Moratoria de la hipoteca durante el estado de alarma

por | 27,Mar,2020 | Novedades legislativas | 0 Comentarios

El 17 de marzo se publicó el Real Decreto-ley 8/2020, con medidas urgentes y extraordinarias para afrontar el impacto socioeconómico del COVID-19, y entre ellas se encuentra la moratoria de la hipoteca de tu vivienda habitual.

 La moratoria permite aplazar un mes la cuota de la hipoteca, aunque puede ser prorrogable.

Requisitos que debes cumplir para solicitar la moratoria

Para poder acogerse a esta medida, el deudor debe encontrarse en una situación de vulnerabilidad económica. Para que se dé esta circunstancia, el Real Decreto establece que debe cumplir una serie de requisitos:

  • Debes estar en paro o, en caso de ser empresario o profesional, sufrir una caída sustancial de sus ingresos o de sus ventas, entendiéndose como tal un descenso de, al menos, el 40%. (Si tu empresa ha hecho un ERTE, ya cumples este requisito, adjunta la notificación de la carta a la solicitud)
  • Que los ingresos de la unidad familiar (deudor, cónyuge no separado legalmente o pareja de hecho inscrita y los hijos, con independencia de su edad, que residan en la vivienda, en el mes anterior a la solicitud de la moratoria), no superen un determinada cantidad: con carácter general, no puede superar la cantidad de 1611,6 €. Esta cantidad corresponde al tiple del IPREM mensual, que en 2020 es de 537,84 €. Aunque dependerá del número de hijos, personas mayores o discapacitados que tengas a tu cargo, te dejamos un enlace por si quieres más información sobre el IPREM y cómo se calcula.
  • La cuota hipotecaria, más gastos y suministros básicos, debe ser, al menos, el 35% de los ingresos netos que perciba el conjunto de los miembros de la unidad familiar.
  • La unidad familiar debe sufrir, a consecuencia de la emergencia sanitaria, una alteración significativa de sus circunstancias económicas en términos de esfuerzo de acceso a la vivienda:
    • Bien que el esfuerzo que represente la carga hipotecaria sobre la renta familiar se haya multiplicado por al menos 1,3;
    • o bien que, en el caso de los que tienen negocios a su cargo, se haya producido una caída de las ventas de, al menos, el 40%.

Documentación requerida para solicitar la moratoria del pago de la hipoteca

Si quieres solicitar la motaria te aviso de que no lo han puesto fácil. Por lo que te echamos un cable y te facilitamos enlaces para que intentes recopilar la documentación.

Documentos de situación laboral:

  • En caso de situación legal de desempleo: certificado expedido por la entidad gestora de las prestaciones, en el que figure la cuantía mensual percibida en concepto de prestaciones o subsidios por desempleo. Te dejamos un enlace a la página del SEPE para que puedas solicitar el certificado. Te da varias opciones elige la prestación actual.
  • En caso de cese de actividad de los trabajadores por cuenta propia: certificado expedido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria o el órgano competente de la Comunidad Autónoma, en su caso, sobre la base de la declaración de cese de actividad declarada por el interesado. Esto es lo que solicitan lo bancos, pero lo más normal es que no hayas solicitado la baja, ya que no es necesario para solicitar la prestación como autónomo, Por lo que puedes aportat la misma documentación que has aportado para solicitar la baja de autónomo, y la solicitud de de la prestación.

Documentos de las personas que habitan la vivienda:

  • Libro de familia o documento acreditativo de la inscripción como pareja de hecho.
  • Certificado de empadronamiento relativo a las personas empadronadas en la vivienda hipotecada, con referencia al momento de la presentación de los documentos acreditativos y a los seis meses anteriores. Tienes que solicitarlo en el ayuntamiento.
  • Si aplica, declaración de discapacidad, de dependencia o de incapacidad permanente para realizar una actividad laboral.

Documentos que acreditan la titularidad de los bienes:

  • Nota simple del servicio de índices del Registro de la Propiedad de todos los miembros de la unidad familiar: Puedes solicitarla por correo electrónico en cualquiera de los Registro de la Propiedad de la ciudad donde tengas su residencia habitual incorporando necesariamente fotocopia del DNI de la persona sobre la que se deba expedir la información o, en su caso, de todos los miembros de la unidad familiar.
  • Escrituras de compraventa de la vivienda y de préstamo con garantía hipotecaria.
  • Declaración responsable del prestatario/fiador/hipotecante no deudor.
  • Declaración responsable de todos los deudores relativa al cumplimiento de los requisitos exigidos para considerarse situados en el umbral de exclusión. Pincha en este enlace, y descárgate el modelo de declaración responsable.

En la declaración responsable hay que indicar que conoces la responsabilidad si la información que das no es cierta por lo que debes saber ¿de qué te responsabilizas?

Si la solicitas y te la conceden sin reunir los requisitos previstos en el Real Decreto, serás responsable de los daños y perjuicios que se puedan producir, así como de todos los gastos generados por la aplicación de estas medidas de flexibilización, sin perjuicio de las responsabilidades de otro orden a que dicha conducta pudiera dar lugar.

El importe de los daños, perjuicios y gastos no será inferior al beneficio indebidamente obtenido.

Aunque es dificil que este caso se de dadas las circunstancias, debes saber que si voluntaria y deliberadamente, buscas situarte o mantenerte en los supuestos de vulnerabilidad económica con la finalidad de obtener la aplicación de las medidas.

¿Cómo puedo solicitar la moratoria?

Si has conseguido reunir toda la documentación que piden, te damos la enhorabuena, debes presentar la documentacion por medios electrónicos. Algunos Bancos, ha habilitado formularios electrónicos.

Moratoria hipoteca BBVA

Moratoria hipotecaria Banco de Santander

Moratoria hipotecaria Caixabank

Moratoria Bankia

Si tienes la hipoteca en el Banco de Sabadell tienes que enviar un email con tu nombre, NIF, número de préstamo y teléfono de contacto para obtener más información sobre la moratoria hipotecaria. Y un gestor te contactará.

¿Qué plazo tiene la entidad bancaria para conceder la moratoria?

Una vez presentada la documentación correspondiente, la entidad de crédito dispondrá de un plazo de quince días para implementar la moratoria.

Una vez concedida la moratoria la entidad de crédito comunicará al Banco de España su existencia y duración a efectos contables y de no imputación de la misma en el cómputo de provisiones de riesgo.

Lo cierto es que tenemos que decir que no lo están poniendo nada fácil. Creemos que no van a ser muchos los que puedan beneficiarse de la moratoria.

Aunque lo ya que te pones a ello, es sugiero que le eches un vistazo a la escritura de hipoteca. Seguramente tengas muchas cláusulas abusivas que podemos eliminar en cuanto abran los Juzgados.

Categorías

0 comentarios

Enviar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Entradas relacionadas

¿Ya conoces nuestra APP para Comunidades de Propietarios?

banner conmiapp-juntas-de propietarios online

Puedes reunirte y votar por tan sólo 20 €, sin descargas, ni cuotas, ni RIESGO SANITARIO

Videconferencia, generación documentos, notificación por email y SMS, gestión de delegaciones de voto, firma de documentos en línea

Contacta con nosotros

Pin It on Pinterest