Cese de la actividad autónomos: resuelve tus dudas
A día de hoy todos los autónomos quieren solicitar el cese de la actividad, y son muchas las dudas...
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Lee masConvenio de empresa: Estos últimos días se ha publicado en diversos medios de prensa una noticia...
Lee masEl pasado 1 de diciembre entró en vigor la Orden ESS/1187/2015, de 15 de junio, por la que se desarrolla el Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en su primer año de su duración.
La principal novedad de que los partes médicos, es que los médicos deben detallar en el mismo parte de baja la duración estimada del proceso.
Lee masLo que se me va a quedar de pensión es algo que nos preocupa a más de uno. Claro que hasta que no se acerca la fecha no vamos a que nos lo miren. Pues bien, ahora podemos salir de dudas, y conocer el dato desde casa.
Que no te lo crees, echa un vistazo, la Seguridad Social ha creado una herramienta gratuita que permite te va a permitir realizar por tí mismo un cálculo aproximado de la cuantía de su futura pensión de jubilación, a excepción del Régimen Especial del Mar, debido a sus peculiaridades.
Lee masEl Sistema de Liquidación Directa está vigente desde la entrada en vigor de la Ley 34/2014, de 26...
Lee masFecha Publicación: 28 de febrero de 2015
El real decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero sitúa en 20 el número de jornadas reales cotizadas exigidas a los trabajadores eventuales agrarios de Andalucía y Extremadura para poder ser beneficiarios del subsidio.
Lee masFecha Publicación: 28 de febrero de 2015
De las novedades introducidas por el real decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero destacar en los supuestos de contratación indefinida en cualquiera de sus modalidades, la exención a la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes.
Si la contratación es a tiempo completo, los primeros 500 euros de la base de cotización por contingencias comunes correspondiente a cada mes quedarán exentos de la aplicación del tipo de cotización en la parte correspondiente a la empresa. Al resto del importe de dicha base le resultará aplicable el tipo de cotización vigente en cada momento.
Si la contratación es a tiempo parcial, cuando la jornada de trabajo sea, al menos, equivalente a un 50 por 100 de la jornada de un trabajador a tiempo completo comparable, la cuantía se reducirá de forma proporcional al porcentaje de reducción de jornada de cada contrato.