Entra en vigor la reforma de la Ley del Trabajo Autónomo

por | 10,Oct,2015 | Emprendedores, autónomos y PYMES | 0 Comentarios

Ha entrado en vigor la reforma de la Ley del Trabajo Autónomo, entre las medidas más relevantes de esta ley, está:

– Tarifa plana para los autónomos

  • Se fija  la cuantía de la cuota por contingencias comunes en 50 euros  durante los primeros seis meses.
  • Los autónomos que disfruten de este incentivo podrán contratar trabajadores sin perder este derecho.
  • Podrán acogerse a la ‘tarifa plana’  las víctimas de terrorismo y de  violencia de género.

Prestación por desempleo

  • La reforma incluye que todos los autónomos que cesen en su actividad podrán reanudar su prestación por desempleo hasta cinco años después de haberla interrumpido y que a la bonificación del 50% en la cuota de autónomos durante 18 meses a los familiares colaboradores le seguirá una del 25% durante los seis siguientes.
  •  Se amplía, con independencia de la edad del solicitante, la posibilidad de que los parados capitalicen hasta el 100% de la prestación por desempleo para facilitar la inversión y los gastos iniciales de la apertura de un negocio, recordar que hasta ahora sólo se podía capitalizar el 60% de la prestación si el desempleado era mayor de 30 años.
  • Todos los autónomos podrán compatibilizar durante un máximo de nueve meses la prestación por desempleo con el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), posibilidad hasta ahora reservada únicamente a los menores de 30 años.
  • A fin de  favorecer la seguridad del emprendedor y facilitarle una segunda oportunidad, se amplía el plazo, desde los 24 hasta los 60 meses, para la reanudación de la prestación por desempleo una vez iniciada una actividad por cuenta propia a todos los trabajadores con derecho a prestación.

– Se introduce la posibilidad de que los autónomos  dependientes, estos es, aquellos que perciben al menos el 75% de sus ingresos de un único cliente o empresa, puedan contratar un trabajador en determinadas circunstancias para poder conciliar vida familiar y laboral.

– Se amplían las bonificaciones a todos los tramos de edad.

  • Para los mayores de 30 años (35 años con discapacidad igual o superior al 33%) se crea una bonificación de 800 euros al año durante un máximo de tres.
  • En el caso de los menores de 30 años, la cuantía de la bonificación se amplía a 1.650 euros durante el primer año.
  • Las empresas de inserción que contraten a personas en situación de exclusión social mantienen una bonificación de 850 euros al año durante un máximo de tres (1.650 euros si son menores de 30 años o de 35 con discapacidad reconocida del 33%).

Nueva bonificación en las cuotas empresariales para los trabajadores de empresas ordinarias que procedan de empresas de inserción, las empresas ordinarias verán ampliada la bonificación prevista actualmente a 1.650 euros el primer año, frente a los 600 previstos en la actualidad (o 500 euros en caso de contratos temporales).

Se reconoce a los Centros Especiales de Empleo y a las Empresas de Inserción como entidades prestadoras de servicios de interés económico general, lo que les permitirá ampliar hasta los 500.000 euros la cuantía que pueden recibir en concepto de subvenciones en un período de tres años.

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