saludo!

    Responder
    • AbogadosyMás

      Alla, basta con la declaración responsable, además se considera suficiente para acreditar el cumplimiento de los requisitos la presentación de documentación acreditativa de participar en un programa de la Unión Europea que favorezca el intercambio educativo para estudiantes y profesores.
      La tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión tiene una validez de cinco años a partir de la fecha de su expedición, o por el período previsto de residencia del ciudadano de la Unión o de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, si dicho periodo fuera inferior a cinco años.

      Responder
  234. ana clea

    hola muchas gracias por las informaciones…me pregunta es yo soy brasileña , casada con un español ..me acaban de dar el libro de familia y tenemos un hijo de 11 años…donde tengo q ir para pedir mi tarjeta e q documentos necesito ? gracias .

    Responder
    • AbogadosyMás

      Ana, el lugar de presentación depende de dónde residas y la documentación varía según el caso, si necesitas que te ayudemos con el trámite envíanos una consulta a través de la web https://www.abogadosymas.es/contacto

      Responder
  235. Pilar

    Hola estoy casada desde junio 2018 con un marroquí. Tenemos libro de familia y recientemente hemos viajado a España para que le conociera la familia que no pudo venir a la.boda. Actualmente residimos en Marruecos donde tenemos un restaurante.
    Mi pregunta es: ¿Mi marido puede solicitar el NIE en el consulado o es solo para residentes en España?

    Responder
    • AbogadosyMás

      Si lo que necesita tu marido es que le asignen un número de identificación la respuesta es si, por el contrario si te refieres a la residencia, para eso si que es necesario residir en España.

      Responder
  236. Syed

    Buenas
    Cobrando el paro puedo tramitar tarjeta comunitaria de mi esposa

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola, Syed para poder solicitar la residencia de tu mujer tienes que tener trabajo. El paro es una ayuda que se te concede por un tiempo limitado, no te sirve.

      Responder
  237. Carolay

    Cordial saludo,

    Cuando se refiere a certificado que acredite la inscripción en el registro civil equivale también : “acta comparencia y ratificación “ que dan en el registro civil, es decir con esta acta puedo tramitar l tarjeta de familiar de ciudadano de la UE ? Mil gracias

    Responder
  238. Carolay

    Cordial saludo,
    Cuando se refieren a certificado que acredite la inscripción en el registro civil español, equivale a : “acta comparencia y ratificación? ; es decir con el acta puedo tramitar tarjeta de familiar de ciudadano de la UE? Muchas gracias

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola Carolay, no te entiendo, a que te refieres con acta de comparecencia, ¿te refieres a que estás casado o otro país y has solicitado inscripción en España? ¿Qué quieres saber, si basta con la solicitud de inscripción en el España para solicitar la residencia?

      Responder
  239. Sihame

    Hola buenas tardes tengo una duda y quisiera q alguien me ayude yo soy extanjera y mi novio tiene la nacionalidad española pero vive en francia. Para solocitarme la tarjeta comunitaria me dijieron q no se puede que tiene que estar trabajando y viviendo en españa y no se si es verdad o no que alguien me informe por favor
    Gracias

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola Sihame, tu novio tiene que tener la residencia en España, tenéis que estar casados o registrados como pareja de hecho. En cuanto a si se le considera residente o no dependerá de su situación laboral.

      Responder
  240. Andrea

    Hola Buen dia mi pregunta sería Después de pasar toda la documentación en extranjería cuanto tarda en llegar la residencia española.

    Responder
  241. Fernando jorge moura tavares

    Hola buenas noches.. quisiera quitarme una duda…voy entregar todo los papeles el registro para casarme,soy portugués residente en España hace 15 años,mi futura esposa es nicaragüense sin papeles,,,mi pergunta es… después de casarme puedo viajar a Portugal a k ella no tenga el n.i.e,no tendré problemas por pasar la frontera a Portugal?!? gracias,saludos

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola Fernando, si viajas con el libro de familia no deberías de tener problema, pero es aconsejable que solicites la residencia cuanto antes, si necesitas ayuda, puedes utilizar el formulario de consultas de la web para ampliar información https://www.abogadosymas.es/contacto

      Responder
    • Radouane

      Soy marroquí tengo nacionalidad española divorciado de la primera mujer y hace tiempo mi casé con otra mujer divorciada y tení permiso de residencia de 5 años yo quiero pídele la comunitaria qué tengo que hacer

      Responder
      • AbogadosyMás

        Hola Radouane, tienes que recopilar la documentación y pedir cita para presentar la solicitud. Si no sabes por donde empezar lo mejor sería que contrataras a un abogado. Te dejo un enlace https://www.abogadosymas.es/contacto, indica donde habría que hacer el trámite.

        Responder
  242. HAMZATA

    Hola buenos días yo llevo casado con una española desde 2012 al haber casado obtengo la residencia comunitaria y se me caducó en 2017 mayo mi mujer no trabajaba en aquel tiempo pero yo si tenia trabajo pero aun así me quitaron la residencia alegando que si mi mujer no trabaja yo no tengo documentación que solución tengo yo en este caso?

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola Hamzata, ¿tu mujer sigue sin trabajar?

      Responder
  243. yenssy javier

    saludos, tengo una inquietud aver si me pueden alludar mi novia y yo somos dominicanos pero ella tiene nacionalidad española ase ya dos años, ella vino ase 7 meses al pais y desde entonces vive con migo ahora en el mes de febrero nos vamos a casar cualtes seria el proceso para depositar esos papeles y en que tiempo me darian la visa para poder viajar con ella a españa cabe resaltar que ella solo trabajo en españa en una ocacion en un burger king y solo duro dos meses y medio eso implicaria para afectar dicho proceso… gracias por antemanos.

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola yensi, has hecho la misma consulta con dos emails diferentes. Salvo que quieras ampliar información nos remitimos a lo contestado

      Responder
  244. yenssy javier

    buenos diaz, quisiera que me alluden con esta pregunta, mi novia es dominicana ella tiene nacionalidad española via su padre ase casi dos años que la obtubo, ella vino al pais ase7 meses y desd entonces vive con migo aqui en republica dominicana, ahora nos vamos a casar en este mes de febrero mi pregunta es la siguiente, cuando nos casemos cuales son todo los requisitos que se de deben tomar para depositar los papeles para yo poder irme a vivir a españa con ella y que tiempo se tomaria ese tramite para obtener la visa para viajar a españa, quiero aclarar que ella solo trabajo en un burger king por solo dos meses y medio mientras estubo en españa eso afectaria en el proceso… gracias por anticipado.

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola Yenssy, ¿donde os vais a casar? ¿en el consulado español? Si no es así y celebrais el matrimonio en República dominicana, después tenéis que inscribir el matrimonio en el consulado o en su caso solicitar la inscripción en el Registro central de Madrid para que surta efectos en España. En cuanto al tema económico, para poder solicitar la residencia debéis acreditar medios de vida, esto es, o tiene trabajo o tendréis que acreditar medios económicos suficientes y contratar un seguro de salud privado.

      Responder
  245. Ingrid

    Hola, me gustaría preguntarte, yo actualmente tengo nie q no me autoriza trabajar, pero mi pareja es español, tenemos pensado casarnos y pedir la tarjeta comunitaria, luego de casados ¿tenemos q estar casados durante algún tiempo? ¿Yo tendría que tener algún trabajo? ¿En cuanto tiempo me darían la comunitaria?. Gracias.

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola Ingrid, el que tiene que tener trabajo es él o en su debéis demostrar medios de vida suficientes. El tiempo que se demora la tarjeta depende de cada administración, pero deberían resolver en un máximo de 3 meses

      Responder
  246. gennaro oliva

    Hola mi esposa es Venezuelana y yo italiano .
    El matrimonio se celebro en Venezuela .
    Para reunirse conmigo y pedir su tarjeta de residencia por matrimonio con ciudadano europeo

    Necesita ella tramitar visa de reagrupación familiar en Venezuela para venir a reunirse conmigo a España?

    90dias serán suficiente para tener su tarjeta de residencia aquí en España?
    Gracias

    Responder
  247. Yamila

    Mi preocupación, en el caso que un ciudadano español casada con cubana , está en trámites de recibir próximo mes prestación de la seguridad social pero tengo interés que mi esposa tenga su residencia y tenemos todos los documentos exigidos para dicha solicitud, mi pregunta puedo detener el tramite de recibir la prestación sin haberla cobrado nunca, y contratarme y luego si el trabajo no funcionara , pudiera volver a darme alta para recuperar la prestación, gracias espero respuesta …

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola Yamila, entiendo que tu consulta no tiene relación con la residencia, sino con la prestación de desempleo. Si has encontrado trabajo, tienes que comunicarlo y paralizar la prestación.
      Si te han aprobado la prestación cobrarás los días que te correspondan. Una vez finalice el contrato tendrás que volver a solicitar la prestación, si dejas voluntariamente el trabajo no la podrás solicitar.

      Responder
  248. Johanna

    Buenas tardes me podrán decir que requisitos me pedirá para el 2019 o las leyes siguen iguales yo soy casada con mi esposo español y quiero saber los requisitos gracias

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola Johanna, la información que facilitamos es válida, no hay ninguna modificación. Si necesitas que ampliemos información envíanos la consulta a través del formulario de la web https://www.abogadosymas.es/contacto

      Responder
  249. Ale

    Hola. Me gustaría saber cuál sería la repuesta de la extranjeria en mi caso. Mi esposa es europea ya presente los documentos Pero ninguno de nosotros tiene contrato de trabajo. Presente medios económicos 5000£ en cuenta del banco, puede que salga favorable??

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola, para poderte contestar habría que conocer toda la documentación que has presentado, y donde. Supongo que aportarías seguro de sanidad, cuenta en España y el resto de la documentación necesaria. Entiende que no podamos darte una respuesta.
      Es el funcionario quien va a valorar si los medios económicos aportados son o no son suficientes.
      Lo aconsejable en situaciones como la tuya, es ponerse en manos de un abogado, que además de conocer la legislación, conoce el criterio de los funcionarios, y sabe cómo hay que hacer las cosas y qué documentación debes aportar para que la resolución sea favorable.
      Espero que te resulte favorable, en cualquier caso, insisto consulta antes y no después, https://www.abogadosymas.es/contacto, podemos asesorarte no sólo en cuanto a la residencia, sino que además podemos ayudarte a montar tu empresa, y eso incluye todo el proceso, desde la apertura de la cuenta bancaria, hasta las el alta en seguridad social, podemos llevar la contabilidad, darte asesoramiento fiscal, darte cobertura en todo lo que tenga relación con la empresa protección de datos, registro de marcas, web, etc Y podemos hacer todo lo que te decimos por que tenemos una red de colaboradores muy amplia, que integra a profesionales de distintas áreas.

      Responder
  250. Eva Maria Plaza Bustamante

    Mi marido es egipcio y yo española. Tenemos que renovar nie. Tengo dudas sobre documentación
    Fotocopia pasaporte . Certificado literal de matrimonio . Mod 790 12€ y ex 18 o ex19???
    Nominas mías y contrato de trabajo.
    Es necesario libro de familia (Tenemos una hija)???
    2 fotos ???
    Como demuestro que el no trabaja????

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola Eva, te hemos contestado por email, hemos recibido esta misma consulta por email, así que mejor seguimos en privado

      Responder
  251. Myriam

    Hola yo tengo la nacionalidad española y hace un mes que me casé aquí en Madrid y tengo mi libro de familia y certificado de matrimonio , mi pregunta es que mi marido es de Venezuela y de documentos solo tiene su pasaporte y quería pedir la tarjeta comunitario para el, que requisitos nesecito para la tarjeta comunitario. Un saludo gracias

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola Myriam, los documentos que se deben presentar varían dependiendo de la situación, tenemos un despacho en Madrid especializado solicitud de residencia, nos podemos encargar de revisar y preparar la documentación, solicitar la cita, y acompañarte en todas las gestiones que necesites. Envía un email a consultas@abogadosymas.es

      Responder
      • Myriam Ayala Armoa

        Hola me pueden facilitar el número de teléfono para pedir cita

        Responder
        • AbogadosyMás

          Hola Myriam, te hemos contestado por email

          Responder
  252. Liliana

    Hola, gracias por toda la ayuda. Le comento soy peruana casada con español hace dos años. Casados en Perú, registrado el matrimonio en el consulad
    Tenemos libro de familia. Actualmente vivimos en Perú, pero viajamos todos los años a España por un período de uno a dos meses. Puedo solicitar la residencia española? Teniendo en cuenta lo mencionado. Gracias por la ayuda.

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola Liliana, para poder pedir la residencia debes acompañar o reunirte con un ciudadano de la Unión con derecho a residencia por un período superior a tres meses, por ser trabajador por cuenta ajena o propia, tener seguro de enfermedad y medios económicos suficientes para la unidad familiar. Te lo explico de otro modo, el primer requisito para pedir la residencia es residir en España, tu marido tendría que residir en España, tener una vivienda, un trabajo, o medios de vida suficiente y un seguro médico, y tú acompañarlo o reunirte con él.

      Responder
  253. Maritza

    Hola soy española casada hace 25 años en cuba ahora me traje ami esposo a vivir a españa no he podido reconocer mi matrimonio aqui en españa porque los documentos que traje que estan legalizados por la embajada de españa en cuba son los mismo que me piden para solicitar el permiso de residencia de mi esposo que tenemos cita para 20-12-2018 ,usted seria tan amable de orientarme que debo hacer al respecto y si ustedes me pueden ayudar cuanto son sus honorario y direccion .Muchas grasias por su atencion

    Responder
    • AbogadosyMás

      Maritza, te contestamos por email, podemos pedir cita, aunque no te garantizo que lo tengamos para el día 20, envía un email a consultas@abogadosymas.es

      Responder
  254. Yoselin

    Buen día,
    Les comento, la semana pasada realicé la solicitud para la Tarjeta de Residencia para mi esposo como familiar de Ciudadano de la UE (yo tengo la nacionalidad); tenemos el libro de familia y la partida literal de matrimonio pero no está vigente (mínimo 3 meses de emitida) el Registro Central en Madrid, está tardando casi 4 meses en entregarlo, y un gestor tarda un mes, debemos entregar lo solicitado (literal de matrimonio y seguro) en 10 días, y no sabemos como resolver.
    ¿Que podemos hacer en este caso para agilizar el tema del certificado?
    Gracias de antemano

    Responder
    • AbogadosyMás

      Yoselin, nosotros podemos conseguir cita antes para el central, si quieres rellena el formulario de contacto, https://www.abogadosymas.es/contacto. En cuanto al seguro también te podríamos hacer la gestión. Si no está para esa fecha (10 días) te podemos preparar un escrito solicitando una prórroga en el plazo para aportar la documentación requerida.

      Responder
  255. Enrique

    Buenas tardes, soy español y me esposa es venezolana. Nos casamos en Caracas y registramos recientemente el matrimonio en el Consulado Español. Ahora vivimos en España ,pero no tenemos el documento de inscripción del matrimonio, pues el Consulado en Caracas demoraba 4 meses en entregarlo. No se que debemos hacer para solicitar los documentos de residencia de mi esposa. gracias

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola, Enrique: para poder tramitar la residencia necesitas que el matrimonio esté inscrito en España, si no tienes el libro de familia no puedes tramitar la residencia. Si te viniste a España antes de que te lo entregaran y debes solicitarlo en el Registro Civil Central. Si necesitas ayuda con el trámite puedes enviar tu consulta a través del formularios https://www.abogadosymas.es/contacto

      Responder
  256. Roo Cardozo

    Buenas, excelente Blog he leido todas las preguntas, pero tengo una consulta ya que no lo tengo claro. Me he casado hace dias con un Español soy Paraguaya, ya tengo el Libro de Familia y ya tengo cita para este fin de mes. Es necesario llevar los documentos origunales como el certifcado de Nacimiento y los de solteria? o solo mi pasaporte y demas documentos como el empadronamiento y libro de familia. Gracias

    Responder
    • AbogadosyMás

      Buenas tardes Roo, si tienes dudas en cuanto a la documentación que tienes que aportar, sería conveniente que uno de nuestros abogados te revise la documentación que tienes y te indique que te falta y qué tienes que presentar. Si la documentación no es correcta perderás cita y la residencia se demorará. Si necesitas ampliar información puedes enviar tu consulta a través del formularios https://www.abogadosymas.es/contacto

      Responder
  257. Veronica

    Hola buenas tardes tengo una duda mi esposo tiene nacionalidad española y yo estoy aqui en madrid con visa familiar…quiero obtener la tarjeta comunitaria mi esposo y yo ya tenemos trabajo hay alguna ventaja para obtener en menor tiempo la tarjeta

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola Verónica, si te lo tramitamos nosotros podemos agilizar los trámites.Si necesitas ampliar información puedes enviar tu consulta a través del formularios https://www.abogadosymas.es/contacto

      Responder
  258. daniel

    Me case con una peruana y formalice el matrimonio en españa… he leido que con libro de familia puede venir a españa sin pagar billete de ida y vuelta para regular la situacion de residente para mi esposa … actualmente resido en españa. Puede ser esto posible.

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola Daniel, si tu mujer acredita que viaja a España para reunirse contigo puede viajar sólo con billete de ida, puede entrar al país sin ningún tipo de restricción. Aunque es posible que sin billete de vuelta tenga problemas para salir del país de origen, en tu caso Perú.

      Responder
  259. Miriam ojeda boufrioua

    Hola buenas aver si me podéis ayudar resulta que yo soy española y me casé en colombia registre mi matrimonio y me traje ami marido a España a el le dieron la tarjeta por 5 años pero estubo 2 años fuera de España y volvió de nuevo a españa claro q la tarjeta no estaba caducada pero se volvió a ir a su país justo cuando tenía q renovarla yo estaba asiendo los trámites para separarme de el Pero era muy difícil ya q el no estaba en España ahora después de 6 años fuera del pais a regresado pero como ilegal mi pregunta es puede el renovar la tarjeta de nuevo sin yo estar con el . Muchas gracias

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola Miriam,si ya nos estás casada no la puede renovar, por lo menos como comunitario. Aunque podemos estudiar su caso con más detalle. Si necesitas ampliar información puedes enviar tu consulta a través del formularios https://www.abogadosymas.es/contacto

      Responder
  260. Ebaltar

    Hola. Tenia una duda, me llamaron de un trabajo y me piden el nro de seguridad social, yo estoy casado aqui con española soy venezolano,mi cita en extrsnjeria para la solicitud de la residencia fue hace ya mes y medio mi resolucion esta en tramite aun, queria saber si pueden hacerme mientras tanto algun tipo de precontrato u otra Alternativa para trabajar de una vez mientras me sale mi residencia, gracias

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hasta que no tengas permiso de residencia no puedes trabajar, lo del pre contrato sólo te podía haber servido para acreditar medios de vida, pero si ya has solicitado la residencia no te va a servir de nada. Sin permiso de residencia puedes tener participaciones en una sociedad incluso ser administrador, pero no puedes trabajar, ni siendo tuya la empresa, hay que dar de alta a otro trabajador en autónomos. De modo que, no tienes más opción que esperar a la resolución.

      Responder
      • Dulce

        Hola mi novio y yo nos hemos casado hace un mes , el es español y yo Hondureña, quería saber ,para solicitar la tarjeta dónde , en qué lugar se pide la cita para poder obtenerla vivo en Madrid.

        Responder
        • AbogadosyMás

          Hola Dulce, puedes pedir la cita previa para tramitar el permiso de residencia por internet en esta dirección https://sede.administracionespublicas.gob.es/icpplus/, aunque si nos encargas las gestión te lo podemos agilizar, los profesionales solicitamos cita por otra vía.

          Responder
  261. Adrian

    Antes que nada, gracias por este fantástico servicio que brindan con tanta utilidad.

    Esta consulta se la envié por email y me contestaron muy amablemente, pero la respuesta no concuerda con mi pregunta, seguramente porque yo no me supe explicar correctamente.

    Soy argentino con nacionalidad española. Siempre he vivido en Argentina. En 2005 me casé. En 2010 obtuve la nacionalidad española. Nunca registré mi matrimonio (anterior a la ciudadanía) en el Consulado Español y en 2015 me divorcié.

    Ahora quiero mudarme a España con mi pareja actual (venezolana con residencia legal en Argentina), con la cual aún no estamos casados pero tenemos un hijo de 2 años con ciudadanía española (mi pareja nunca ha estado casada antes).

    La consulta es: ¿Las autoridades españolas aprobarían el otorgamiento de tarjeta de familiar de ciudadano comunitario a mi actual pareja?. Ya que si bien tenemos un hijo en común, habría una incongruencia entre nuestra relación como unión de hecho y que para las leyes españolas yo aún continúo casado, aunque yo nunca haya registrado mi anterior matrimonio en el consulado español.
    Ni en mi partida de nacimiento española ni en mi pasaporte español figura mi estado civil (no dice «casado» en ningún lado).
    Entiendo que si nunca registré mi casamiento en el consulado español y obviamente tampoco informé mi divorcio, para la justicia española figuro como soltero. Por lo tanto no habría problema en declarar en España una pareja de hecho con mi actual pareja y de este modo podría ella obtener la tarjeta de familiar de ciudadano comunitario. ¿Esto es así?

    Les agradezco de antemano toda la información que me puedan brindar.
    Saludos cordiales desde Argentina.

    Responder
    • AbogadosyMás

      Buenas tardes Adrián, te hemos contestado por email, a esta nueva cuestión, si quieres información adicional, puedes contestar por email. Si no te vas a casar, y sólo quieres inscribirte como pareja de hecho lo puedes hacer, si te lo aceptan o no dependerá de la valoración del funcionario.

      Responder
  262. abd

    Hola muchas gracias por las informaciones
    yo tengo un problema hizo la reagrupación familial en 2017 en 2018 conseguí la nacionalidad la española me fui al registró civil para registrar mi matrimonio y me dieron un documento y me dijeron que mi mujer ya puede pedir la targeta comunitaria ahora el problema es que yo no trabajo pero ella si
    mi pregunta es si puedo pedirla la targeta comunitaria
    merçi

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola, habría que analizar el caso concreto, pero por lo que comentas, entiendo que si ella trabaja será porque ya tiene permiso de trabajo. Si es así y puedes acreditar que la unidad familiar dispone de ingresos suficientes para mantenerse no deberías tener problemas.

      Responder
  263. Marc

    Buenos días,
    Primeramente felicitar por el blog.
    Tengo una pregunta un poco complicada.
    Con mi esposa nos casamos hace 2 años en Honduras (yo soy español) y luego volvimos y pedimos la convalidación del matrimonio. Tardaron un año en darnos el libro de familia y luego íbamos a pedir la residencia por familiar de la unión, pero nuestro sorpresa cuando vemos que debes estar 3 meses máximo en territorio español y no cumplimos.
    Nuestra pregunta es, debe mi esposa volver a Honduras para iniciar los trámites desde cero? En ese caso, el billete puede ser ida y vuelta o debe ser sólo ida? (por si después nos piden la reserva o algo).
    Estamos buscando vuelos pero hay mucha diferencia entre ida y vuelta y dos solo ida…
    Nos pueden aconsejar por favor?
    Muchas gracias y un saludo,
    Marc

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola Marc, entiendo que tu problema es que has excedido el plazo de 3 meses. Si te acaban de dar el libro de familia cita para la residencia cuanto antes.

      Responder
      • Marc

        Gracias por la respuesta, entiendo que no tiene que salir del país? Nos da miedo que nos lo hechen atrás por los 3 meses.
        Gracias por todo

        Responder
  264. Javier

    Buenos dias. De verdad agradezco el foro. Uno se saca muchas dudas . Mi pregunta es . Yo nacionalizado español Divorciado trabajo fijo tido en regla y mi prometida de Bolivia con 2 niños . Al casarme y hacer el trámite es para la madre . Y que pasa con los niños ? Su estadia y legalidad pueden acudir al colegio . Pueden adquirir residencia gracuas .

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola Javier, los niños no adquieren la residencia automáticamente, por lo que comentas ella está en situación ilegal y tiene dos hijo ¿han nacido en España? La solución depende de muchas variables que hay que analizar. Creo que en tu caso sería mejor que un abogado te ayudara con el trámite de los niños. Si necesitas ampliar información puedes enviar tu consulta a través del formularios https://www.abogadosymas.es/contacto, indica la localidad para saber que despacho es el más cercano a tu domicilio, tenemos más de 200 despachos trabajando con nosotros en estos momentos, seguro que te podremos ayudar.

      Responder
  265. Sara

    Soy española y mi marido marroquí el 20 de octubre nos casamos por registro civil mi pregunta es si a mi me van a pedir contrato de trabajo para solicitarle la tarjeta comunitaria gracias

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola Sara, si no trabajas tienes que acreditar que tienes de recursos económicos suficientes para no convertirte en una carga para la asistencia social de España durante su periodo de residencia.
      También debes aportar un seguro de enfermedad público o privado, contratado en España o en otro país, que proporcione cobertura en España durante tu período de residencia equivalente a la proporcionada por el Sistema Nacional de Salud.
      Sara, habría que analizar tu situación.

      Responder
  266. Diana

    Hola, gracias por la información que nos proporcionan en este blog, en realidad es de mucha ayuda.
    Mi novio es Español, yo colombiana, nos vamos a casar en una semana, pero yo ya pasé los 3 meses iniciales de estancia en España. Podrían negarme la residencia?
    Una vez tenga el libro de familia debo ir a extranjería a pedir la residencia directamente, o cual debería ser el procedimiento?
    Al solicitar la residencia me dan la tarjeta comunitaria, o ese es otro tramite?
    En la documentación que piden hablan de un seguro, debo comprarlo? acaso no me cubriría la seguridad social de mi esposo mientras consigo trabajo?
    Gracias, estoy un poco confundida porque entiendo que cada caso es diferente.

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola, Diana, el seguro privado sólo te lo piden si el ciudadano de la unión no trabaja. En cuanto tengas el libro de familia pide la cita. Si te dan la residencia, tendrás la tarjeta comunitaria

      Responder
  267. María Isabel Delgado Sanabria

    Buenos días, primero que nada quiero extenderles un saludo. Y segundo quiero agradecerles por la información tan oportuna que ofrece este blog. He estado leyendo los comentarios que han dejado y la verdad la información que exponen está totalmente compaginada con la realidad. Me aclararon muchísimas dudas.
    De nuevo gracias por tomarse el tiempo de responder las dudas que se presentan.

    Responder
    • AbogadosyMás

      Gracias María Isabel por tu comentario. Siempre es de agradecer que se valore el trabajo.

      Responder
      • María Isabel Delgado Sanabria

        Una pregunta alguien sabrá cuando estará disponible las citas, he entrado varias veces para la tarjeta comunitaria y no me arroja ninguna fecha.

        Responder
  268. Tamara Voskoboynikova

    Buenas tardes,estoy casada con un español desde febrero 2014. El NIE para 5 años esta caducado a partir 15.09.2018, no he resibido la carta a domicilio con solicitud y la tasa para pagar. Que documentacion tengo que preparar y a donde llevar,vivo en Molins de Rei provincia Barcelona.

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola Tamara, ¿cuando te casaste solicitaste la residencia comunitaria? Porque de aún no hace 5 años desde que te casaste. En cuanto a la carta que mencionas, debes ser tú la que solicite la renovación, mejor no esperes «la carta».
      Si necesitas que estudiemos tu caso con detalle, puedes rellenar el formulario de consultas, enviar un email a consultas@abogadosymas.es o realizar la consulta a través del chat que tienes disponible en abogadosymas.es Puedes consultar nuestra política de privacidad pinchando aquí.

      Responder
  269. Jasmin

    Hola me casado con mi marido español yo soy de Marruecos entre con un visado de turista de un mes ahora mismo llevo dos meses en españa y tengo cita en extranjeria en un mes y la pregunta es me van a poner algún problema por estar ilegal tres Meses ? Me case hace un mes gracias

    Responder
    • AbogadosyMás

      Deberías haber solicitado la cita antes, pero no te preocupes, que puedes presentar la solicitud igualmente.

      Responder
  270. Marvely

    Hola tengo una pregunta tengo residencia comunitaria por pareja de hecho mi pregunta es puedo trabajar

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola Marvely, ¿ya tienes la residencia? Si como dices, se te ha concedido la residencia comunitaria, puedes trabajar como si fueras español, tanto por cuenta ajena, como por cuenta propia.

      Responder
  271. Yosley

    Hola me he casado con un español, mi pregumta es, para que me den la residencia por 5 años tiene que estar trabajando el pero si yo consigo una oferta de empleo para mi despues de recibir la residencia de cuanto debe de ser esa oferta?

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola Yosley, una vez tengas las residencia, puedes trabajar como si fueras español. No vas a tener que aportar información de donde trabajas. Aunque cuando tengas que renovar la tarjeta de residencia tendrás que acreditar que se mantienen las mismas circunstancias que existían cuando te concedieron la residencia inicial, es decir, que sigues casada; que durante todo este tiempo se ha mantenido la convivencia; que el comunitario dispone de medios económicos suficientes…

      Responder
  272. Medi

    Buenas tardes
    Quería hacer una consulta porfavor. Hace tres meses y una semana que tramite la residencia inicial familiar de comunitario. Y hasta el día de hoy me sale aun en tramite es normal que tarde tanto y este silencio que quiere dicer. Gracias

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola Medi, teniendo el cuenta que por lo que comentas lo presentaste en junio, y teniendo en cuenta el periodo vacacional es normal. Además el tiempo medio de resolución de los expedientes varía de una Provincia a otra. Te dejo un enlace para que puedas consultar los tiempos de tramitación de procedimientos de extranjería en 2018.

      Responder
  273. José esteves

    Hola buenos días a todos.

    Saludos. Soy venezolano, tengo mi esposa y dos hijas menores. Actualmente vivo en Portugal pero quiero irme a Madrid por una oferta de trabajo solo que no sé si puedo pedir en España residencia, ya que no poseo ni nacionalidad ni ningún otro vínculo español. Apenas estoy empezando a tramitar residencia aquí en Portugal peo recién me salió está oferta a España. Soy Venezolano, sin vínculo europeo con nadie, solo quiero moverme de aquí de Portugal porque obviamente en España hay más oportunidades. Tengo 3 meses en Portugal. Gracias

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola José, por lo que explicas es complicado que puedas conseguir la residencia en España. Habría que estudiar tu caso con más detalle, puedes enviar tu consulta a través del formularios https://www.abogadosymas.es/contacto

      Responder
  274. amolitina

    Hola. Mi hijo de nacionalidad española (nacido en Venezuela), tiene pasaporte y DNI español, se ha casado con una chica argentina hace un mes, ellos viene a vivir en Madrid, tienen documento de matrimonio apostillado, al llegar lo inscribiran en el Registro Civil. Mi hijo buscará empleo al llegar, pero ¿que ocurre con la esposa si el no consigue trabajo antes de los 3 meses de llegada a España?

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola,tu hijo puede darse de alta autónomo, esto es, en lugar de trabajar para otro, puede montar un negocio.
      Si puede acreditar que tiene recursos económicos suficientes para no convertirse en una carga para la asistencia social de España durante su periodo de residencia, puede residir sin trabajar. O también, puede matricularse en un centro público o privado reconocido o financiado por la administración educativa para cursar estudios o formación profesional, así como contar con un seguro de enfermedad público o privado contratado en España u otro país que proporcione cobertura completa en España, y declaración responsable de que posee recursos económicos suficientes para sí y los miembros de su familia para no convertirse en una carga para la asistencia social de España durante su periodo de residencia.

      Responder
  275. enrique

    Buenas, actualmente solo tengo NIE . Estoy casado con una española, la cita es pronto para la solicitud de la residencia, ,la pregunta es, puedo pedir con ese numero de nie un nro de seguridad social , osea pueden darme de alta, para asi poder trabajar con contrato en cualquier sitio , gracias

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola, Enrique, no sé si te termino de entender, pero cuando tengas la residencia podrás trabajar tanto con cuenta ajena, como por cuenta propia. Y si podrás obtener un número de seguridad social. Aclarar que el NIE no es más que el número de identificación de extranjero que asigna la administración, lo que te va a permitir trabajar es la residencia.

      Responder
  276. Daniela

    Primro que nada, felicitaciones porntan buena información.
    Me casé y mi esposo es españo y yo colombiana, ya nos dieron el libro de familia y voy a haver la solicitud de tarketa comunitaria. Pero me preocupa este punto que voy a mencionar porque ya superé los 3 meses de estancia como turista, entonces no se si haya inconvenientes. Este es el punto: El plazo de presentación es de tres meses contados desde la fecha de entrada en España. Se entregará un resguardo acreditativo de la presentación de la solicitud que es suficiente para acreditar la situación de estancia legal hasta la entrega de la tarjeta.
    Agradezco me aclaren las dudas

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola Daniela, gracias a ti por el comentario. Según indicas te acaban de dar el libro de familia. Pide la residencia cuanto antes, porque como ya sabrás tu situación actualmente no es legal. En cuanto a los problemas que te puedan llegar a poner va a depender del funcionario. En general es mejor que te ayude un profesional con el trámite, si quieres ayuda envíanos un email a consultas@abogadosymas.es

      Responder
  277. Lisset Garcia

    Buenas tardes por favor si me puede ayudar, tengo una duda. Mi mamá es cubana y mi papá cubano y ciudadano español. Mi mamá quiere obtener la ciudadanía española, sabemos tiene que solicitarla al año de residencia en España, la pregunta es ESE AÑO TIENE QUE PERMANECER EN ESPAÑA SIN PODER SALIR DEL PAÍS o puede estar 3 meses obtener la residencia y salir. Por favor ayúdeme, muchas gracias

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola, Lisset, la estancia debe de ser legal y continuada. Por lo que lo que tu planteas no es posible, además la ausencia del país por un periodo superior a 6 meses puede conllevar la retirada.

      Responder
  278. Edgar F.

    Hola Soy Edgar.
    Soy solicitante de Asilo Político en España, tengo ya 2 años de espera por el otorgamiento a mi solicitud.
    Actualmente tengo empleo y gano un promedio de 1,200 € mensuales.
    Tengo más de 1 año con mi novia (ella es Española) y nos vamos a casar; ya tenemos la autorización del letrado para hacerlo.
    En mi caso; cuál es el procedimiento que debo seguir para la regulación y obtención de la tarjeta comunitaria ?

    Puedo acceder a ella o por ser solicitante de asilo, tendré que seguir esperando el otorgamiento de la comisión de ONU, en Madrid ?

    Debo renunciar a mi solicitud de Asilo Político ?

    Tendré que dejar de trabajar come dicen algunas personas!

    Me comentan que debo tener 5,000€ en el banco, dejar de trabajar mientras están los nuevos papeles.

    De ante mano agradezco vuestra orientación.

    No se que hacer o a quien creer.

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola Edgar, te aclaro que lo que has solicitado es la protección internacional, y que existen tres vías de concesión: Asilo (autorización permanente), protección subsidiaria (autorización revisable cada cinco años), o autorización de residencia por razones humanitarias.
      Para que te concedan el asilo debes demostrar que eres objeto de persecución de forma individualizada, por lo que la resolución sea favorable o no dependerá del caso concreto, de tu nacionalidad y de la prueba que hayas aportado.
      Creo que sería conveniente que nos amplíes la información, puedes enviar tu consulta a través del formularios https://www.abogadosymas.es/contacto
      En cualquier caso, y contestando a tu pregunta, si te vas a casar con ciudadana española, no tienes por qué renunciar a tu solicitud de protección internacional, cuando estés casado puedes solicitar la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión, en el caso de que te la concedan, tendrás que renunciar a la solicitud de Protección Internacional.

      Así que ni tienes que dejar de trabajar, ni renunciar a la solicitud de protección internacional para solicitar la tarjeta de residencia comunitaria.

      Lo que si vas a necesitar es el pasaporte, ya que es un documento necesario para solicitar la residencia comunitaria, pero puedes solicitar a la Oficina de Asilo y Refugio que te certifiquen que dispones del pasaporte, pero que está en su poder porque eres solicitante de Protección Internacional.

      Responder
  279. Victor ronald

    Hola , buenas , he presentado mis papeles para casarme con mi pareja , yo soy nacionalizado español vivo aqui en españa más de 15 años , mi pareja es peruana , nos han dado la cita para fines d septiembre , quisiera saber cuánto tiempo se demora en q le den la tarjeta comunitaria y si es el caso q le den pz si con eso ella ya puede viajar porque teníamos pensado pasar las fiestas navideñas con su familia en peru por eso quisiera saber si ella teniendo la tarjeta comunitaria puede viajar fuera del país . Muchas gracias.

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola Victor, por lo que explicas, aún no te has casado, con lo que tampoco has solicitado la residencia comunitaria. Una vez lo presentes la solicitud con la documentación correspondiente, deberías obtener resolución en el plazo de tres meses. En cuanto a lo de viajar a Perú, ella viaja con su pasaporte peruano, tenga residencia o no ella puede salir del país cuando quiera, cosa distinta, es si después de salir puede volver a entrar, y eso ya va a depender de cuál sea su situación en España.

      Responder
  280. Juan

    Hola, mi novia es ciudadana española, estamos por casarnos en Argentina e irnos para a España previo obtener la libreta de familia, allá podríamos solicitar la residencia para mi? Vamos a llevar un capital para poder sustentarnos el primer año ( es para poder tener más tiempo de buscar un trabajo) cuanto tardarían en darme la tarjeta de residente? Y con lo que se nombra de que entrengandome el papel que dice que tengo la residencia en trámite podría trabajar? Muchas gracias.

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola, Juan, si te casas en Argentina, o bien te casas en el consulado o una vez casados solicitas la inscripción del matrimonio en el Registro civil consular para que pueda surtir efectos en España, así cuando llegues tu matrimonio tendrá ya validez y podrás solicitar la residencia temporal por matrimonio.
      Según indican en la página del Consulado de España en Buenos Aires, para la inscripción del matrimonio tienes que pedir cita previa, aconsejan la presencia de ambos cónyuges el día de la cita aunque solo es obligatoria cuando no ha transcurrido un año desde su celebración. Te dejo el enlace a la página del consulado de España en Buenos Aires, para que puedas consultar la documentación que requieren.

      Preguntas ¿cuánto tiempo van a tardar en entregarte la tarjeta de residencia?
      La expedición de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión debe realizarse en un plazo máximo de tres meses contados desde que presentes la solicitud.
      La resolución favorable tiene efectos retroactivos, con lo que la fecha de la residencia será la de tu entrada en España, te lo indico por si quieres pedir la nacionalidad,
      más adelante.
      En cuanto a si puedes trabajar, cuando obtienes la tarjeta comunitaria, tu situación se asimila a la de un español, por lo podrás trabajar en las mismas condiciones que los españoles y ciudadanos comunitarios, así que podrás trabajar tanto por cuenta ajena como por cuenta propia.

      Responder
  281. oscar

    Hola buenas, muchas gracias por la información que brindan, es de gran ayuda.
    Mi duda es si el permiso de residencia que se obtiene permite trabajar y qué restricciones (si las hubiese) tendría.
    Muchas gracias

    Responder
    • AbogadosyMás

      Tu duda es comprensible, ya que cuando obtienes la tarjeta de familiar de comunitario no especifica si se tienes, o no, derecho a trabajar en España. El motivo por el que no se especifica nada es, porque cuando obtienes la tarjeta comunitaria, tu situación se asimila a la de un español, por lo que si te autoriza a trabajar, y además en las mismas condiciones que los españoles y ciudadanos comunitarios, por lo que podrás trabajar tanto por cuenta ajena como por cuenta propia.

      Responder
  282. Elisa Diaz

    Hola, acabo de llegar de Cuba y estoy casada con un ciudadano español, también tengo un hijo español porque ya he vivido en España y he tenido NIE, pero ya he perdido la residencia, debo volver a solicitarla, quiero saber si debo esperar los tres meses de mi visa o puedo comenzar el trámite ya.

    Responder
    • AbogadosyMás

      Hola, Elisa, entiendo que cuando dices he tenido NIE, te refieres a la residencia o tarjeta de residencia.
      Muchas personas, hablan de NIE para referirse a la residencia, pero no es lo mismo, el Nie es el número de identificación de extranjero que te asigna la administración, no necesitas ser residente para que se te asigne un NIE.
      Si eres familiar de ciudadano de la UE o español y vas a vivir más de 90 días en España debes solicitar la Tarjeta Comunitaria. Si ya sabes que vas a estar más de 90 días, solicita cita previa.
      Si vas a vivir menos de 90 días no tienes obligación de solicitar la tarjeta comunitaria.
      Si necesitas darte de alta en la SS o hacer cualquier trámite, necesitarás asignación de NIE o Número de Identificación de Extranjero, y sólo sacarás la tarjeta en el caso de que te vayas a quedar más de 90 días.
      Para tener una tarjeta comunitaria tú y tu familiar debéis vivir en España. No basta con estar casada con un español, éste debe ser residente en nuestro país. Si no vivís juntos en España no puede solicitarse la tarjeta comunitaria.
      Tu marido tiene que estar trabajando por cuenta ajena o por cuenta propia, sino tendréis que acreditar que disponéis de recursos económicos, por ejemplo, podéis presentar saldos en cuentas corrientes, rentas de alquileres o negocios fuera de España, etc., ten en cuenta que la ausencia de medios de vida es la principal causa de denegación de las tarjetas comunitarias.
      Es posible, dependiendo de la provincia que tu cónyuge, tenga que comparecer contigo y que le hagan un pequeño cuestionario.

      Responder
  283. evelyn

    Buenas tardes,
    Tendrán algún modelo o formato para la Declaración responsable de que posee recursos suficientes para sí y los miembros de su familia, para no convertirse en una carga para la asistencia social de España durante su periodo de residencia.
    muchas gracias

    Responder
    • AbogadosyMás

      No existe un modelo normalizado, aunque algunas administraciones lo facilitan, no te lo facilitan, pon tus datos e indica que declaras bajo tu responsabilidad que tus ingresos y los de los miembros de tu familia cantidad…, si hay varios miembros en la unidad familiar pon el nombre de cada uno y los ingresos de todos.

      Responder
    • Angela

      Hola ,soy de nacionalidad nicaraguense,actualmente resido en españa,tengo un bebe de 11 meses con un español y voy a cumplir un año de haberme casado con el padre de mi bebe,ahora mismo estoy solicitando mi permiso de residencia ,la abogada k me lleva el caso dice que me la van a negar por que mi.marido no esta dado de alta ,el reza solo lo del paro ,me a dicho que la otra opcion es que a mi me hagan un contrato de trabajo ,para que asi no me nieguen ls residencia ,pero si estoy casada y tengo un bebe de un español,por que me ponen tantas pegas?

      Responder
      • AbogadosyMás

        Angela, si te deniegan por falta de recursos económicos puedes presentar recurso e intentar acreditar que realmente sí se disponen de esos medios económicos. Cuando te llegue la resolución habrá que estudiar la viabilidad del recurso, pero de momento poco puedes hacer. Ya has presentado la documentación por lo que de momento no te podemos ayudar, siempre es mejor asesorarse antes.

        Responder
  284. Mairelis

    Hola buenas tarde tengo una duda y quisiera q alguien me ayude tengo nacionalidad española y me he casado con mi novio ucraniano para hacer el trámite de la tarjeta me piden contrato de trabajo yo sólo tengo contrato de 4 horas de lunes a viernes desde hace 1 año y quiero saber si con ese contrato le den la residencia vivimos con mis padres y no pagamos alquiler por favor si alguien sabe me pudiera decir q estoy desesperada estoy buscando trabajo pero no se si con lo q tengo puedo presentarlo gracias .

    Responder
    • AbogadosyMás

      Buenas tardes, cuando más documentación aportes, más posibilidades tienes de que le concedan la residencia, tus padres también tendrán algún ingreso, puedes aportar un certificado de convivencia, si la vivienda es propiedad de tus padres, la escritura… Se trata de que acredites que no va a suponer una carga para la sociedad. A partir de ahí va a depender de la Comunidad Autónoma en las que estés y del criterio que sigan.

      Responder
      • ROBIN

        Hola Buenos Días soy ecuatoriano y tengo la doble nacionalidad la ecuatoriana y la española recién me casé en mis país y retorne aquí a España mi pregunta es cómo puedo tramitar para que mi esposa pueda venir ella puede hacer todo en el consulado allá en ecuador u yo debería hacer los papeles aquí en España cómo sería mejor para que ella pueda venir lo más pronto posible

        Responder
        • AbogadosyMás

          Robin, inscribe el matrimonio en España, cuando lo tengas inscrito pide la residenci, si reunes el resto de requisitos. Para ello tiene que estar en España.

          Responder
          • Douglas

            Vale muchas gracias.
            Otra pregunta si consigo una persona que me haga un contrato de trabajo como serie el procedimiento y papeles tenía que lleva y que papeles tiene que darme la persona que me va hacer el contrato

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